REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 1 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-003467
ASUNTO: RP11-P-2007-003467

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

En el día 24 de Noviembre de 2014, se constituyó en la Sala de Audiencia Nº 06 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control presidido por la Juez, Abg. Ysmenia Fernández Hernández, acompañada por la secretaria Judicial, Abg. Jennys Mata Hidalgo y el alguacil de sala Ismael Amundarai, a los fines de llevar a cabo la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el asunto Nº RP11-P-2007-003467, seguido al imputado ALEXANDER JOSE PALOMO ORTIZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CRUZ DEL VALLE CAMPOS VALENCIA. Seguidamente se verifica la presencia de las partes, encontrándose presentes: el Fiscal Segundo del Ministerio Público, Abg. Marcos Campos y la Defensora Pública N° 04 Abg. Leniska Morillo. No estando presente: el imputado Alexander José Palomo Ortiz ni la víctima Cruz Del Valle Campos Valencia. Se deja constancia que se dejo transcurrir un lapso de espera de 15 minutos sin que hicieran acto de presencia las partes antes señaladas.
EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente solicita la palabra la Defensora Pública Abg. Leniska Morillo, quien expone: Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto RP11-P-2007-003467, seguido contra ALEXANDER JOSE PALOMO ORTIZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CRUZ DEL VALLE CAMPOS VALENCIA,, delito este que establece una pena de seis (06) a dieciocho (18) meses de prisión, por lo hechos ocurridos en fecha 12-09-2007, interrumpido el lapso de prescripción con el escrito acusatorio consignado en fecha 25-10-2007, habiendo transcurrido desde dicha fecha a la presente fecha es de Siete (07) años, Dos (02) meses y Doce (12) días, sin que dicho acusado haya sido condenado, a pesar de las diligencias realizadas por esta Defensa, el Ministerio Público y este Tribunal, operando la prescripción especial contenida en el articulo 112, numeral primero del Código penal, considerando que la pena a imponer es de doce (12) meses, mas la mitad de la misma, sería dieciocho (18) meses, evidenciándose un obstáculo a la percusión penal, motivo por el cual muy respetuosamente solicito se decrete el sobreseimiento de la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 300 numeral 3º y 49, numeral 4º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 112, numeral 1º del Código Penal, es todo.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente solicita el derecho de palabra la representante del Ministerio Público, quien expone: “Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, oído lo solicitado por la Defensora Pública, no me opongo a que se decrete el sobreseimiento de la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 300 numeral 3º y 49, numeral 4º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 112, numeral 1º del Código Penal, es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra la Juez Cuarta de Control y expone: Vista la solicitud realizada por la Defensora Pública a la cual no se opone el Fiscal del Ministerio Público; esta Juzgadora para decidir observa que tal y como lo señala la Defensora Pública, que desde la fecha en que fue presentada la acusación fiscal y los hechos hasta la presente han transcurrido el lapso de Siete (07) años, Dos (02) meses y Doce (12) días, sin que hasta la presente fecha se haya dictado sentencia condenatoria en contra del imputado ALEXANDER JOSE PALOMO ORTIZ, tiempo éste suficiente para que opere la prescripción especial contenida en el artículo 112, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida en contra del imputado ALEXANDER JOSE PALOMO ORTIZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CRUZ DEL VALLE CAMPOS VALENCIA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 3º y Articulo 49, numeral 4º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 112, numeral 1º del Código Penal y así se decide.
DISPOSITIVA
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida en contra del imputado ALEXANDER JOSE PALOMO ORTIZ, venezolano, Titular de la Cedula de identidad N° 16.486.938, de Profesión u Oficio Obrero, nacido en fecha 19-05-80; hijo de Narcisia Ortiz y Julio Cesar Palomo; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CRUZ DEL VALLE CAMPOS VALENCIA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 3º y Articulo 49, numeral 4º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 112, numeral 1º del Código Penal. Líbrense boletas de notificación al imputado y a la víctima de autos sobre la presente decisión. Quedan debidamente notificados los presentes en sala con la firma y lectura de la presente acta de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Cuarto De Control

Abg. Ysmenia Fernández Hernández
La Secretaria Judicial

Abg. Jennys Mata Hidalgo