REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 16 de Septiembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: JMS1-S-4888-13
SOLICITANTES: ALCALA ALCIRA TERESA
MOTIVO: CONSIGNACION DE BIENES DE BIENES
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisada la ratificación de la solicitud de Autorización Judicial, presentada por la ciudadana ALCALA ALCIRA TERESA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 6.766.710 domiciliada en la Población de Aricagua, Calle las Flores, Casa s/n Frente al Colegio Rosario Sucre de Rausseo Municipio Montes del estado Sucre, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana ALCALA ALCIRA TERESA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 6.766.710 domiciliada en la Población de Aricagua, Calle las Flores, Casa s/n Frente al Colegio Rosario Sucre de Rausseo Municipio Montes del estado Sucre para que pueda Tramitar, gestionar y cobrar Prestaciones Sociales, Fideicomiso Laboral, Caja de Ahorros, Paro Forzoso, Pensión del Seguro Social, Ley de Política Habitacional, Pensión de Sobreviviente y/o cualquier otro beneficio social por ante el Seguro Social y cualesquiera otra Institución Publica y/o Privada que le corresponden a su hijo el adolescente : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes doce (12) años de edad, como consecuencia del fallecimiento de su padre el ciudadano LUIS MANUEL ZAPATA CARDOZA (D), quien era titular de la cédula de identidad Nº 5.705.242, cuotas partes estas que deberán ser remitidas a este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cheque de gerencia con las cantidades que le correspondan al prenombrado adolescente, que serán depositadas en una cuenta de ahorro que se le ordenará abrir en su debida oportunidad, para lo cual se le expedirá la correspondiente autorización. La presente decisión debe tenerse como autorización suficiente sin ningún otro trámite para los efectos.- Así mismo se acuerda la expedición de los cuatro ejemplares solicitados.
La presente decisión se dicto dentro del lapso de Ley
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y así mismo se acuerda la publicación en la pagina Web del Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre Sede Cumaná, a los dieciséis (16) días del mes de Septiembre de 2013.- Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI
El Secretario
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las 11:00 a.m.
El Secretario
MEG/nai
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