REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, Treinta de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO : RP31-L-2013-000158
Parte actora: YAMILET RODRIGUEZ
Parte Demandada: RESTAURANT MIRAMAR
Motivo. Cobro de Prestaciones Sociales



SENTENCIA

Dado que el día de hoy, treinta de octubre de dos mil trece, siendo las 09:30 A. M, fecha y hora fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, no haciéndose presente por la parte actora ciudadana ISMARIS ASTUDILLO, abogado en ejercicio inscrito en el i.p.s.a. bajo el nro. 129.178 por la parte demandada RESTAURANT MIRAMAR, C.A no hizo acto de presencia persona, representación alguna, manifestando en este acto expresamente la parte actora DESISTIR por cuanto fue recibida la cantidad de cinco mil setecientos bolívares (Bs. 5.700,00) en consecuencia dado a que la apoderada de la parte actora revisadas las actas procesales y el poder otorgado tiene facultades para ello este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara DESISTIDO el presente proceso de conformidad con el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil . PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.-
La Juez,


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL

Por la secretaría


Abg. Lisbeth Machado