LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 03 de Abril del 2014
203° y 155°
Exp. N° 17.100
DEMANDANTE: HECTOR RAFAEL SALAZAR, Titular de la
Cédula de Identidad N° 13.923.671.
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de Queremene, casa s/n, Parroquia
San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre.
DEMANDADA: NOLYMAR DEL CARMEN HERNANDEZ
HERNANDEZ, Titular de la Cédula Identidad N°
15.555.471.
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de la Población de El Indio, casa s/n,
Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del
Estado Sucre.
MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano: HECTOR RAFAEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.923.671 y con domicilio en la Población de Queremene, Calle Principal, Casa s/n, Jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio Andrés Mata, Estado Sucre, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: DOUGLAS ALEXANDER MAGO AGUIAR, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 56.165; y por cuanto las partes no formularon objeción alguna, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CONCLUIDA LA PARTICIÓN en el presente juicio. Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas C.
SGdM/Fvc/ajno.
Exp. N° 17.100
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