REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL PRIMERO DE JUICIO DEL EDO SUCRE
EXTENSION CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
Carúpano, 25 de Octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-003830
ASUNTO: RP11-P-2012-003830

SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA

JUEZ: ABG. MARIA PEREIRA CORONADO
FISCAL: ABG. ELVISMARY HERNANDEZ FISCAL SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEFENSA PÚBLICA: ABG. JESUS MAYZ
VICTIMA: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO
ACUSADO: YILVER GREGORI LAREZ RAMOS,
SECRETARIA: ABG. ANNA DI BISCEGLIE


Estando en la oportunidad legal establecida en el articulo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, corresponde a este Tribunal Primero de Juicio, dictar el texto integro de la sentencia devenida del Juicio Oral y Público realizado en la causa seguida al acusado: YILVER GREGORI LAREZ RAMOS, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO, en base a las siguientes consideraciones:

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETOS DEL JUICIO

En la oportunidad legal se impuso al acusado sobre el procedimiento de admisión de los hechos conforme a lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, quien manifestó, no querer acogerse al procedimiento por admisión de los hechos, razón por la cual esta Juzgadora declaró abierto el debate, dándole la oportunidad a la Fiscal Séptima del Ministerio Público a los fines de que expusiera los alegatos de su acusación:

La representación del Ministerio Público Abg. Elvismary Hernández, expuso los alegatos de su acusación arguyendo que:

“Buenos días a todos los presentes en la sala, esta Representación del Ministerio Público, conforme a las facultades que me otorga la Constitución y las Leyes de Venezuela, Ratificar la Acusación presentado en fecha 11-10-2012, la cual fue debidamente admitida por el tribunal competente en contra del Acusado. YILVER GREGORI LAREZ RAMOS, por estar incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZ, en virtud de los hechos ocurridos en fecha 14/08/2012, cuando siendo aproximadamente las 08 de la noche en el sector colinas de caracho específicamente en la cancha vieja vía publica, Yilver Gregory Larez ramos, en compañía de Jesús Morales Montaño alias cuchillo dieron muerte a traición es decir con alevosía y por motivos fútiles e innobles a Franklin Marcano y Luís Miguel Rodríguez Valdivieso, dieron muerte de forma intencional por lo que el ministerio publico considera que la conducta desplegada por Ylilver Gregorio Larez Ramos se subsume en el articulo 406 Numeral 1 del Código Penal como lo es en el delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO, por lo que el Ministerio Publio demostrar y comprobara con los medios de pruebas ofrecidos y debidamente admitidos la responsabilidad penal del hoy acusado presente en sala y en consecuencia solicita muy respetuosamente al tribunal se sirva decretar la culpabilidad del mismo por el delito antes calificado en la sentencia que emane de este tribunal por lo que solicito a este tribunal se sirva valorar las pruebas de conformidad con el articulo 22 del COPP, con la lógica máximas de experiencia y sana critica. Es en base a ello, que se demostrará la participación y responsabilidad del acusado en los hechos plasmados en esta sala, lo cual conlleva a una Sentencia Condenatoria por parte del Tribunal.


Por su parte la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz, expuso:

“Esta defensa en nombre y representación del ciudadano Yilber Gregory Làrez Ramos, a quien la ciudadana Fiscal del ministerio Publico le esta imputando el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO. Siendo esta la oportunidad procesal a los fines de llevarse a cabo el presente debate de juicio oral y publico esta defensa, esgrime los alegatos correspondientes a la misma, la Fiscal del Ministerio publico a echo énfasis en unos hechos ocurridos el 14/08/2012, en donde se señalan al justiciable como el autor de la muerte de los ciudadanos Franklin José Rodríguez Marcano Luís Miguel Rodríguez Valdivieso, en tal sentido le corresponderá a la ciudadana Fiscal del Ministerio Publico demostrar las circunstancias de modo tiempo y lugar de cómo ocurrieron los hechos elementos estos que tendrán que ser demostrados con testigos hábiles y contestes que de una manera cierta comprometan la responsabilidad y culpabilidad del justiciable es importante señalar y destacar que los testigos que depongan en esta sala con relación a dichos hechos lo hagan de una manera clara precisa y concisa a los fines de que este digno Tribunal una vez sean evacuadas dichas pruebas aplique los conocimientos científico, costumbres y todos aquellos en la cual como ya se han mencionado inculpen o exculpen al ajusticiadle no siendo así la sentencia deberá de ser una absolutoria en caso contrario solicito sean aplicadas las aguantes de ley. Es todo”.


Al inicio del debate el acusado manifestó no querer rendir declaración, sin embargo luego de culminadas las conclusiones el mismo manifestó querer declarar, indicando que él es inocente de todo lo que me están acusando.

En las conclusiones la Fiscal Séptima del Ministerio Público, solicito una sentencia condenatoria, mientras que el defensor Abg. Jesús Mayz solicitó una sentencia Absolutoria, hubo replica no hubo contrarréplica.

La victima ciudadana: DAMELIS MARCANO, expuso que:

“Bueno yo quiero manifestar aquí, que todo lo que dije fue verdad, a mi hijo chacho, Franklin Marcano, lo mando a matar el ciudadano Wilmal Viña Villaroel, apodado el chulinga, porque ellos lo acusaban de un asesinato de un hermano de ellos, Wilma se mundo para 22 de agosto para contactar con cuchillo y así poder matar a chacho, a chacho lo pincho la señora yerika botines, ella y su mama lo mandaron a buscar por eso es que chacho sube a la colinas de curacho, chacho cuando llego arriba se consiguió con el jovencito, y yerika lo mantuvo ahí hasta que llego Yilver, la primera vez que chacho subió fue a las 5:00 PM y me dijo mama no la consigo, como a las 5:30 o un cuarto para las subió Yilber y Wilma atrás, como a las 6:30 vuelve a subir y no consigue a nadie, como a las 7:00 PM vuelve a subir en la bicicleta, cuando llega arriba consigue al joven y se queda habando con el,,es cuando viene bajando Fernando y lo ve, llega Yilbert en la moto y le estrecha la mano a chacho porque el lo conoce, ya que vivió en 22 de agosto, yerika lo mando ahí con la señora rosa, Chacho estaba hablando con el joven y es el momento que entran los dos, el primer disparos se lo dieron por la columna, y quedan matando al otro joven, en ese momento chacho cae, y ellos viene delante de la moto, se baja cuchillo y dice se esta levantando y es cuando le meten los 2 tiros en la cabeza y lo dejan muerto, es todo”.


