REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.

Cumanà 08 de enero de 2014
203º y 154º


ASUNTO: JMS1-S-5367-13
SOLICITANTE: CARMEN GERONIMA ANTON RODRIGUEZ
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

En fecha ocho (10) de diciembre del año Dos Mil Trece (2013), se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, solicitud por UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, incoada por la ciudadana CARMEN GERONIMA ANTON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.380.232, domiciliada en Carretera vieja Puerto la Cruz, la Montañita casa Sin numero detrás del dispensario Cumaná Parroquia Ayacucho Estado Sucre, debidamente asistida por la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su condición de Defensora Publica en materia de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la cual solicita se le declare a su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, únicos y universales herederos del Cujus ANTONIO JOSE ORTIZ ANTON (D), quien era titular de la cédula de identidad Nº V-16.817.717.-

Dicha demanda fue admitida y se ordeno la comparecencia de la solicitante de su abogado asistente y los testigos, a los fines que rindieran declaración en relación a la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Ahora bien siendo el 08/01/14, entre las 08:30 a.m. y 03:30 p.m., día y la hora establecida para la celebración la audiencia preliminar, se dejo constancia de la no comparecencia de la ciudadana CARMEN GERONIMA ANTON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.380.232, domiciliada en Carretera vieja Puerto la Cruz, la Montañita casa Sin numero detrás del dispensario Cumaná Parroquia Ayacucho Estado Sucre, en la cual solicitara se le declare a su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, únicos y universales herederos del Cujus ANTONIO JOSE ORTIZ ANTON (D), quien era titular de la cédula de identidad Nº V-16.817.717, declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se Termina el Proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se desestima el presente procedimiento.

Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.


La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.

Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cúmplase. La Jueza (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) ABG. HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que se certifica en la ciudad de Cumanà, a los ocho (08) días del mes de enero del año Dos Mil Catorce (2014). 203° años de la Independencia y 154° de la Federación.




LA SECRETARIA,


Abg. HAYARIT RODRIGUEZ




SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DESISTIMIENTO)
(AUTOCOMPOSICION PROCESAL)
ASUNTO: JMS1-S-5367-13
SOLICITANTE: CARMEN GERONIMA ANTON RODRIGUEZ
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
MEG/rhm