REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DEL MUNICIPÍO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

San José de Areocuar, 08 de enero de 2014

203° y 154°

Visto el acuerdo conciliatorio suscrito entre las partes en fecha 22 de noviembre del pasado año 2013,por ante el Consejo de Protección de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de este Municipio, en el Expediente Nº 088-2013l,de su nomenclatura interna, contentivo de la Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana, MARIA DEL VALLE PLACENCIO PLACENCIO, contra el ciudadano ESTALY JOSE CAMPOS GIL, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado, para que en su debida oportunidad sea remitido al Archivo Judicial Regional en este estado Sucre. Dado, firmado y sellado en la Sala de este Juzgado, para que en su debida oportunidad sea remitido al Archivo Judicial Regional en este estado Sucre. En San José de Areocuar, a los ocho días del mes de enero de dos mil catorce. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Juez Provisorio.,

Abg. Fanny R. Martínez M.


La Secretaria.,


T.S.U. Zoraima M. Vargas

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.


La Secretaria,


T.S.U. Zoraima M. Vargas ,





Expdt. No.423-2013