REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y
MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 16 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2014-007596
ASUNTO: RP11-P-2014-007596
PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
Realizada como ha sido la audiencia de fecha; 08 de diciembre de 2014; donde se constituyó en la Sala Nº 03, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, presidido por el Abg. Abelardo Royo Henríquez, acompañado de la Secretaria de Guardia Abg. Carmen Espinoza y los alguaciles de sala; a los fines de celebrar la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO, en el asunto seguido en contra del ciudadano HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS. Acto seguido se verifico la presencia de las partes estando presentes: El Fiscal del Ministerio Publico Abg. Rudy Pérez, el imputado de autos y la Defensa Publica Penal Nº 02 Abg. Siolis Crespo quien se encuentra en funciones de Guardia y se impuso de las actuaciones. Seguidamente el Juez le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público quien expone: En uso de las atribuciones que me confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 44 y 49 y demás leyes de la República, Ocurro y expongo: Presento en este acto al ciudadano HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS, por cuanto de las actas que conforman el presente asunto se observa que el referido ciudadano se encuentra solicitado por el Juzgado Primero de Ejecución Barcelona, según Expediente BPN1-P-1999-001224, por el Departamento de Aprehensión, de fecha: 26-11-2007, según oficio Nº 1225, de fecha 14-05-2008, no indica delito, es por ello que solicito sea declinada la competencia al tribunal requeriente a fin de que el referido imputado sea dilucidada la causa o el asunto que dio origen a la orden de aprehensión. Seguidamente el Juez Impone al Imputado HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS, de los motivos de su aprehensión e impuso al imputado del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal; identificándose como HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS, venezolano, natural de Carúpano estado sucre, de 50 años de edad, nacido en fecha 08/06/1965, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 9.454.139, de profesión u oficio agricultor, hijo de Francisco Fuentes y Elena Campos, y residenciado en Tunapuy, calle principal, casa s/n de color blanco, a una cuadra de la plaza bolívar, Municipio Libertador del Estado Sucre, y expuso: “me acojo al precepto constitucional” . Es todo. Acto seguido se le otorgó la palabra a la Defensora Pública Nº 02 Abg. Siolis Crespo: “Estoy de acuerdo con la declinatoria de competencia y solicito al Tribunal que con carácter de urgencia se ordena el traslado de mi representado al Juzgado Primero de Ejecución Barcelona, con las garantías constitucionales correspondientes, y solicito copia del acta, es todo”. Seguidamente este Juzgador Tercero de Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre Sede Carúpano expone: Oído lo manifestado por la Fiscal del Ministerio Público Abg. Rudy Pérez, y revisadas las actas consignadas se evidencia que el aprehendido HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS, se encuentra solicitado por el Juzgado Primero de Ejecución Barcelona, según Expediente BPN1-P-1999-001224, por el Departamento de Aprehensión, de fecha: 26-11-2007, según oficio Nº 1225, de fecha 14-05-2008, no indica delito, es por lo que considera este Juzgador que el Órgano Jurisdiccional competente para conocer del presente asunto es el Juzgado Primero de Ejecución Barcelona, por lo que se Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Penal. DISPOSITIVA Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa al Juzgado Primero de Ejecución Barcelona, atendiendo a lo dispuesto en el articulo 57 del Código Orgánico Procesal Penal, del ciudadano HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS, venezolano, natural de Carúpano estado sucre, de 50 años de edad, nacido en fecha 08/06/1965, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 9.454.139, de profesión u oficio agricultor, hijo de Francisco Fuentes y Elena Campos, y residenciado en Tunapuy, calle principal, casa s/n de color blanco, a una cuadra de la plaza bolívar, Municipio Libertador del Estado Sucre. Líbrese Oficio al Comandante de Policía del Municipio Bermúdez, a los fines de que reciba en calidad de detenido al imputado de autos, hasta tanto el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Carúpano, realice el traslado correspondiente con las seguridades que amerita el presente caso hasta el Juzgado Primero de Ejecución Barcelona. Líbrese Oficio al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub – Delegación Carúpano, a los fines de que con la seguridad de Caso, trasladen con carácter de Urgencia, respetando sus derechos constitucionales, al ciudadano HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS. Líbrese oficio al Juzgado Primero de Ejecución Barcelona, remitiéndole al aprehendido HERMES ALFREDO FUENTES CAMPOS y las presentes actuaciones. En virtud que esta decisión fue dictada en audiencia oral en presencia de las partes téngase notificadas las mismas, conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez Librado lo conducente, désele por terminado al presente asunto a nivel de sistema, ello en virtud de que las presentes actuaciones serán remitidas hasta su tribunal de origen. Así se decide; Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. ABELARDO ROYO HENRÍQUEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. DORYS MALAVE.
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