DE LAS PRUEBAS DEBATIDAS EN EL JUICIO

TESTIGOS:

1.- FRANKLY JESÚS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, quien dijo ser Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.877.844 y de éste domicilio, quien previo juramento de Ley, e informado que el falso Testimonio es un delito castigado por el Estado, expone: Lo que le voy a decir es que cuando mataron a mi hijo Erica y Su mama supuestamente fueron las que picharon a mi hijo matándolo a el y al hijo de la señora que esta aquí presente también, inmediatamente se supo que había sido el joven como cuchillo, por que Wilmal Viña le pago al cuchillo lo contrato para matar al hijo mió, cuando fueron a matar al hijo mió mataron al hijo de la señora, los rumores el otro día que lo había matado el joven que esta aquí presente con cuchillo, es todo. Seguidamente lo interroga la Fiscal del Ministerio, Abg. Elvismary Hernández, quien interroga al testigo en la forma siguiente: ¿señor Franklin Martínez como se entera usted de esos hechos que usted acaba de narrar? R.- Bueno supuestamente Erica y Su Mama, la señora que se puso muy nerviosa y dijeron que era el joven aquí presente (señalando al acusado) y cuchillo quienes lo habían matado; ¿donde sucedieron esos hechos? R.- en la cancha vieja de curacho, el primer tiro se lo dieron en la colina junto con el hijo de la señora el de la señora callo allí y el murió corrió pero en la cancha vieja de caracho lo remataron; ¿Cuándo fue eso? R.- Fue un 14 de agosto 2012, eso fue el año pasado; ¿Cómo se llamaba su hijo? R.- Franklin José Rodríguez Marcano; ¿Cómo le consta a usted que a su hijo le dieron un tirón un tiro o y después le dieron mas en otro lado? R.- Por que el hijo de la señora callo arriba en la colina y el hijo mío callo abajo en la cancha de caracho, ¿Su hijo muere en el lugar de los hechos? R.- Si, ¿Por qué muere tu hijo? R.- por los tres tiros que le dieron uno en la barriga y dos en la cabeza; ¿Cuándo nos dice en su narración usted menciona que también mataron a un inocente a que se refiere? R.- Un mes antes mataron cerca de la casa a un joven la familia de ese joven culparon al hijo mío que había asesinado a un joven llamado churrique hermano de Wilmer Viña, ellos lo culparon yo fui y hable con ellos y no me creyeron, fui a la PTJ y tampoco me creyeron a un mes de muerto el joven Viña, el señor Wilmer Viña contrata al cuchillo para que me lo mataran, frente al cuchillo vive el señor que estas aquí(señalando al acusado), el lo mato con el cuchillo; ¿Quién es el que usted dice ese señor? R.- El señor que esta allá (señalando al acusado Yilver Gregory Larez Ramos); ¿Cómo tiene usted conocimiento que ese ciudadano que ese ciudadano de apellido viña había contratado a Yilver Larez presente en sala y a Jesús Montaño para darle muerte a su hijo Franklin Martínez? R.- Conocimiento como tal no tengo pero el Wilmer ese amenazo bastante a mi hijo que lo iba a matar; ¿Por qué piensa usted que se producen esos hechos entonces? R.- Pienso que fueron ellos que pagaron por que Wilmer amenazo bastantes veces a mi muchacho decía que tenia que correr sangre y lagrimas como corrió en su familia; es todo. Acto seguido se cede la palabra a la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz, quien interroga al testigo en la forma siguiente: ¿Quién es Erika? R.- en verdad no la conozco, pero se escucho bastante rumores que Erika y su mama picharon a mi hijo es decir llamaron para decir donde estaba para que me lo mataron y llegaron y me lo mataron; ¿Usted esta diciendo que la tal Erika es la persona que vio cuando estaban llamando? R.- no ella llamo para que vinieran a matarlo, inclusive antes de asesinar a los dos muchachos ellas estuvieron hablando con el motorizado; ¿Cómo le consta a usted eso? R.- Supuestamente habían bastante muchachos menos de edad que vieron cuando ellos estaban hablando; ¿Usted escucho la conversación? R.- de los muchachos no fueron versiones que se escucharon por allá; ¿y la mama de Erika como se llaman? R.- no la conozco ni a Erika ni a la mama; ¿Señor Franklin por que usted señala al acusado como la persona que esta involucrada en los hechos? R.- Por que cuando hubo los hechos las dos jóvenes nerviosas habían dicho que había sido el acusado Yilber y el Cuchillo; ¿Cuándo usted señala a las dos jóvenes a quien se refiere a Erica y a la mama? R.- Si a Erika y a la mama; ¿Cómo explica usted que si Erika es la persona que presuntamente llama a otras personas para que se ejecute una acción por que le señala al señor y a la otra persona? R.- esos fueron rumores que se escucharon, ¿Usted menciono que habían contratado a varias personas para que mataran a su hijo, le pregunto usted vio a ese señor en cualquier tipo de conversación a tales fines? R.- No; ¿Señor de manera que usted tiene conocimiento de los referidos hechos por que se lo dice la tal Erika y Su Mama? R.- si eso es lo que se escucho; ¿pero usted no tiene conocimiento pleno de los hechos? R.- No; es todo. En este estado, la interroga la Ciudadana Juez: ¿Me puede decir el nombre de la persona que le hizo el comentario de todo esto? R.- No los conozco pero fueron varias personas que llegaron diciendo eso, Erika y Su mama fueron la que lo picharon pero no tengo la dirección de estos; Es Todo.

