REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 25 de Septiembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-000475
ASUNTO : RP01-P-2011-000475

AUTO ACORDANDO EVALUACIÓN PSICOSOCIAL
PENADO: ALFREDO RAFAEL NARVAEZ RODRÍGUEZ.
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado ALFREDO RAFAEL NARVAEZ RODRÍGUEZ, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.973.688, casado, nacido en fecha 20-06-1963, de oficio pescador, hijo de Ana Rodríguez y Alfredo Narváez residenciado en El Rincón de Araya, Primera calle, Casa N° 15, Municipio Cruz Salmerón Acosta Estado Sucre; CONDENADO a cumplir la pena de: OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 149 concatenado con el segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; sobre la base de los antes expuesto este Tribunal observa:
Cursa a los folios del expediente escrito suscrito por la ABG. ELIZABETH BETANCOURT en su carácter de Defensora Pública Penal mediante el cual solicita la práctica de evaluaciones psicosociales a objeto de tramitar los beneficios de ley. En tal sentido y una vez revisada las actas procesales este Tribunal observa que en la actualidad el penado de autos opta a una de las Formulas Alternativas al Cumplimiento de la Pena como lo es Régimen Abierto, por lo que en consecuencia ordena librar oficio al Director del Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná. Así se decide.
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la practica de evaluación psicosocial al penado ALFREDO RAFAEL NARVAEZ RODRÍGUEZ, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.973.688, casado, nacido en fecha 20-06-1963, de oficio pescador, hijo de Ana Rodríguez y Alfredo Narváez residenciado en El Rincón de Araya, Primera calle, Casa N° 15, Municipio Cruz Salmerón Acosta Estado Sucre; ordenando en consecuencia librar oficio al Director del Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná, a los fines de que la practique indicándole que se encuentra actualmente detenido en la sede de ese Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre. Líbrese los oficios indicados y Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.