REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 24 de febrero de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001506
ASUNTO : RP01-P-2014-001506


Vista la solicitud de DESESTIMACION, presentada por la Abg. YAMILET DELGADO GARCIA, Fiscal Décima del Ministerio Público, vista la denuncia realizada por el ciudadano CARMEN ELVIRA GARCIA DE PEREDA. Este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
1º) Cursa al folio 01, denuncia interpuesta por la ciudadana CARMEN ELVIRA GARCIA DE PEREDA; en contra del ciudadano JOSE GREGORIO PEREDA MARTINEZ manifestando: “ Y o estaba lavando corotos en el fondo de la casa cuando llego mi cuñado y sin darse cuenta que yo estaba ahí, dijo para eso es lo que sirven para buscar problemas y en vista de que yo había tenido un problema con una sobrina de el, le dije que el no debería opinar si el no estuvo presente y no vio que fue lo que paso y le dijo a su sobrina YOLGRE que me jodiera …..”

Una vez analizadas las Actas que conforman la presente causa quedó demostrado que de los hechos narrados no constituye delito la misma no constituye delito de acción pública, y al no poderlo encuadrar en un tipo penal se debe desestimar.

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía del Ministerio Público, realizada por la ciudadana CARMEN ELVIRA GARCIA DE PEREDA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.5.088.786, domiciliada en Manicuare sector la Rinconada casa S/N, Municipio Cruz Salieron Acosta, Estado Sucre; en contra de JOSE GREGORIO PEREDA MARTINEZ, no consta idetificacion. Notifíquese a las partes. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público en su lapso legal.
La Jueza Segundo de Control
ABOG. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
El Secretario
ABOG . FRANCYS RIVERO