2.- EULOGIO RAFAEL VIÑA VALLENILLA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 9.455.494, quien previo juramento de Ley, e informado que el falso Testimonio es un delito castigado por el Estado, quien expone: Ese señor esta desde los 8 años conmigo, sus estudios y todo, el iba a su escuela y venia hacia sus parejas, no tenia ningún problema con ninguna persona un muchacho sano, no le conocí ningún enemigo por ahí, todo eran sus estudios jugaba sus metras, y siempre me preguntaba a mi Yoyito para uno llegar a ese grado, yo le decía que para eso tenia que estudiar sacar el quinto año, hacer sus cursos para lograr ser un PTJ, tenia que hacer sus estudios, llegaba se bañaba salía, y jugaba otra vez, el nunca tuvo broma con los muchachos todo sano, el después de que vino se le consiguió un trabajo con un señor que se le llama chocolate que trabaja refrigeración yo lo conozco como chocolate, y cuando yo iba a mi trabajo que es malariología, con todo lo que tiene que ver con la malaria, siempre le preguntaba al chocolate que como se estaba portando el muchacho y me decía que bien que iba buenísimo en su trabajo, el terminaba su trabajo y se iba para la casa a bañarse y a escuchar su música, se iba a jugar con sus amigos, así fueron pasando los días y las semanas, el tenia que ir a sus clases todas las mañanas pero en la tardecita estaba allí jugandito, cuando iba todas las tardes a jugar mitras con sus amigos, y yo estaban viendo televisión y subió un sobrino a avisarme que y me dijo ve que mataron allí a Luís miguel yo le dije que eso no era juego, que no dijera eso, y dijo que lo mataron allí y cuando salgo y lo veo que estaba engarruñado en la acera allí, salimos a correr pero que va llegamos al hospital lo montamos en un carrito la Dra. me dice el niño Luís Miguel falleció, y me llevaron en averiguaciones de la PTJ por que yo soy el padrastro del niño, yo los acompañe y eran como las 07 y pico de la noche cuando los acompañe, me preguntaron si mi hijo tenia problemas con nadie y yo le dije que no se metía con nadie, mi hijo no se metía con nadie, yo le pregunte al PTJ por que matan a mi hijo si no se metía con nadie y el PTJ me dijo por que estaba allí acompañado y lo estaban buscando la justicia yo digo `por que si ese muchacho no se mete con nadie, yo no se mas nada de eso, ni quienes fueron los que fenecieron al hijo mió, un muchacho que tenia un futuro y PTJ que lo que quería era ayudar a la comunidad me lo mataron un muchacho inocente; es todo. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio, Abg. Elvismary Hernández, quien interroga al testigo en la forma siguiente: ¿Cómo se entera usted de esos hechos? R.- el niñito que me fue a avisar a la casa nosotros estábamos viendo el caso ese de la Dra que pasan todas las tardes estábamos viendo televisor; ¿Qué hizo usted cuando le fueron avisar? R.- Yo le dije al muchacho que eso era mentira que era embuste pensé que estaban jugando y eso, y le dije a ella mi señora ese es Luís Miguel que estaba en el suelo allí, salimos corriendo por los escalones; ¿Cuántos años tiene el niño que le aviso a usted eso? R.- debe tener 9 o 10 años; ¿Cómo se llama? R.- Anthoni no recuerdo bien el apellido; ¿Cuándo usted llega al sitio donde esta Luís Miguel? R.- En ese momento de desespero yo vi a mi señora que estábamos abrazados allí ella me veía a mi y yo a ella; ¿estaban presentes personas del sector? R.- Yo lo agarre con ella lo montamos en un carrito y no lo llevamos; ¿Qué fue lo que le paso a Luís Miguel? R.- el estaba jugando tranquilamente con sus amiguitos como todas las tardes se ponía a jugar, eso fue que me fueron avisar a mi casa, yo del trabajo a la casa, y cuando yo baje allí con el desespero lo agarramos lo metimos en el carro de un vecino; ¿Qué le vio usted al cuerpo de Luís Miguel cuando estaba en el carro? R.- Le vi así los ojos deslumbrante, me quedo viendo como queriendo decirme algo; ¿Usted vio que le salía sangre a Luís Miguel de su cuerpo? R.- si de aquí de la parte del abdomen; ¿Dónde sucedieron esos hechos? R.- Eso fue en la colina de Curacho debajo de la matica de almendrón en la otra acera; ¿Cuándo sucedió eso? R.- seria como a las 07:30 eso fue el 14 de agosto del 2012; ¿Tiene usted conocimiento de quien le pudo ocasionar la muerte a Luís miguel? R.- No tengo conocimiento de eso, el no se metía con nadie ni nada; ¿en ese momento llego usted a ver a otra persona que también presentaba alguna lesionada o muerto? R.- en ese momento yo no, yo lo que agarre fue a mi muchacho y lo metí en el vehiculo, no vi mas, según ique habían matado a uno mas abajo; ¿Cómo se entera usted de eso? R.- por la misma comunidad los mismos vecinos; ¿Qué le manifestaron a usted los vecinos? R.- que al otro lo habían matado mas abajo; ¿conocía usted a esa otra persona? R.- no; ¿a que se dedicaba Luís Miguel Rodríguez? R.- a sus estudios; ¿Qué estudiaba? R.- estaba en parasistema en Libertadores de América iba por cuarto quinto año; ¿Cuántos años tenia Luís Miguel? R.- Tenia 16 para cumplir los 17 años; ¿Después de que sucedieron os hechos llegaron a comentarle a usted quienes fueron los responsables de ese hecho? R.- No; se deja constancia que la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz, No interrogo al testigo. En este estado lo interroga la Ciudadana Juez: ¿usted puede decir con quien estaba jugando para ese momento Luís Miguel? R.- Con Anthoni, estaban jugando metras; ¿solamente con el? R.- con el es que yo siempre lo veía jugando; ¿el lugar donde ocurrieron los hechos es cerca de sus matas? R.- Si queda cerca como de aquí hasta allá (se deja constancia que el testigo tomo como referencia la puerta principal de la sala). Es todo.

