REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 30 de enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO Nº: JMS1-7120-13
PARTE ACTORA: CARLOS ERNESTO MALAVÉ AGREDA
PARTE DEMANDADA: MARIENNYS DEL VALLE FIGUEROA RODRÍGUEZ
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
En fecha 31 de octubre de dos mil trece (2013) se recibió de la unidad de recepción y distribución de documentos, demanda por OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por el ciudadano CARLOS ERNESTO MALAVÉ AGREDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.051.303, domiciliado en la Urbanización Villas Garbán, Terraza T-728, Final calle Dowell con Avenida Peñalver. El Tigre, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la abogada MARISOL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra la ciudadana MARIENNYS DEL VALLE FIGUEROA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.657.678, domiciliada en la Población de Cumanacoa, calle Muhedano, casa Nº 44, Municipio Montes, Estado Sucre en beneficio de sus hijos los niños Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) y cinco (05) años de edad respectivamente.
.
Dicha demanda fue admitida y se ordeno la notificación de la parte demandada, evidenciándose que previa certificación de secretaria quedaron notificadas las partes para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, tal como se observa de la respectiva consignación y certificación.
Ahora bien siendo el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, se dejó constancia de la comparecencia de la parte demandada ciudadana MARIENNYS DEL VALLE FIGUEROA RODRÍGUEZ y la NO comparecencia de las parte demandante ciudadano CARLOS ERNESTO MALAVÉ AGREDA, declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se declara desistido el presente procedimiento.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.
La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.
Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, LA JUEZA La Jueza (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los treinta (30) días del mes de enero de 2014. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA SECRETARIA
HAYARIT RODRIGUEZ
HR/luisa.
|