REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumana, 01 de diciembre del 2014
204° y 155°
ASUNTO: JMS1-S-6664-14
PARTES: RODRIGUEZ LOPEZ YOVANNY JOSE Y LANZA MOREY ADRIANA DEL VALLE.
MOTIVO: HOMOLOGACION POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, INTERPUESTA POR EL FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en beneficio de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) años de edad respectivamente.
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 26 de noviembre de 2014, solicitud de homologación presentado por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos RODRIGUEZ LOPEZ YOVANNY JOSE Y LANZA MOREY ADRIANA DEL VALLE, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.361.527 y V. 15.361.352 domiciliados en el Barrio Venezuela Cuarta Calle sector las Casitas Cumaná Estado Sucre y en el Barrio Venezuela segunda calle sector las casitas Cumaná Estado Sucre, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) años de edad respectivamente, suscrito en fecha 20/10//2014 por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACION POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano : RODRIGUEZ LOPEZ YOVANNY JOSE, pasará a suministrar la Obligación de Manutención, la cantidad de DOS MIL BOLIVARES MESUALES (BS.2000.00), divididos en MIL BOLIVARES (Bs.1000.00) QUINCENALES, como BONO DE FIN DE AÑO la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10000.00), un BONO VACACIONAL, por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5000.00) en cuanto a los gastos de Uniforme, útiles escolares, médicos, medicinas, lo cubrirán en un 50% cada uno de los padres. Asimismo el obligado solicita del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Circuito Judicial del Estado Sucre, que los montos acordados sean retenidos de su ingreso, así mismo se aperture una cuenta de ahorros para los depositar los montos acordados. En este acto interviene la ciudadana LANZA MOREY ADRIANA DEL VALLE, quien manifestó estar de acuerdo con dicho convencimiento. Se acuerda oficiar al jefe de personal de IAPES y se oficie a Bicentenario para la apertura de la cuenta de ahorros a favor de la madre, líbrese oficios, ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná, al primer (1°) día del mes de diciembre de 2014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZA
La Secretaria
La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 10.00 .m.
La Secretaria
MEG/milagros
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