3.- DAMELYS DEL VALLE MARCANO DE MATINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.952.601, quien previo juramento de ley expone: el 14 de agosto hay dos mujeres que mandan a busca a mi hijo Franklin la Sra. Rosa y su hija Yerica, ellas le preguntaron a mi mamá el nombre de mi hijo, que a el lo llamaban CHACO, porque ellas le iban a dar un asunto y mi mamá les dio su nombre completo a ellas , eso fue como a las 9 de la mañana y como a la1 de la tarde llego mi hijo que venía de pozo colorado y yo le dije que lo estuvo buscando Rosa y Yerica que te van a dar un asunto y él me dijo que para que será y le respondí que no sabía y como a las 4:30 a 5:00 de la tarde Chacho hizo la primera subida a la casa de la Sra., no la consiguió, dicen que despesqué chachos subió a esa hora, subió Yilber y Wuilman “Chulinga”, luego Chacho subió nuevamente como a las 6:30 y no las consiguió otra vez, la última subida que hizo la hizo como a las 7:00de la noche y me dijo que iba a subir para ver que era, a esa hora subió Yilber solo en la moto y dicen que le dio a la mano a mi hijo; Yilber bajo y en eso estaba Rosa y Yesica estaban conversando con el otro joven que mataron , cuando después sube Yilber con “Cuchillo” montado de barrillero y en ese momento se encontraba Yesica sola con esos dos niños , es allí cuando Yilber y Cuchillo matan a Chacho y a Luís Miguel, cuentan la gente que Yerica decía cuando estaban matando a Luís Miguel “a ese no, a ese no” . Cuchillo le da un tiro a Chacho en el estomago, Chacho corre, ellos quedan matando al otro niño, Chacho corre, bajo y cuando piso la Urbanización caracho allí cae, mal herido, atrás viene Yilber con Cuchillo detrás en la moto y se dan cuenta que mi hijo se esta tratando de parar y dice “ esta vivo, esta vivo”, cuchillo se baja de la mato, corre hasta donde esta Chacho y le da dos disparos en la cabeza y allí lo dejaron muerto, allí es cuando me avisan y yo corro y lo encontré muerto y al otro niño se lo habían llevado al hospital. Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público Abg. Elvismay Hernández a los fines que interrogue al testigo. Diga donde sucedieron los hechos que acaba de narrar. R; eso fue en la colina de Caracho, en toda la mata de almendrón. Otra. Cuando Sucedieron esos hechos. R: el 14 de agosto del 2012, como a las 7:20 a 7:30 de la noche. Otra. Que fue lo que paso el 14 de agosto del 2012, de los hechos que acaba de narrar. R: estaba Chacho y Luís Miguel conversando con Yerica, que Chacho le fue a preguntar a Yerica que para que lo estaba buscando; en eso llego Yilber y Cuchillo a matar a Chacho, mandados por Wuilman alias el Chulinga- Otra. Porque dice Ud que a su hijo a Luís Miguel Rodríguez lo mandaron a matar Wuilman apodado Chulinga. R: porque a ese Wuilman le montaron un hermano apodado Churrique y esa familia dijo que ese muchacho lo había matado mi hijo Chacho. Mi hijo era inocente de ese acecinato. Dos hermanos de Wuilman Chulinaga hablaron con mi hijo Ángel Luís Martínez y le dijeron que ya sabían que Chacho era inocente, que a su hermano quien lo había matado era Pedro Picapiedra. Wuilman quedó como loco y en todas partes lo amenazaba de muerte, se ponía a grita en la calle “ voy a matar a Chachao, voy a matar a Chacho”, fue a la lagunita a buscar pistola con los muchachos malos de allí; uno de ellos conversa con Yesica Milano y le dice: Yesica avísale a Damelis que Wuilman anda buscando pistola para matar a Chacho, también Wuilman en un carro montado le dice a un Jove y a otro que iba en el carro que no se quien es, no se siente mas donde Damelis, que ya contacte a una gente de 22 de Agosto para matar a Chacho y a Pedro Picapiedra” Wuilamn Chulinga tenía una semana que se había ido de la casa de su mamá que es vecina mía, para mudarse para 22 de Agosto, para planear la muerte de mi hijo. Otra. Como tiene Ud conocimiento de los hechos que acaba de narrar. R: todos los días Wuilman decía eso en la calle, decía que los iba a matar, no había manera de controlar a ese hombre. Él era el único que decía eso y la gente lo sabe. Otra. Como se llamaba su hijo. R: Franklin José Martínez Marcano. Otra. Llego Ud o su hijo a denunciar esas amenazar ante las autoridades. R: cuando mataron a Churrica, los Chulingas, mandaron a un Sr. Apodado •Tacon” él nos rucio toda la casa de gasolina y no le pudo prender el fósforo porque él también estaba bañado en gasolina. Nosotros fuimos a la PTJ y pusimos la denuncia, fue la policía y la Guarda, y después dejamos eso así. Otra. Recuerda cuando colocaron esa denuncia. R: el 07 de Julio del año 2012. Otra. Ud menciona que hay dos mujeres que temprano mandan a buscar a su hijo. R: eso fue Rosa y Yerica, los apellidos no los conozco. Otra. Donde pueden ser ubicadas esas personas. R: en la colina de Caracho. Otra. Quien le dijo a Ud que Yilber Lárez y Wuilman Viña, apodado Chulinga, había subido a la colina de Caracho en una moto. R: los mismos vecinos de la Colina de Caracho, pero no quieren meterse en problemas. No puedo decir sus nombres porque ellos no quieren meterse en problemas. Otra. Ud menciona en su exposición que Yerica se encontraba con dos niños. R. si, con Chacho y Luís Miguel. Otra. Chacho no es su hijo. R. si, lo que pasa es que cuando sube Yilber la primera vez, estaba ella con su hijo y al momento que vuelve otra vez a subir, Yerica se encontraba con su hijo también con Chacho y Luís Miguel. Otra. Que conocimiento tiene Luís Martínez en los hechos en los cuales perdió la vida su hijo Chacho y Luís Miguel. R. en el momento del asesinato no se encontraba el allí, iba en carretera para Cumana. Otra, Cuando se entera Ud de la muerte de su hijo. R: como a 20 para las 8, llego un vecino a la casa y me lo informo. Otra, Quien le manifiesta a Ud que a su hijo lo había matado. R: un bodeguero le dijo a mi esposo que Chacho estaba muerto en la Colina y yo no lo quería ni creer. Otra. Como se llama esa persona. R: el bodeguero se llama Niobis. Otra, Donde puede ser ubicado Niobis y donde queda la bodega. R: en Valle Nuevo de San Martín, en la bodeguita La Pestañita, a él lo llamaron por teléfono y le dijeron