REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumanà, 15 de octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO Nº: JMS1-S-5097-13
SOLICITANTES: JECKSON ALEXANDER PATIÑO Y
KARINA MARIA JIMENEZ RODRIGUEZ
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por la ciudadana LUISANA CAROLINA PEREDA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.762.472, en su condición de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Sucre por la Fundación regional Sucre “El Niño Simón”, de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos JECKSON ALEXANDER PATIÑO Y KARINA MARIA JIMENEZ RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.936.212 y 17.447.937 respectivamente, con domiciliados el primero en la Avenida Carúpano, frente al modulo de Caiguire Parroquia Valentín Valiente Municipio Sucre del Estado Sucre y la segunda en Avenida Carúpano Barrio Virgen del Valle de la Valentín Valiente Municipio Sucre del estado Sucre en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de los niños : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de diez, ocho y seis (10, 08 y 06) años de edad respectivamente, celebrado en fecha 05/09/13, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al Régimen de Convivencia Familiar, establecida de la siguiente manera mediante Acta donde se estableció: “El padre de los niños el ciudadano JECKSON ALEXANDER PATIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.936.212, tendrá el Régimen de Convivencia familiar abierto, este señalamiento a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Las partes intervinientes acuerdan de forma que el presente documento sea enviado al Juez de protección de Niños Niñas y Adolescente para la Homologación a los fines que surta los efectos que una sentencia definitivamente firme y ejecutoriada.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en Concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los En Cumaná, a los quince (15) día de octubre del año Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZA

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
Secretaria
Siendo las 9:00 de la mañana se publico la presente sentencia.

Secretaria


MEG/rhm