REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 21 de Diciembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2012-000186
ASUNTO : RP01-D-2012-000186

Por recibidas las presentes actuaciones provenientes del Director del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, mediante el cual colocan a disposición de este despacho al adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, motivado a que el mismo se encuentra solicitado por este Despacho.
Este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, antes de decidir pasa a pronunciarse en los términos siguientes:

PRIMERO

Una vez revisadas las actuaciones se observa que la presente causa se le inicio al adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado con alevosía en grado de complicidad, previsto en el artículo 406 Código Penal, numeral 1 y 84 numeral 3 del mismo; cometido en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
SEGUNDO

Revisado el sistema Juris 2000, se observa y desprende de actas que el adolescente aprehendido y presentado en el día de hoy, es una persona diferente a la identificada en la presente causa, es decir que no se trata de la misma persona ya que el imputado en la presente causa, fue identificado comoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; y la persona aprehendida en el día de hoy es identificada xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxy visto que la libertad es un estado inviolable en cualquier etapa de investigación salvo los presupuestos de ley, es por que este Tribunal a los fines de salvaguardar los derechos inherentes a la libertad de las personas, acuerda la libertad inmediata del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, motivado a que su detención se origino por un error en la identificación de la persona, todo ello con basamento legal de los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para ello ordena librar boleta de libertad a favor del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, asimismo se ordena agregar las presentes actuaciones a la causa principal.

DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la inmediata libertad del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, motivado a que su detención se debió a un error en la identificación de la personas.
La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Líbrese boleta de libertad a favor del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxLíbrese boleta de notificación a las partes, de conformidad con los artículos 163, 164 y 307 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Este Juzgador ordena al Secretario del Despacho, gestionar lo pertinente para que el funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, al momento de incluir las decisiones dictadas por este Tribunal en la pagina Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele por que no se vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que pudieran emerger ya sea en calidad de victima o imputado, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 65, 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.

Arelis González Rondón
Juez Segundo de Control
Sección Adolescentes
La Secretaria
Abg. Rossanna Hernández Cermeño