que le avisara al papá. Otra. Que hizo Ud en ese momento. R; corrí hacia la casa de Los Chulingas, a gritarles que habían matado a mi hijo. Otra. Luego que hace Ud. Me tranquilice, y me metí en la mete que por lo menos estaba herido y en eso baje a la urbanización y cuando llego lo primero que veo es a mi hijo tapado con una sabana y es cuando me doy cuenta que ya esta muerto . Otra. Ud dijo que Yerica y Rosa tienen conocimiento de cómo pasaron los hechos. R: si Yerica, no tanto Rosa. Yerica es la culpable de todo eso. La gente de la comunidad comenta y Fernando García, quien es el testigo que tengo que vio a Yilber a Cuchillo matando a Chacho y a Luís Miguel, ella quería que Fernando cambiara las versiones de los hechos, por ella estaba allí cuando ellos estaban matando a esos dos niños y gritaba a el no, a el no, cuando estaban matando a Luís Miguel, pirque ella lo que quería era que mataran a Chacho. Otra, Como te dijeron que mataron a tu hijo. R; Fernando dice que cuando el paso vio a Chacho y a Luís Miguel ya Yerica no tenía al bebe en brazo, el le dice •Chacho tu todavía por aquía” y el sube y cuando escucha los disparos ve a cuchillo echándole disparo a Chacho, chacho corre y quedan matando a Luís Miguel, Fernando se escondió detrás de un carro. Otra. Cuando llegas y ves a tu hijo tapado, tu lo pudiste ver. R; si, yo le levante la sabana y le vi dos disparos y señalo la cabeza, fue cuando yo me volví loca y comencé a gritar que lo había matado Wuilman, que lo había matado Wuilman, fue cuando me retire un poco y después me dio una enfermedad y me llevaron al hospital. Otra. En que sector podemos ubicar a la Sra. Yerica. R: en las Colinas de Caracho, si quieren cuando declare Fernando le pueden pedir la dirección porque ellos son vecinos. Seguidamente se le cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz a los fines que interrogue al testigo: Exactamente donde se encontraba Ud en el transcurso de las cinco de la tarde a las siete de la noche. R. en mi casa. Otra. Que se encontraba Ud haciendo en su casa. R: yo me encontraba desmechando carne, porque yo vendo arepas. Otra. Quien mas se encontraba con Ud en su casa. R: mi esposo, la mujer de Chacho y una hija de 08 mese y creo que mis dos hijas también. Otra. Como se llama su esposo. R; franklin Jesús Martínez González. Otra. Y en este periodo mencionado, es decir de 5 a 07. las personas mencionadas incluyéndola a Ud, nunca salieron de su casa. R: no. Otra. Como se llama su hijo fallecido. R: Franklin José Martínez Marcano. Otra. A que hora Ud recibe la noticia de la muerte de su hijo. R, entre vente a diez para las ochos. Otra. A través de quien Ud recibe esa noticia. R: a mi me dijo mi esposo, Damelis mataron a Chacho, el fue el que recibió la noticia con el Bodeguero que habían matado a Chacho. Otra. Ósea, que Ud recibe la noticia por parte de su esposo, que a su vez, se lo dice el bodeguero, R: si. Otra. Cuando Ud recibe la noticia que hace UD. R: llevo la niñita de Chacho, se la doy a ala vecina del frente, porque ya mi esposo había corrido con mis dos hijas y la esposa y yo corrí a casa de Los Chulingas, a gritarles que me habían matado a mi hijo Chacho. Otra. Porque se dirigió a la casa de los Chulingas. R: Porque Wuilman era el que quería matar a Chacho. Otra. En la casa de los Chulingas, quien vive. R; la mamá de Wuilman Chulinga y tres hermanos. Otra. Ud sabe el nombre completo de Wuilman. R: es Wuilman Viña. Otra. Podemos deducir que de conformidad con sus propias palabras Ud se dirigió a dicha casa y que fue lo que Ud dijo. R: maldito, me mataron a mi hijo, siempre me mandaron a matar a mi hijo, me lo mataron. Otra. Que tiempo transcurrió desde ese momento que Ud esta en esa casa y la salida de la suya. R. porque en el momento en que me dan la noticia serían como 05 u 07 minutos, dejo la niñita al frente y corrí, eso fue rápido. Otra. Después de ese hecho, que hace Ud. R: me devuelvo a la casa, meto en la nevera lo que estaba haciendo las arepas y me voy molesta caminando hacia donde estaba Chacho muerto. Otra. Que distancia hay de su casa a donde estaba Chacho muerto,. R: hay como 05 cuadras. Otra. Que pasa cuando UD llega al sitio donde ve a su hijo muerto. R: cuando levanto la sabana y veo a mi hijo muerto grite” viste Chavan, los chulingas me mataron a Chacho, los Chuilingas me lo mataron. Otra. Después que hizo Ud. R: yo ni siquiera lo abrace, me aparte de allí y comencé a pelear en contra de los Chulingas, y fue cuando me dio la enfermedad. Otra, Cuando me dio la enfermedad que paso. R: me llevaron al ambulatorio, en el cual pase como una hora y después uno vecinos me llevaron a mi casa y me quede en ella, de allí no Salí hasta el día del entierro. Otra. Ud mencionó a Yerica y a Rosa. R: si, mamá e hija. Otra. Ud planteó una conversación con estar dos personas. R: ellas conversaron con mi madre. Otra. Ud nunca converso con Yerica y Rosa. R: no, mi madre si. Otra. En que momento vio Ud a esos ciudadanos antes mencionados subiendo en la moto. R: no, yo no los ví a ellos. Seguidamente toma la palabra la Juez e interroga a la Testigo: Como se entera Ud que Fernando fue el que vio a Yilber y cuchillo matar a esas dos personar. R a mi me llama el funcionario que llevaba el caso y me dijo que ya tenía a Yilber preso y que donde estaba Fernando y le dije que que Fernando? Y me dijo el Fernando que vino a decir que Rosa y Yerica había visto a cuchillo y Yilber matar a su hijo. Yo no sabía nada. Cuando empezamos a averiguar quien es Fernando y es cuando nos enteramos que es un vecino de Caracho y yo salgo a hablar con el, y es cuando Fernando me confiesa toda la verdad y que Yerica quería cambiar todo lo sucedido esa noche. De allí lo lleve a la PTJ y es cuando él declara. Otra. Donde es que le dan muerte a su hijo. R: en la placita de Caracho. Le dando dos en la cabeza ya que el se trata de levantar porque aún estaba vivo y es cuando él (señalando al acusado) y cuchillo lo matan. Otra. Quines llegan primero al sitio donde esta Chacho muerto. R: mi esposo, la mujercita de Chacho y mis dos hijas, yo me quede en la casa y después fue que baje. Es todo.

