REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO


JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 17 DE Septiembre DE 2013
202° y 154°


Vista la diligencia anterior, cursante al folio 55 del presente cuaderno de medidas, suscrita en fecha 08/08/2013, por la ciudadana ELIANA DEL VALLE ALVAREZ LANDAETA, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.539.874, en su condición de presidenta de la asociación civil ORGANIZACIÓN COMUNITARIA INTEGRAL DE VIVIENDA Y HABITAD “SOUITC”, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio y de este domicilio GUSTAVO BETANCOURT, I.P.S.A. 148.464, mediante la cual solicita la SUSPENSIÓN de la medida precautelativa de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un lote de terreno propiedad de su representada ubicado en la vía Cumaná-Carúpano, sector “CAMACUEY”, Jurisdicción de la Parroquia Valentín Valiente del Municipio Sucre del Estado Sucre, el cual tiene una superficie VEINTIOCHO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CON CATORCE CENTIMETROS (28.136,14 mt2) y se encuentra deslindada de la siguiente forma: NORTE: Con la Urbanización Cristóbal Colón con Carretera Nacional Cumaná- Carúpano; SUR: Con Terrenos propiedad el señor Hugo Blanco; ESTE: Con Urbanización Villa Dorada y OESTE: Con Terrenos propiedad el señor Hugo Blanco; que dicha parcela pertenece a su representada según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha veinticinco (25) de Agosto de 2011, bajo el N° 2011-5861, asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 422.17.9.4.1456 y correspondiente al Folio Real del año 2011 e identificada con la Cédula Catastral Nº 191404U0070004042, asimismo, solicita se oficie Registrador de la Oficina de Registro Inmobiliario correspondiente; toda vez que dada la terminación de la ACCION INTERDICTAL DE AMPARO entre INVERSIONES EL PARQUE, C.A., debidamente identificada en autos y su representada ORGANIZACIÓN COMUNITARIA INTEGRAL DE VIVIENDA Y HABITAD “SOUITC”, la cual alcanzó Fuerza de Cosa Juzgada; se le dio cuenta a la ciudadana Jueza de la misma. En consecuencia, este Tribunal ordena SUSPENDER la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 04/10/2011, la cual pesa sobre el siguiente bien inmueble: Un Lote de terreno, ubicado en la vía Cumaná-Carúpano, sector “CAMACUEY”, Jurisdicción de la Parroquia Valentín Valiente del Municipio Sucre del Estado Sucre, el cual tiene una superficie VEINTIOCHO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CON CATORCE CENTIMETROS (28.136,14 mt2) y se encuentra deslindada de la siguiente forma: NORTE: Con la Urbanización Cristóbal Colón con Carretera Nacional Cumaná- Carúpano; SUR: Con Terrenos propiedad el señor Hugo Blanco; ESTE: Con Urbanización Villa Dorada y OESTE: Con Terrenos propiedad el señor Hugo Blanco; que dicha parcela pertenece a su representada según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha veinticinco (25) de Agosto de 2011, bajo el Nº 2011-5861, asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 422.17.9.4.1456 y correspondiente al Folio Real del año 2011 e identificado con la Cédula Catastral Nº 191404U0070004042. En tal sentido, se ordena oficiar al Registrador Inmobiliario del Municipio Sucre del Estado Sucre, a los fines de que estampe la debida nota marginal en los libros respectivos. Líbrese oficio.

LA JUEZA PROVISORIO,
Abg. MARÍA DE LOS ANGELES ANDARCIA


LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. ROSELY PATIÑO RODRÍGUEZ


Exp. Nº 7153-11
Cuaderno de Medidas
MDLAA/MA