CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 11 de Agosto de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-002781
ASUNTO: RP11-P-2011-002781

Definitivamente firme como ha quedado, la sentencia dictada en fecha 04 de Julio del año en curso, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó al Ciudadano Ronald Alexander Ricarde Gamboa, Venezolano, Mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 22.719.542, profesión u oficio Obrero, nacido el 04/04/1988, hijo de Benito Ricardo Y Amadelys del Carmen González, domiciliado en el sector Santa Eduvigis, de San Martín, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la bodega de la Señora Carmen, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de Dos (2) Años, y Diez (10) Días De Prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de Aprovechamiento De Cosas Provenientes Del Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos automotores en perjuicio de Jose Gregorio Salazar Patiño y Resistencia A La Autoridad, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano. Este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 471 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar la sentencia en los siguientes términos:
El Penado Ronald Alexander Ricarde Gamboa, anteriormente identificado, fue condenado a cumplir la pena de Dos (2) Años, y Diez (10) Días De Prisión; Ahora bien de la revisión de la causa se evidencia que aún cuando en la decisión de cuya ejecución se trata, de resolvió la Revisión y sustitución de la medida de coerción personal que sobre el penado pesaba, no obstante se determinó , que por cuanto el mismo esta solicitado por el Tribunal Tercero de Control Penal del Estado Monagas según oficio numero 3C-2860-12 expediente numero NP01-P-2010-003077 de fecha 16-07-2012 según oficio N° 9700-026-1711 de fecha 26-03-2014 suscrita por el jefe del CICPC de la Sub Delegación Carúpano comisario José Luís Amaya, se ponía a la orden del referido tribunal; se acuerda, antes de tomar cualquier otra providencia , fijar audiencia especial de imposición del presente auto para el día 14 de los corrientes a las 9:00 y asi se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en dictada en fecha dictada en fecha 04 de Julio del año en curso, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó al Ciudadano Ronald Alexander Ricarde Gamboa, Venezolano, Mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 22.719.542, profesión u oficio Obrero, nacido el 04/04/1988, hijo de Benito Ricardo Y Amadelys del Carmen González, domiciliado en el sector Santa Eduvigis, de San Martín, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la bodega de la Señora Carmen, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de Dos (2) Años, y Diez (10) Días De Prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de Aprovechamiento De Cosas Provenientes Del Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos automotores en perjuicio de Jose Gregorio Salazar Patiño y Resistencia A La Autoridad, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano; todo de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472, 474, 476 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija audiencia de imposición de la presente decisión para el día 14 de los corrientes a las 9:00 AM. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Estado Sucre. Cúmplase.
Juez Primero De Ejecución
Abg. Luis Mariano Marsella

La Secretaria Judicial
Abg. Laimalia Moya