REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumanà, 17 de octubre de 2013.
203º y 154º
ASUNTO: JMS1-5119-13
PARTES: SUSANA GRACIELA CRISTO CHIRINOS Y FRANKLIN JAVIER ROJAS VELIZ
MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
INSTITUCION FAMILIAR: HOMOLOGACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio del niño : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dos (02) años de edad .
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 15-10-2013, solicitud de homologación presentado por FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO PRIMERA EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos SUSANA GRACIELA CRISTO CHIRINOS Y FRANKLIN JAVIER ROJAS VELIZ Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V. 16.484.529 y 11.831.169 , domiciliada la primera en la Urbanización Cumaná III, Manzana N° 06, Calle N° 04 , Casa N° 100 de esta ciudad de Cumaná y el segundo en la Urbanización Los Lirios , Casa N° 14 de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre , en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio del niño : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dos (02) años de edad, suscrito en fecha 01-10-2013, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumanà, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: FRANKLIN JAVIER ROJAS VELIZ, aportará para la obligación de manutención de su hijo antes identificado, la cantidad de MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs. 1.568,00) mensuales, que corresponden al treinta porciento (30%) del monto establecido del salario que devenga en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, donde su salario es de SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs 6.287,46), el veinticinco por ciento (25%) del monto percibido por concepto de Bonificación de fin de año, que será utilizado para la compra de ropa, calzado y juguete , el veinte por ciento (20%) del monto a percibir por concepto de Bono Vacacional . Los gastos de medicinas y médicos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por el padre y el cincuenta por ciento (50%) en gastos de uniformes y útiles escolares cuando el niño este en edad escolar . Asimismo solicita el padre se le sean descontados los montos acordados de su cuenta nomina de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, donde labora. Asimismo solicitan se apertura cuenta de ahorros a favor de la ciudadana SUSANA GRACIELA CRISTO CHIRINOS. Líbrense oficios.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZA
Abg. María Eugenia Graziani
La Secretaria
La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 11.00 p.m.
La Secretaria
MEG/yulay
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: HOMOLOGACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION
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