REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.

ASUNTO: JMS1-S-5076-13
PARTES: JOSMARY DE LOS ANGELES GONZÁLEZ MALAVER y CARLOS
ARTURO TARIMUZA CASTRO
MOTIVO: HOMOLOGACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, INTERPUESTA POR EL FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en beneficio de las niñas : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de nueve (09), siete (07) y cinco (05) años de edad, respectivamente.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 07 de octubre de 2013, solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos JOSMARY DE LOS ANGELES GONZÁLEZ MALAVER y CARLOS ARTURO TARIMUZA CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.575.720 y V-14.671.231, respectivamente, domiciliados la primera en el sector Cascajal Viejo, calle Inos, casa n° 172 de esta ciudad de Cumaná, jurisdicción de la parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre y el segundo en la Avenida José Vicente Gutiérrez, sector Mundo Nuevo, casa n° 42-A, jurisdicción de la parroquia Santa Inés del Municipio Sucre del Estado Sucre, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio de las niñas : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de nueve (09), siete (07) y cinco (05) años de edad, respectivamente; suscrito en fecha 12-08-2013, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El padre ciudadano CARLOS ARTURO TARIMUZA CASTRO, suministrará por Obligación de Manutención, la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo) mensuales. UTILIDADES DE FIN DE AÑO por el Treinta por ciento (30%). BONO VACACIONAL por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo). De igual manera los progenitores de las niñas se comprometen a cubrir el 50% de uniformes, útiles escolares, medicinas y médico. Asimismo, el padre de las niñas solicita al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre que se le descuente de la nómina de pago del Ministerio Popular para la Educación y ordene aperturar una cuenta de ahorro para consignar lo referente a la obligación de manutención. La ciudadana JOSMARY DE LOS ANGELES GONZÁLEZ MALAVER, manifestó estar de acuerdo con dicho convenimiento. Cúmplase.

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo
1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Nueve (09) días del mes de Octubre del año Dos Mil Trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
LA JUEZA


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 11:40 a.m.


La Secretaria









MEG/cecilia