JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO
JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
203° Y 154°


SENTENCIA NRO 69-2013-I

EXPEDIENTE No: 10.050

MOTIVO:
PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL
MATERIA:
CIVIL

PARTE
DEMANDANTE:

LUIS JORDAN GUTIERREZ GUZMAN



ABOG. ASISTENTE
GEORFREDY JOSE MARQUEZ MARVAL

PARTE DEMANDADA
KAREN MAGZUBEL JOHANNA VILLAMIZAR COLS

ABOG. ASISTENTE KAREN MAGZUBEL JOHANNA VILLAMIZAR COLS QUIEN ACTUA EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACION

Cumaná, 30 de Octubre de 2.013
203° Y 154°

Visto el DESISTIMIENTO efectuado en fechas 18 y 25 de octubre del año 2.013, que rielan a los folios cuarenta (40) y su vuelto, cuarenta y uno (41) y cuarenta y seis (46) del presente expediente por el ciudadano LUIS JORDAN GUTIERREZ GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.956.532, parte DEMANDANTE , asistido por la abogada en ejercicio GEORFREDY JOSE MARQUEZ MARVAL, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.380, y visto igualmente la aceptación al desistimiento de la parte actora, efectuado por la Abogada KAREN MAGZUBEL VILLAMIZAR COLS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.966.358 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.313, actuando en su propio nombre y representación, en fecha 18 de Octubre de 2.013, PARTE DEMANDADA, y por cuanto se observa que el DESISTIMIENTO está ajustado a derecho y las partes poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar el DESISTIMIENTO, así como capacidad Jurídica para disponer del objeto sobre el que versa la Controversia, es decir, sobre Derechos disponibles, no resultando violado el orden público, ni las buenas costumbres, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte la HOMOLOGACION correspondiente al DESISTIMIENTO efectuado por la parte DEMANDANTE en el presente juicio de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. Asimismo acuerda levantar la Medida de Secuestro decretada por este Juzgado en fecha 03 de Mayo de 2013, que riela a los folios Uno (01) y Dos (02) del Cuaderno de Medidas Medida.-

Publíquese. Regístrese. Diarícese. Déjese Copia Certificada y Publíquese en la Página Web de este Tribunal.

Dada, Firmada y Sellada en el Salón de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en la Ciudad de Cumaná, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece (30/10/2013).Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
JUEZA
DRA. INGRID C. BARRETO de ARCIA
SECRETARIA
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO

NOTA: En esta misma fecha (30/10/2013) y previos los requisitos de Ley, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria.
SECRETARIA
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO




SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE Nº 10.050
MATERIA: CIVIL
ICBdeA/IBLT/apdem.-