REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 13 de Febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2013-005428
ASUNTO : RP01-P-2013-005428
AUTO QUE NIEGA LA ENTREGA DE VEHÍCULO Y ACUERDA AUDIENCIA ESPECIAL
Visto el escrito presentado en fecha 16 de enero de 2.014, por la abogada privada Milangelis Ortega donde expone lo siguiente:” Ciudadano juez en fecha 09 de octubre del año 2013 se llevo acabo el acto en ocasión de la Audiencia Preliminar, por acusación presentada por el representante del Ministerio Público en contra de mi defendido por el delito de posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga resolviéndose en esa fecha que mi representado se acogiera al procedimiento por admisión de los hechos, establecido en el artículo 375 de COPP e igualmente de las medidas a la prosecución del Proceso, como es en el presente caso, la suspensión condicional del proceso, previsto en los artículos 356, 358 y 359 del referido código.
Ahora bien, es necesario destacar que en el presente asunto se le retuvo a mi defendido un vehículo tipo automotor, cuya propiedad es su progenitor, el ciudadano Luís Francisco Yendez, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.699.660, el cual en la audiencia de presentación de detenidos se acordó el aseguramiento preventivo del vehículo en cuestión, posteriormente el Ministerio Público, presenta formal acusación en contra del mencionado imputado sin solicitar medida alguna con relación al vehículo automotor, es decir que no hay Medida alguna que pese sobre el bien mueble, siendo solicitado por mi persona en representación y asistencia del ciudadano Luís Francisco Yendez, propietario del vehículo”..
Este Tribunal Primero de Control pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: analizado lo manifestado por el solicitante, abogada que lo asiste en el presente acto, este Tribunal observa: que se trata la presente solicitud, de un procedimiento de solicitud de entrega, y visto que dicho vehículo esta a disposición de la ONA y señalado el la presente causa es por lo éste Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la entrega de vehículo y en consecuencia se NIEGA la entrega del vehículo presuntamente identificado con las siguientes características: vehículo Marca CHEVROLET; Modelo SWIFT, COLOR MARRÓN, PLACAS YCK978, AÑO 1994; SERIAL DE CARROCERIA 1R69NRV304137; SERIAL DEL MOTOR NRV304137; todo ello en virtud de que dicho vehículo fue puesto a disposición de la ONA tal y como se evidencia en acta de Audiencia de Presentación de Detenidos y riela en el folio 32, por lo tanto se acuerda fijar una Audiencia Especial de entrega de vehiculo para el día: 10 – 03 – 2014 a las 11:30 p.m.. Se acuerda notificar a las partes, a la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. PEDRO CORASPE BOADA
LA SECRETARIA
Abg. IVETTE FIGUEROA
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