LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013
203° Y 154°
Exp. N°.70-2013.-
SOLICITANTE: FRANCISCA ELENA NORIEGA SALINA
Titular de la Cédula de Identidad
N°.V-3.944.013
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO
APODERADO: NO OTORGO
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
En fecha 09 de Agosto del año 2.013, compareció por ante este Juzgado la ciudadana: FRANCISCA ELENA NORIEGA SALINA, venezolana, mayor de edad, divorciada, domiciliada en la Calle Zaraza s/n de esta ciudad de Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad N°.V-3.944.013, debidamente asistida para este acto por la Abogada ANA CARMEN FIGUEROA MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.878.238 e inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 37.952, quien solicita la declaración de un Titulo Supletorio, a su favor sobre una Vivienda de 196,33 Mts2 de construcción en una casa de mi propiedad que antes era de una planta, la cual tiene un área de construcción de 241,63 Mts2, para un total de área de construcción incluido el segundo piso de 437,96 Mts2, y que ahora es una casa de dos (2) plantas o pisos para ser destinada a una propiedad horizontal. Dicha casa me pertenece tal como consta de Documento debidamente protocolizado por ante la oficina Subalterna de registro del Distrito Arismendi del Estado Sucre, hoy Registro Publico del Municipio Arismendi del Estado Sucre, anotado bajo el N° 21 de la serie, folios 49 su vto. Al 51 Protocolo Primero, Tercer Trimestre del año 1.982, enclavado sobre terreno también de mi legitima propiedad, antes con una medida de 150,00 Mts2, ahora con una medida de 393,59 Mts2, ubicado todo el inmueble en la Calle Zaraza s/n, entre calle Regeneración y El Cementerio de esta ciudad de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, signada el N° catastral antes: 019-003-001-001-030-

034, hoy: 19-03-01-001-001-083-042, alinderada así: NORTE: antes: su frente, con la calle Zaraza; hoy: con casa que es o fue de Luisa R. Noriega S., en 59,06 Mts.; SUR: antes: Cementerio nuevo de esta ciudad; hoy: con el Cementerio Municipal, en 59,06 Mts.; ESTE: antes: con casa propiedad de Remigio Antonio Noriega, hoy: su frente, con la calle Zaraza, en 5,73 Mts.; y OESTE: antes: su fondo, con cerro denominado El Calvario, hoy: su fondo, con Serranía, en 7,60 Mts. Cuyas medidas del terreno, medidas del área de construcción, número catastral, ubicación y linderos fueron debidamente actualizados por la División de Catastro Municipal, como se evidencia del Oficio N° 177 de fecha 25-03-2013. La construcción del segundo piso consistió en la edificación de una vivienda con entrada independiente para quedar en una casa de dos (2) plantas o pisos. Este segundo piso tienen como consta antes un área de construcción de 196,33 Mts2., de las siguientes características: Paredes de bloques de cemento, piso de cemento y techo de acerolít, ambientada así: Tres (3) habitaciones, dos (2) baños con puertas de madera, una (1) Sala, una (1) Cocina y un (1) Porche con entrada por una escalera de acceso situada en la parte derecha de la casa, en el frente de esta. En materiales de construcción y mano de obra, se invirtió la cantidad de SESENTA Y CIN MIL BOLIVARES (Bs.65.000,oo).
Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el Tercer día de despacho siguiente a las Nueve de la Mañana (09:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos. Ahora bien, llenos como se encuentran los extremos de ley tal cual como lo establecen los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de la ciudadana: FRANCISCA ELENA NORIEGA SALINA, venezolana, mayor de edad, divorciada, domiciliada en la Calle Zaraza s/n de esta ciudad de Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad N°.V-3.944.013, debidamente asistida para este acto por la Abogada ANA CARMEN FIGUEROA MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.878.238 e inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 37.952, sobre una Vivienda de 196,33 Mts2 de construcción en una casa de mi propiedad que antes era de una planta, la cual tiene un área de construcción de 241,63 Mts2, para un total de área de construcción incluido el segundo piso de 437,96 Mts2, y que ahora es una casa de dos (2) plantas o pisos para ser destinada a una propiedad horizontal. Dicha casa me pertenece tal como consta de Documento debidamente protocolizado por ante la oficina Subalterna de registro del Distrito Arismendi del Estado Sucre, hoy Registro Publico del Municipio Arismendi del Estado Sucre, anotado bajo el N° 21 de la serie, folios 49 su vto. Al 51 Protocolo Primero, Tercer Trimestre del año 1.982, enclavado sobre terreno también de mi legitima propiedad, antes con una medida de 150,00 Mts2, ahora con una medida de 393,59 Mts2, ubicado todo el inmueble en la Calle Zaraza s/n, entre calle Regeneración y El Cementerio de esta ciudad de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, signada el N° catastral antes: 019-003-001-001-030-034, hoy: 19-03-01-001-001-083-042, alinderada así: NORTE: antes: su frente, con la calle Zaraza; hoy: con casa que es o fue de Luisa R. Noriega S., en 59,06 Mts.; SUR: antes: Cementerio nuevo de esta ciudad; hoy: con el Cementerio Municipal, en 59,06 Mts.; ESTE: antes: con casa propiedad de Remigio Antonio Noriega, hoy: su frente, con la calle Zaraza, en 5,73 Mts.; y OESTE: antes: su fondo, con cerro denominado El Calvario, hoy: su fondo, con Serranía, en 7,60 Mts. Cuyas medidas del terreno, medidas del área de construcción, número catastral, ubicación y linderos fueron debidamente actualizados por la División de Catastro Municipal, como se evidencia del Oficio N° 177 de fecha 25-03-2013. La construcción del segundo piso consistió en la edificación de una vivienda con entrada independiente para quedar en una casa de dos (2) plantas o pisos. Este segundo piso tienen como consta antes un área de construcción de 196,33 Mts2., de las siguientes características: Paredes de bloques de cemento, piso de cemento y techo de acerolít, ambientada así: Tres (3) habitaciones, dos (2) baños con puertas de madera, una (1) Sala, una (1) Cocina y un (1) Porche con entrada por una escalera de acceso situada en la parte derecha de la casa, en el frente de esta. En materiales de construcción y mano de obra, se invirtió la cantidad de SESENTA Y CIN MIL BOLIVARES (Bs.65.000,oo). DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Veintiséis (26) días del mes de Septiembre del dos mil trece (2013).- Años 203° de la Independencia y 154º de la Federación.-
El Juez Provisorio,

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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO

El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Nota: En esta misma fecha (26-09-2013), se publicó la anterior Sentencia, siendo las 01:00 de la Tarde.-

El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Exp. Nº.70-2013.-
LAH/gg.-