REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE - GUIRIA

Güiria, 18 de Octubre de 2013

203° y 154°

Visto el anterior libelo de demanda por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, y sus anexos presentado por el ciudadano, Abogado PEDRO ALEXANDER SANDOVAL FIGUEROA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.619.510 e Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.084; y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto a lugar en derecho de conformidad con los artículos 341 y 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 22 de la Ley de Abogados. Désele entrada en el Libro respectivo bajo el N° 074-13. En consecuencia, emplácese a la parte demandada, ciudadano EDWARDS JOSE NIEVES, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-15.701.819; domiciliado en la Avenida Paria, Estación de Guardacostas de esta ciudad de Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, para que comparezca por ante este Tribunal, al segundo (2do) día hábil de despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la demanda. Se ordena compulsar copia del libelo de la demanda con certificación de su exactitud y junto con la orden de comparecencia al pie, entréguese a la Alguacil de este Juzgado para que practique la citación del demandado. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA

LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/Oswaldo Mass.- Asistente.
Exp. 074-13.-