4.- FERNANDO LUIS GARCIA RIVERA, titular de la cédula de identidad 15.554.330 quien previo juramento de Ley expone: a mi se me fue el gas en mi casa y fui para casa de mi mamá a preguntarle si podía cocinar y ella me dijo que si y cuando yo baje con mi chamito para la casa a cocinar donde mi mamá y vuelvo a subir y es cuando empiezo a escuchar la plomazón y cuando volteo veo que están disparando a dos chamitos de haya arriba del cerro que es al niño de 17 años, me impacto todo porque tengo a mi hijo cargado , veo que esta uno tirado y a otro que esta disparando coleando como a otro mas, y cuando logro verlo veo al negrito y al blanquito, pero con los nervios con el muchachito cargado, voy avanzando, voy avanzando y me voy para donde mi esposa para arriba y elle me pregunto que que tenía y le dije que vi que estaban matando a esos dos muchachos y como tengo mi hijo cargado , los nervios no me dejaban y después cuando paso todo, yo le dije a ella que como íbamos a cocinar porque esa vaina estaba allá abajo, es primera vez que eso pasa y eso por lo general no sucede . Un muchacho que uno lo conoce desde pequeño y que quería ser PTJ, siempre nos comentaba que estaba trabajando para ver si se iba a ser eso. Uno siempre le decía que le echara pichón a sus estudios. Es lamentable que una persona así se le quite la vida, porque uno es padre y tiene muchachos y no le gustaría que le quitaran la vida. Cuando ya todo paso y vaina y le dije que para quedarnos en el rancho y cuando pasan los días, yo trabajando por la calle, es cuando me dice las personas para que venga a declarar para la PTJ y yo les dije que yo estaba trabajando y de repente me llego una citación por parte de esa persona para que yo fuera a declara a la PTJ, porque yo dije que esto no me esta gustando, yo trabajo por mis hijos, Cuando me llego la citación dije que eso no me gusta y no fui. Después cuando pasan los días llego otra citación no por parte de la PTJ sino de parte de ella que se la entregan a ella , porque el deber es entregársela a la persona que van a citar y la ultima vez la Sra., Damelis me dijo que porque no ha ido a las citaciones si ya te han citado para declara y entonces yo le dije que a mi no me habían llegado citaciones sino una sola vez, yo lo que veo es problema mío, porque yo trabajo para mis hijos y ella me dijo que fuera porque la Fiscalia me iba a citar y me vestí y fui a PTJ y me tomaron las declaraciones. Esas personas no consultaron conmigo para que rindiera declaraciones. Seguidamente lo interroga la Fiscal del Ministerio, Abg. Elvismary Hernández, quien interroga al testigo en la forma siguiente: Cuando pasaron los hechos que Ud acaba de narrar. R: eso fue un martes no recuerdo el mes ni el año. Otra, Donde sucedieron los hechos que Ud presencio relacionado con los disparos que le ocasionaron la muerte a Luís Miguel y a Franklin José. R: en la Colina de Caracho, en la comunidad donde yo vivo. Otra, Ud en su exposición dijo que escucho una plomazón, que quiere Ud decir con una plomazón. R: porque no se escucho ni uno ni dos ni tres, fueron bastantes disparos. Otra, A quien vio Ud disparar ese día. R: al que iba manejando, al blanquito y al negrito. Otra. Conoce Ud a esas personas por nombre o por apodos. R: el apodo de uno que escuche nombra fue al Cuchillo y al tal Yilber, que es el blanquito de los que yo ví. Otra. Diga Ud se encuentra en sala esa persona blanquita que dice Ud que fue una de las que disparo. R: si. Otra. Que fue lo que Ud vio ese día de la plomazón. R. al tal cuchillo y a Yilber mas impresión me da porque tienen armas y tengo a mi hijo cargado y tengo que buscar la manera de salvarlo y cuando empiezan a montarse en la moto azorado aproveche para irme a la casa apurado. Otra. Ud vio a Yirber y a Cuchillo con armas, que tipo de armas tenían estas personas. R. eran pistolas de fuerza, como un 9, eso fue lo que se escucho, bastante. Otra. Vio Ud el color de esas pistolas. R: yo estaba lejos porque tenía a mi muchacho cargado. Otra. Vio Ud disparar a Yilber y a Cuchillo, contra quien. R: al muchachito vecino de la comunidad y al otro cuando corrió para abajo. Otra. Conoce Ud los nombres de esas dos personas. R: por cariño le decíamos pinki, que es Luís miguel y al otro también lo conocía porque lo vi crecer, lamentablemente a uno le duele que le quiten la vida así. Acto seguido se cede la palabra a la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz, quien interroga al testigo en la forma siguiente: Ud declaro en sala que recibió noticias de que tenía que ir a declara en PTJ, de quien recibió Ud primariamente la información. R. no, citación. Otra. De parte de quien Ud recibió esa citación. R: de parte de Rosa y de Yerica. Otra. Ud en algún momento y visto lo mencionado en tal sentido se vio presionado por estas dos persona. R. no, en ningún momento me montaron presión porque si me montan presión se los digo. Otra. Una vez que recibe dicha citación Ud fue a la PTJ. R: la primera vez no fui, sino a la última. Otra. De parte de quien recibió Ud la última citación. R: incluso ellas prácticamente no se encontraban en la comunidad, la mandaron de donde estaban con un muchacho de la comunidad y cuando me la dio es cuando recibo de parte de la Sra. Damelis que me dijo, mijo porque no has ido a declara y yo le dije que no había ido porque yo no tenía que ir y ella me dijo que me iban a pasar citación de Fiscalía y es cuando actué y fui a rendir declaración. He recibido amenazas de ambos lados que me van a matar. Otra. Cuando Ud dice que ha recibido amenazas de ambos lados a que Ud se refiere. De ambos