REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIP CION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE
Güiria, 16 de Octubre de 2.013.
203° y 154°
Parte Demandante: RICARDO JOSE ARZOLA MARA y NIDIA DEL VALLE ACOSTA DE ARZOLA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.935.908 y 14.611.168 respectivamente.
Abogado Asistente: JOSE ANGEL REYES BRITO, Inpreabogado Nro. 165.411.
Motivo: Divorcio 185-A.
Vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17-09-2013; la cual se encuentra DEFINITIVAMENTE FIRME, es por lo que este Juzgado del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, el cual consecuencialmente, en su debida oportunidad será remitido a la sede del Archivo Regional, a los fines de su Guarda y Custodia.
LA JUEZ,
AB. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/amm.
Exp: 048-13