REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 12 de Agosto de 2014.
204° y 155°
Exp. N° 17.166.

DEMANDADO: FOMENTO Y DESARROLLOS M&E 31, C.A.
Inscrita por ante el Registro Mercantil Séptimo de
la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y
Estado Miranda, en fecha 19 de Noviembre de
2.007, bajo el N° 48, Tomo 822-A-VII,
Representada por el ciudadano ENIO
ENRIQUE PATIÑO, titular de la Cédula de
Identidad N° V-10.461.456.

APODERADO: AZUCENA MATA GARCÍA y MAIRA
ALEJANDRA OLIVIER, inscritas en el
InpreAbogado bajo el N° 26.759 y 98.154, r
espectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

DEMANDANTE: MERCEDES LUISA MENESES CABELLO,
titular de la Cédula de Identidad N° V-3.943.101.

APODERADO JUDICIAL: PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA, inscrito
en el InpreAbogado bajo el N° 32.584.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE
OBRA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Visto el convenimiento suscrita por la parte Actora: AZUCENA MATA GARCÍA, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 26.759, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Actora y el Abogado en ejercicio. PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 32.584, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, ciudadana: MERCEDES LUISA MENESES CABELLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.943.101; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Convenimiento suscrito, e igualmente se da por terminada la presente causa, ordenándose el archivo del expediente.- Y así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas C.


Exp. Nro. 17.166.-
SGdM/Fvc/ajno.-