REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 12 de Agosto de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-004134
ASUNTO : RP01-P-2014-004134

AUTO QUE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Vista la solicitud de Sobreseimiento, planteada por los abogados MANUEL CANO PÉREZ y MARBELLA CAROLINA VARGAS GÓMEZ, actuando con el carácter de Fiscal Primero en Materia de Ejecución de Sentencia y Fiscal Auxiliar Octava Interina del Ministerio Público del Estado Sucre, respectivamente en causa iniciada en fecha 04-08-2010, por hecho punible que se le atribuye a la ciudadana MERILDA PALOMO y tipificado como ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de la ciudadana NORELYS DEL VALLE RINCONES BRITO; este Juzgado Sexto de Control para decidir observa: solicita: sea decretado el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada por la presunta comisión del delito ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de la ciudadana NORELYS DEL VALLE RINCONES BRITO, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 300, Numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que “El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada”

RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO
Se trata, según investigaciones de la Fiscalía, del delito de ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de la ciudadana NORELYS DEL VALLE RINCONES BRITO. El Ministerio Público, fundamenta su solicitud de Sobreseimiento, en que “El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada” y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal

DISPOSITIVA
Dadas las consideraciones que preceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada en contra de la ciudadana MERILDA PALOMO y tipificado como ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de la ciudadana NORELYS DEL VALLE RINCONES BRITO; en virtud de que “El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada” y no existe razonablemente la posibilidad para el Ministerio Público de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Notifíquese a las partes conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez firme, remítase la causa al Archivo Judicial Regional con sede en esta ciudad a los fines de su custodia, autorizándose ampliamente al ciudadano Jefe del Archivo de este Circuito, para que efectúe el trámite necesario. Así se decide.

El Juez Sexto de Control,
ABG. PEDRO CORASPE BOADA

La Secretaria
ABG. CARMEN GUTIERREZ