PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 12 de Agosto de 2014.-
204° y 155°
Vista la anterior solicitud de DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada y suscrita por el ciudadana: ELBA AGUSTINA FUENTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 6.665.640, y de este domicilio, actuando en su condición de causahabiente del ciudadano LUIS FROILAN FUENTES FUENTES, asistida por la abogada en ejercicio YOISE CARVAJAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 135.202, y de este domicilio, mediante la cual solicita a este Despacho Judicial, se sirva declararla como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del ciudadano: LUIS FROILAN FUENTES FUENTES, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V- 18.215.136, fallecido ab-intestato, en fecha Dos (02) de Abril del año Dos Mil Catorce (2.014), tal como se evidencia del Acta de Defunción N° 0199, emana del Registro Civil de Defunción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre de fecha Tres (03) de Abril de 2014, a su persona ELBA AGUSTINA FUENTES, vistas igualmente las declaraciones de los testigos ciudadanas: KELBYS CAROLINA FIGUEROA TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.421.921 y domiciliada en Guiria de la Playa, Sector Canta Rana, casa sin numero visible, detrás del Dispensario de la comunidad, Parroquia Bolívar Municipio Bermúdez del Estado Sucre y ADRIANA JOSEFINA SUBERO LA ROSA, venezolana, mayor de edad, soltera, Obrera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.917.746, y domiciliada en Guiria del Playa Sector Canta Rana, casa sin numero visible, cerca del Dispensario, de la comunidad Parroquia Bolívar Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Ahora bien por cuanto las mencionadas testigos: KELBYS CAROLINA FIGUEROA TOVAR y ADRIANA JOSEFINA SUBERO LA ROSA, ya identificadas están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE A LA CIUDADANA: ELBA AGUSTINA FUENTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 6.665.640, SUS DERECHOS COMO ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA del ciudadano: LUIS FROILAN FUENTES FUENTES, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V- 18.215.136, fallecido ab-intestato, en fecha Dos (02) de Abril del año Dos Mil Catorce (2.014).- Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de lo actuado por este Juzgado, a los fines de su archivo en este Juzgado. Se devuelven estas diligencias original con sus resultas.- Cúmplase lo Ordenado.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SÁNCHEZ DUQUE.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZALEZ.-
NOTA: En esta misma fecha (12/08/2014) se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado. Conste.
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZALEZ.-
Exp. N° 6.752-14.-
SSD/OG/tv.-
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