REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 4 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2013-008352
ASUNTO : RP01-P-2013-008352
Vista la solicitud realizada por la Defensora Público Quinta Penal Ordinario del Estado Sucre Mariana Antón Gamboa, quien asiste al imputado LUIS ALFREDO PATRIANA, el cual figura como imputado en la presente causa, en el sentido que se acuerde el cese de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad que le fuere impuesta en fecha, 07-11-13; y conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, Resuelve: Consta de revisión efectuada al Sistema Juris 2000, que por decisión dictada en fecha 07-11-2013, se decretó en contra del ciudadano LUIS ALFREDO PASTRIANO, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, consistente en Presentación cada Ocho (08) días por ante el Juzgado del Municipio Montes del Estado Sucre, por un período de Ocho (08) meses, y el no acercamiento a la víctima, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 242 en concordancia con el artículo 295, ambos, del Código Orgánico Procesal Penal. Consta así mismo de tal revisión que en fecha 20-12-2013 fue consignado por parte de la Dra. Inés Gómez Guzmán, Juez Temporal del Municipio Montes en el cual informa sobre las presentaciones cumplidas por parte del imputado de autos en el mes de Noviembre, así mismo consigna en fecha 20-02-2014 información de las presentaciones por parte del imputado en el Mes de Diciembre del 2013, en fecha 20-02-2014 informa sobre las presentaciones cumplidas en el mes de Enero del 2014, y en fecha 24-03-2014 informa sobre las presentaciones impuestas en el mes de Febrero de este mismo año. Así mimos visto que se recibió en fecha 28-11-2014 oficio suscrito por la juez de Municipio en el cual informa el cumplimiento por parte del imputado LUIS ALFREDO PASTRIANO, durante los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre del 2014; y por cuanto ha transcurrido más de los Ocho (08) meses establecidos por este Juzgado, para que el imputado de autos cumpla con el régimen de presentaciones impuesto por este Despacho, Tribunal Primero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano LUIS ALFREDO PASTRIANO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 21.398.253, de 20 años de edad, natural de Cumaná, hijo de Jesús García y Deyanira Pastriano, nacido en fecha 10-03-93, residenciado en Caserío el Tigre, Casa S/Nº, Vía Los Mangos, Parroquia San Fernando, Municipio Montes del estado Sucre, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en un régimen de presentaciones cada ocho (08) días por el lapso de ocho (08) meses por ante el Juzgado del Municipio Montes del Estado Sucre; todo ello por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259_encabezamiento de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y Adolescentes, en perjuicio de MARÍA GABRIELA RIVAS ZAPATA (03 años de edad). Líbrese el correspondiente oficio a la Juez del Municipio Montes, informándole sobre el Cese de la Medida Cautelar del imputado antes nombrado. Notifíquese a la Fiscal 5° del Ministerio Público, a la defensa pública y al imputado supra señalado. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,
ABG. ELIZABETH SUÁREZ LÓPEZ
LA SECRETARIA
ABG. SONIA MARÍN
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