lado de quien. R. de donde vive el Sr. Porque por haya hay balandro y lo primero que le dicen a la mujer mía es que si el hombre tuyo va para haya lo vamos a matar, te voy a mandar a matar, te voy a escoñetar. Entones no pueden ver a uno, uno tiene que salir escondido a trabajar. Otra. Cuando te digo de ambos lados a que te refieres. R: de parte de quien me manda la citación y de la parte del señor sentado allí (señalando al acusado) . Otra El Sr. que Ud menciona, lo conocía de vista trato y comunicación. R; yo no lo conocía a el, no tenía trato con el lo vía en el momento de los hechos. Otra. En algún momento este Sr. (señalando al acusado) lo amenazo personalmente. R. no, pero sus amistades si. Otra. Conoce Ud quienes son las personas que le han propiciado esas amenazas. Una no la conozco porque no viven en ese barrio, se la dicen a mi esposa. Otra. Quienes son esas amistades. R. no las conozco, Otra Ud pude dar nombres de personas. R. no las conozco. Otra. Tiene nombre de las personas del otro bando. R: de parte de Rosa y de el (señalando al acusado. Otra, Y de parte de la víctima aquí presente. R de las amistades de ellos. Otra. En su declaración en PTJ Ud menciono a las personas que estaban involucradas en este hecho. R: claro que si los nombres. Otra. Ud ante de los hechos conocía a los nombre de estos ciudadanos que supuestamente mataron a los muchachos. R: los conocía ya porque me lo habían comentado, Otra. Quines se lo comento. R: en la calle, porque viéndolo así como lo veo no, ese día cuando lo vía haciendo los hecho y yo dije verga si es este. Otra. Ud dijo que había salido de su casa con sus dos hijos, que hora era. R. aproximadamente 7 y media a 8, esa hora fue mas a menos cuando sucedieron las hechos, la hora exacta no la se porque no tenía reloj. Otra. Estaba oscuro o estaba claro. R: estaba alumbradito. Otra. Desde donde Ud se encontraba a donde presuntamente ocurren los hechos, que distancia hay. R. no es muy larga, de donde yo estaba claramente se ven los ciudadanos cuando los hechos. Otra. Ud recuerda la vestimenta que portaba. R: una bermuda y una camiseta. Otra. Ambos tenían bermudas y camisetas. R: al blanquito lo vi pero al negrito no recuerdo como estaba vestido. Otra. Venían en algún vehículo. R; en una motico toda destartalada que creo que ni subía para donde yo vivo. Otra. Puede dar la característica de la moto. R una perlita pequeña, Otra. Sabe Ud el color de la moto. R: no voy a saber decir. Otra. Cuantos disparos escucho Ud. R. fueron varios, bastantes una cantidad que se pueda sumar. Otra. Cuando sonaron los disparos, donde se encontraba Ud. R: iba subiendo para la casa. R. Cuando suenan los disparos Ud iba subiendo. R: si. Y voltee. Otra. Vienes con los niños subiendo y volteas. R. yo me quede así parado. los nervios no los dejan. Otra. Trataste de ocultarte. R: con los nervios no me dejaron. Otra. Te encontrabas muy nervioso en ese momento. R: si vamos a decir que si, cualquiera que tenga a sus hijos se pone nervioso. Otra. En ese que te encontrabas nerviosos trataste de proteger a tus hijos. R; en ese momento estaba dispuesto que una bala me diera. Yo me quede parado. Otra. En algún momento trataste de proteger a tus hijos. R: me quede parado. Otra. Cuando te quedas parado y suenan los disparos, esos disparos sonaron detrás de ti o delante de ti. R: vengo subiendo escucho los disparos y me volteo y me quedo impresionado a ver quienes estaban disparando. En este estado, la interroga la Ciudadana Juez: Que vio Ud cuando escucho los disparos y volteó. R: vi a los ciudadanos disparándoles a esos dos muchachos. Otra. Que ciudadanos. R: el cuchillo y el tal Yilber. Otra. Porque dices que recibió amenazas de otras personas. R: por parte de Rosa y de Yerica. Otra. Donde viven estas dos personas. R: subiendo para la parte de arriba del sector las Colinas de Caracho. Otra. Que fue lo que le dijeron esas dos personas. R. que me van a llegar una citación para que fuera a declara y que tu lo único que tienes que decir es que tu venias a delante y que ella venia hacia atrás. Otra. Quien es la que dices que estaba detrás. . R: Yerica, ella me dijo que cuando me fuera a presentar dijera en PTJ que yo venía adelante y que ella venía atrás y yo le dije que yo no tenía que decir eso que no era así. Otra. Descríbame a esa dos personas que vio disparando. R: blanquito, altico, y el negrito era medio bajito, era el tal Cuchillo. Otra. Porque esa Yerica le dijo a Ud lo que Ud tenía que declara en la PTJ. R: no se, desconozco los motivos. Otra. Señale desde el momento que escucho los disparos, que vio o escucho en esa escena. R: el que estaba coleando era Cuchillo y el otra, el blanquito estaba disparando. R: a quien coleaba cuchillo. R: a los que estaba por allí, y después se montaron en la moto y arrancaron. Otra. Porque Yerica te dijo a ti lo que tenía que declara. R: no se, ella me dijo que tenía que declara eso, no se porque y ella esta molesta ahora conmigo. Otra. Quiere decir que elle se encontraba también en ese momento. R. si, ella estaba hablando con esos muchachos allí. Otra Cuales muchachos. R: con el Chacho y Pinki. Otra. Que hacía ella. R: yo la vía hablando con esos muchachos y cuando subí la seguí viendo con ellos allí. Acto seguido el testigo solicita la palabra y señala: Señora quiero saber si después de esto yo voy a estar tranquilo por la vía o tengo que estar escondido porque me van a matar, yo tengo que proteger a mis hijos y seguir trabajando, dígame que voy hacer. Acto seguido la Defensa solicita que se deje constancia de lo manifestado por el testigo. Es todo.



