REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Veinticinco (25) de Octubre de dos mil trece
203º y 154º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2013-000140
PARTE ACTORA: MARIA CAROLINA MATA PATIÑO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELEAZAR CABELLO MARCANO
PARTE DEMANDADA: CENTRO HIPICO JORGE PRINCE C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de hoy, Veinticinco (25) de Octubre de dos mil trece, siendo la fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, no haciéndose presente por la parte actora persona, ni representación alguna, y por la parte demandada CENTRO HIPICO JORGE PRINCE C.A, no hizo acto de presencia persona , ni apoderado alguno ni por la parete actora MARIA CAROLINA MATA PATIÑO, titular de la cédula de identidad nro.14.886.136, ni por la parte demandada CENTRO HIPICO JORGE PRINCE C.A. En consecuencia este Tribunal deja constancia de incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN
La Juez,
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL
Por la secretaría
Abg. Lisbeth Machado
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