REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
ASUNTO: JMS1--7574-14
PARTES: CHACON MARTINEZ ANA MAIGUALIDA Y MARCANO SALAZAR CARLOS ALBERTO.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL.
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 11 de abril de 2014, solicitud de homologación presentado por los ciudadanos: CHACON MARTINEZ ANA MAIGUALIDA Y MARCANO SALAZAR CARLOS ALBERTO , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.640.520 y 10.948.964 con domicilios en la Urb. Villas de Virgen del Valle Calle Principal N° 5 y en la Calle el Rincón N° 85-5 Boca de Sabana Cumaná Estado Sucre, en relación a la HOMOLOGACION DE PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano MARCANO SALAZAR CARLOS ALBERTO titular de la cédula de identidad N° 10.948.964 se le adjudica en plena propiedad y dominio la totalidad de las acciones, es decir DOSCIENTAS (200) acciones suscritas y pagadas de la Sociedad Mercantil “DISEÑOS MUNDO COCINA C.A” RIF. J304251149 registrada e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 16/10/2007, anotadas bajo el N°77 Tomo A-16 folios 325 al 330 Cuarto Trimestre de ese año. La ciudadana: CHACON MARTINEZ ANA MAIGUALIDA titular de la cédula de identidad Nros. 8.640.520 se le adjudica en plena propiedad y dominio del Inmueble integrado por un lote de terreno y las bienechurias que sobre el se encuentran construidas, el cual cuenta con las siguientes medidas y linderos; ubicado en la Urb. Villas de Virgen del Valle Calle Principal N° , el cual tiene un área de terreno aproximada de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180,00M2) según documento protocolizado por ante el Registro Subalterno de la ciudad de Cumaná en fecha 22/04/2004, anotado bajo el N° 30, folio 161, tomo cuarto Protocolo Primero segundo trimestre de ese año, ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los quince (15) días del mes de abril de 2014. Año 203º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZA
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
La Secretaria
La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 10.00 am
La Secretaria
MEG/milagros
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