REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1
Carúpano, 23 de Enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-006313
ASUNTO: RP11-P-2013-006313

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Visto el escrito presentado por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contentivo de solicitud de SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a JOSE FRANCISCO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº no identifica, residenciado en Río Caribe, Sector Tocuchara, casa S/N, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de LONGART MARCANO CARMEN GERTRUDIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.512.091, residenciada en Río Caribe, Sector Tocuchara, casa S/N, Municipio Arismendi del Estado Sucre, conforme a lo previsto en el artículo 300 ordinal 4° y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 1, visto el pedimento formulado y revisadas las actuaciones que acompañan la solicitud, pasa a decidir en los siguientes términos:

DE LOS HECHOS Y DEL DERECHO APLICABLE

Observa esta Juzgadora que, ciertamente los hechos objeto de la presente investigación ocurrieron en fecha 13/11/2008, “Se inicia acta de denuncia rendida por la ciudadana Carmen Longart, ante el Instituto Autónomo de Policía del Municipio Arismendi, quien manifiesta que el ciudadano José Martines quien es su ex marido, llego a su residencia y comenzó a agredirla físicamente, dándole patadas y golpes en todo el cuerpo, desmayándola, así mismo la amenazó con matarla, es todo, y ahora bien, del análisis de los recaudos acompañados a la solicitud Fiscal, y atendiendo a las circunstancias del caso en particular, se observa que, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, motivo por el cual, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 2, considera procedente la solicitud Fiscal por el motivo invocado, y en consecuencia se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JOSE FRANCISCO MARTINEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de LONGART MARCANO CARMEN GERTRUDIS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JOSE FRANCISCO MARTINEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de LONGART MARCANO CARMEN GERTRUDIS, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes conforme a lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
El Juez Primero de Control

Abg. LUIS RAFAEL ORSETTI

La Secretaria Judicial
Abg. CARMEN RODRIGUEZ