REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 22 de Enero de 2014
203° y 154°
ASUNTO: JMS1-S-5439-14
SOLICITANTE: YDANIA JOSEFINA DIAZ MARTINEZ
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud, presentada por la ciudadana YDANIA JOSEFINA DIAZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-l 1.384.400, domiciliada en el Sector 1, Vereda 9, casa 9 de la Urbanización Brasil del Municipio Sucre del Estado Sucre, procediendo en su carácter de madre biológica de la ciudadana YDANI JOSELYS DEL CARMEN ESPARRAGOZA DIAZ, el adolescente YDAN JOSE ESPARRAGOZA DIAZ y el niño YDRIAN JOSE ESPARRAGOZA DIAZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.992.111, V-27.626.319 y V-30.335.498, respectivamente, asistida por el Abogado Juan Carlos Cardozo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 153.934; en la cual solicita se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSE MARCELINO ESPARRAGOZA RODRIGUEZ (D), quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-l 1.377.661, a ella, en su carácter de cónyuge y a sus hijos, la ciudadana YDANI JOSELYS DEL CARMEN ESPARRAGOZA DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-20.992.111, el adolescente YDAN JOSE ESPARRAGOZA DIAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.626.319 y el niño YDRIAN JOSE ESPARRAGOZA DIAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-30.335.498. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSE MARCELINO ESPARRAGOZA RODRIGUEZ (D), quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-l 1.377.661; a favor de su cónyuge, ciudadana YDANIA JOSEFINA DIAZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-l 1.384.400; y de sus hijos, la ciudadana YDANI JOSELYS DEL CARMEN ESPARRAGOZA DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-20.992.111, el adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.626.319 y el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-30.335.498. Asimismo, se acuerda la devolución de los originales con su resultas y cinco (05) juegos de copias certificadas de la presente solicitud. Por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas constante de dieciséis^ 6) folios útiles y copias certificadas a la parte interesada. En Cumaná, a los Veintidós (22) días del mes de Enero del año Dos Mil Catorce (2014). CUMPLASE. La Jueza (fdo.) Abg. MARÍA EUGENIA GRAZIANI. La Secretaria (Fdo.) Abg. HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que se certifica en la ciudad de Cumaná, a los Veintidós (22) días del mes de Enero del año Dos Mil Catorce (2014).
LA SECRETARIA
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
SENTENCIA INTERLOCUTORES.
ASUNTO: JMS1-S-5439-14
SOLICITANTE: YDANIA JOSEFINA DIAZ MARTINEZ
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
MEG/cecilia
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