REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumanà, 09 de octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO Nº: JMS1-S-5074-13
SOLICITANTES: NOEMI DEL VALLE RODRIGUEZ MARQUEZ Y
RODERICK JOSE GONZALEZ LUGART
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abogado JESUS MANUEL MOYA, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos NOEMI DEL VALLE RODRIGUEZ MARQUEZ Y RODERICK JOSE GONZALEZ LUGART, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.360.863 y 13.655.862 respectivamente, con domiciliados la primera en Villa Bicentenaria manzana Nº 07, casa Nº 11; parroquia Valentín Valiente Municipio Sucre del Estado Sucre y el segundo en la Urbanización Andrés Eloy Blanco calle Castellón con Unión casa Nº 75 Parroquia Altagracia, Municipio Sucre estado Sucre en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de su hijo: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de doce (12) años de edad, celebrado en fecha 09/08/2013, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne a la Obligación de Manutención, establecida de la siguiente manera mediante Acta Nº 19-1C-DPIF-F4-0727-2013: “El ciudadano RICARDO RODERICK JOSE GONZALEZ LUGART, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. y 13.655.862, padre del adolescente: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de doce (12) años de edad pasará a Suministrar la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE BOLIVARES (Bs.F 614,00), Mensuales, Bonificación de Fin de Año por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs.F 2.000,00). Útiles escolares y uniformes serán cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores. El padre. Asimismo el padre de la niña solicita del Tribunal se ordene la apertura de una cuenta de ahorro para consignar lo referente a la obligación de manutención. En este estado la ciudadana NOEMI DEL VALLE RODRIGUEZ MARQUEZ, esta de acuerdo con dicho convenimiento.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en Concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, al nueve (09) día de octubre del año Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZA
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
Secretaria
Siendo las 9:00 de la mañana se publico la presente sentencia.
Secretaria
ASUNTO Nº: JMS1-S-5078-13
SOLICITANTES: MARIANNY DEL VALLE ACEVEDO ACEVEDO Y
RICARDO RAFAEL SILVA MENDOZA
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION
MEG/rhm
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