REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 08 de abril 2014.
203º y 155º
ASUNTO: JMS1-S-5725-14
SOLICITANTES: ZORAIDA JOSEFINA LOVATON DE GOMEZ
MOTIVO: UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS



Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los testigos ciudadanos: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬PEDRO RAFAEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.271.388 y ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ALVARO RAFAEL ESPÍN RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.220.833, se evidencia que de las declaraciones de los mismos se subsumen los hechos con la presente solicitud, presentada por la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA LOVATON DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.430.964, de este domicilio, debidamente asistida por la abogado en ejercicio ROSARIO ELENA YÉNDES MÁRQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo en Nº 77.237, actuando en nombre propio y en representación de su hija la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la cual solicita se declare como UNICO y UNIVERSAL HEREDERO del de Cujus LUIS BELTRÁN GÓMEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-4.692.002, a su cónyuge ciudadana ZORAIDA JOSEFINA LOVATON DE GOMEZ, y sus hijos CARLOS LUIS GÓMEZ LOVATON, CARMEN LUISA GÓMEZ LOVATON, EVA MARÍA GÓMEZ LOVATON, ONEIDA DEL VALLE GÓMEZ LOVATON, RUTH NOHEMI GÓMEZ LAVOTAN y la adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus LUIS BELTRÁN GÓMEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-4.692.002, a su cónyuge ciudadana ZORAIDA JOSEFINA LOVATON DE GOMEZ, y sus hijos CARLOS LUIS GÓMEZ LOVATON, CARMEN LUISA GÓMEZ LOVATON, EVA MARÍA GÓMEZ LOVATON, ONEIDA DEL VALLE GÓMEZ LOVATON, RUTH NOHEMI GÓMEZ LAVOTAN y la adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por lo que se acuerda devolver original con sus resultas constante de veinticuatro (24) folios útiles a la parte interesada.- Asimismo se acuerda expedir dos (02) copias certificadas de las resultas.-

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
En Cumaná, a los ocho (08) días del mes de abril del año Dos Mil catorce (2014). 203º Años de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza


ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI


Secretaria


La presente decisión se dicto dentro de su lapso legal.


Secretaria



MEG/lcm.-