LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR,
ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014
204° Y 155°
Solicitud. N° 94-2014.-
SOLICITANTE: CARMEN RAMONA CARRERA DE RODRIGUEZ
Titular de la Cédula de Identidad
Nro. V-5.855.462
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO
APODERADO: NO OTORGO
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Visto el contenido del anterior escrito presentado por la ciudadana: CARMEN RAMONA CARRERA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad número V-5.855.462 de este domicilio quien solicita la declaración de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a su favor y a favor de sus hijos ASUNCION DEL VALLE RODRIGUEZ YANEZ; CARMEN MARIA RODRIGUEZ DE UGAS; BEATRIZ ELENA RODRIGUEZ DE LUGO; GUALBERTO ANTONIO RODRIGUEZ CARRERA; CECILIA TOMASA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ y ZULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ DE CARRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V-9.456.636;V-9.456.635;V-9.457.139;V-10.222.176;V-11.435.126;V13.074.307 respectivamente, de su difunto esposo y padre de sus hijos GUALBERTO DEL CARMEN RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.674.223 y quien falleció en Carupáno el día 17 de Octubre del año 2014. Para entrar a decidir, el Tribunal aprecia que: Consta en auto Acta de Defunción, Acta de Matrimonio y Actas de Nacimiento. Los testigos dieron fe de sus dichos, por lo que, en el caso estudio, se encuentran llenos los extremos exigidos por el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, para que
prospere la declaratoria de Únicos y Universales Herederos solicitada, de allí que resulta forzoso declarar la procedencia de la presente solicitud y así de decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de declaración de Únicos y Universales Herederos del finado, ya identificado: GUALBERTO DEL CARMEN RODRIGUEZ a su esposa e hijos: CARMEN RAMONA CARRERA DE RODRIGUEZASUNCION DEL VALLE RODRIGUEZ YANEZ; CARMEN MARIA RODRIGUEZ DE UGAS; BEATRIZ ELENA RODRIGUEZ DE LUGO; GUALBERTO ANTONIO RODRIGUEZ CARRERA; CECILIA TOMASA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ y ZULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ DE CARRERA, plenamente identificados DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y expídase copias certificadas.
Dado Firmado y Sellado en la Sala del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe, a los Dos (02) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Catorce (2.014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO

El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Nota: En la misma fecha (02-12-2014), a las Once y Treinta Minutos de la Mañana (11:30 a.m.) se publicó la anterior sentencia como esta ordenado.-

El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Solicitud. N°.94-2014.-
LAH/gm.-