REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05

Carúpano, 15 de abril de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-001646
ASUNTO: RP11-P-2013-001646


Celebrada como ha sido el día 09 de abril del 2014, la Audiencia Especial, en el presente asunto, seguido al ciudadano JHONNATA DAVID ROJAS VASQUEZ, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha: 02-06-1990, Albañil, soltero, Titular de la Cédula de identidad número V- 21.539.117, hijo de: José Rojas y Carmen Vásquez, residenciado en: Calle Miranda, Casa Nº 16, cerca de la cancha, a seis casa de donde arreglan televisores, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Acto seguido, se verificó la presencia de las partes encontrándose presentes: el Fiscal Tercero del Ministerio Público con competencia en Materia contra las Droga Abg. Simón Márquez, el imputado de autos, y el defensor publico Abg. Jesús Mayz.

DEL IMPUTADO

yo me presente como el tribunal me impuso, hice algunas cosas en la comunidad pero nunca fui al consejo comunal, pido que me den otra oportunidad. Es todo.

DE LA DEFENSA

oído lo manifestado por mi representado referente a que se le de una oportunidad para poder cumplir, pido respetuosamente al tribunal acuerde la ampliación del régimen el lapso que estime este Tribunal, conforme a lo previsto al articulo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo.”


DEL MINISTERIO PÚBLICO

no me opongo a que se le amplié al imputado el régimen para el cumplimiento de la obligación que tiene de presentarse. Es todo.

RESOLUCION DEL TRIBUNAL

Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley ACUERDA la prorroga del Régimen para el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Lapso de tres (03) meses al imputado JHONNATA DAVID ROJAS VASQUEZ, consistente en :PRIMERO: Se comisiona al Consejo Comunal de su localidad Nuestro Esfuerzo, San Martín Municipio Bermúdez, asigne Trabajo Comunitario, la cual deberá hacerse por dos (02) horas, en un horario que no afecte con su jornada laboral, cada Quince (15) días, el cual deberá someterse a la vigilancia y supervisión del vocero principal. SEGUNDO: Se impone régimen de Presentación cada treinta (30) días por el lapso de tres (03) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; asimismo se Acuerda Verificar el cumplimiento con la prorroga aquí acordada el día 09-07-2014 a las 10:00 de la mañana, en las Instalaciones de este circuito judicial. Líbrese oficio al vocero principal del Consejo Comunal de su localidad Nuestro Esfuerzo, San Martín Municipio Bermúdez, informando que debe asignar Trabajo Comunitario, al ciudadano JHONNATA DAVID ROJAS VASQUEZ, la cual deberá hacerse por dos (02) horas, en un horario que no afecte con su jornada laboral, cada Quince (15) días, e igualmente al finalizar dicho lapso debe remitir a este juzgado informe del cumplimiento o no de las condiciones impuestas al ciudadano JHONNATA DAVID ROJAS VASQUEZ. Quedan notificados los presentes con la firma del acta. Cúmplase.-
LA JUEZ QUINTA DE CONTROL

ABG. OLGA STINCONE ROSA VELÁSQUEZ


LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. PATRICIA RASSE BOADA