5.- ROSA AMELIA LAREZ DE BOTTINO, titular de la cédula de identidad Nº 5.870.540, de profesión y oficio Ama de casa, con este domicilio procesal, Testigo de la Fiscalía, quien previo juramento de ley expone: Bueno el día 14 de agosto mi hija y mi persona guardábamos una relación de amistad con ambos occisos pero franklin era un muchacho muy especial con nosotros, a todas estas cuando nosotros supimos de que a el lo habían tenido preso supuestamente un allanamiento en su casa como nosotros nos encontrábamos en un apuro por que mi único tenia meses en ese tiempo había nacido con el recto cerrado, estábamos en proceso de la operación en cumana de mi nieto, al regresar de haber resulto el problema del bebe mi hija y mi persona decidimos preguntar por el occiso para mandarle algo por que la opción era mandarse por que en esos centros dicen otra cosa que es una amante de ellos, ese día 14 agosto le vamos a llevar un regalito a un bebe que había nacido encontramos a la abuelita y a una hermanita de occiso en la vereda donde vive la abuelita y mi persona le pregunto a la señora que es mayor el nombre completo del hoy occiso y me dijo franklin yo le hice la sugerencia ia que yo sabia que era marcano por que los conocía a los padres de infancia íbamos al colegio y todas esas cosas, la señora me da el nombre completo del occiso nos hace la pregunta que para que es y le respondimos que para mandarle algo me entiende, entonces la señora cogio la vereda de su casa y nosotras seguimos y adelante venia la niñita que se dirigía a donde vivía el occiso y yo voy haciendo el comentario con mi hija que íbamos a comprar un envase grande para mandarles algo y ellas iban oyendo y pensábamos que ellas sabían de lo que estábamos hablado ella me dijo si el esta en la cárcel y el otro hermano, y nos fuimos, llevamos el regalito y nos fuimos al mercado donde trabajamos mi hija y yo, como a las 03:00p.m, llega mi nietito de 6 años y me hace la sugerencia que tiene el dolor de oído y fui y le compre el tratamiento en el centro y cuando regresamos que ya eran pasada las 07:00, veníamos subiendo para mi casa cuando veníamos subiendo le hago entrega al muchachito de seis años el medicamento para que su mama se lo aplicara y cuando se lo estoy entregando escucho cuando nos dicen no están ni loca siquiera me saludan y cuando volteo vimos a los dos hoy occiso, parados en una calzada con una bicicleta y nos ponemos a conversar con el, y el otro estaba calladito allí, y estábamos conversando de cosas de nosotros yo le pregunto por su niña, y yo le dije tu no estabas preso? Y el me dijo no ya tengo 15 días que salí, y le explicamos que le íbamos a mandar una comida y el nos dijo si la tienen por allí y me la quieren dar y le dijimos que no por que veníamos del centro que teníamos al niño enfermo, en ese momento que estamos conversando viene un vecino que vive por allá arriba que lo conoce mas que nosotros por que se la pasaba mas tiempo con ellos cuando nos estamos despidiendo y ellos se quedan, yo voy adelante el vecino se queda detrás de mi y mi hija se estaba despidiendo de Franklin es cuando sentimos la moto que llego pero escuchamos una detonación y buscamos donde escondernos para salvarse pues, lo vía a el cuando paso aguantándose aquí, me escondí de bajo de un carro mi hija se fue hacia un lado el vecino también se fue y se escucharon varias detonaciones, y después escuchamos el ruido de la moto que se fue, salí desesperada buscando a mi hija que tenia a un niño de 2 meses en los brazos en la búsqueda de mi hija veo al occiso que vive cerca de mi casa recostado de una pared muriéndose, bajo su mama y empezó a bajar el publico para observar y ayudar yo empecé a gritar que donde estaba mi hija, cuando la sacan de una casa y me dice mama yo estoy bien, no obstante eso vuelvo a recordar al occiso que vi y con que estaba hablando y es cuando la gente dice que allá abajo esta otro tirado, corrimos hacia allá y efectivamente era el, de allí vinieron sus familiares su mama, y en ese preciso momento no pude verla a ella y me fui para mi casa. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público Abg. Elvismay Hernández a los fines que interrogue al testigo. ¿Podría decirnos el día, lugar y hora en que sucedieron los hechos que usted narro? R.- Eso fue el 14 de agosto del año pasado, la hora era pasado más de las 07:00 de la noche, en las colinas de caracho, subiendo a mano izquierda; ¿Dónde vio usted por ultima vez a Luís Miguel Rodríguez Valdivieso? R.- esa ultima vez allí; ¿Quienes se encontraban presente en ese lugar cuando usted vio por última vez a los ciudadanos Franklin José Martínez Marcano Y Luís Miguel Rodríguez Valdivieso? R.- Bueno no se por que por allí se la pasan los niños jugando y nosotros fuimos directo donde estaba el conversando; ¿A quien se refiere usted cuando usted dice fuimos? R.- Yo iba con mi hija en ese momento; ¿podría decirnos el nombre de su hija? R.- Yerica Bottino; ¿Puede decirnos el nombre de ese vecino que llego? R.- Nosotros lo conocemos como Fernando; ¿Qué tiempo estuvo usted conversando con su hija con Franklin José Martínez Marcano Y Luís Miguel Rodríguez Valdiviezo? R.- aproximadamente como 10 minutos; ¿usted nos dice que vio llegar una moto? R.- No, Nos dio tiempo por que en realidad cuando volteamos huyo la primera detonación; ¿logro ver si en la moto había una o dos personas tripulándola? R.- Cuando volteamos que vimos que llego la moto se bajaron 2 sujetos pero no le se decir que aspecto por que no nos dio tiempo por que hubo la detonación; ¿en la Moto venia una o dos personas? R.- Cuando escuchamos el ruido de la detonación vimos a 2 personas que se bajaron de la moto pero en ese momento lo que hicimos fue correr; ¿Conoce usted o reconoció a las personas que iban tripulando la moto? R.- No dio tiempo a nada doctora; ¿Qué hicieron esas personas que iban en esa moto? R.- No se yo escuchaba detonaciones nada mas por que me escondí debajo del carro; ¿Usted en su exposición habla de un occiso a quien se refiere? R.- a dos Occiso hable mas detalladamente de Franklin por que fue con quien nosotros tuvimos la conversación y el saludo en ese momento; ¿es decir ese es el occiso que usted menciono que vivía cerca de su casa? R.- No; ¿entonces a quien se refiere usted cuando dice que es el occiso que vivía cerca de su casa? R.- Bueno Luís Miguel es el otro occiso y es el que vivía cerca de la casa, pero la conversación fue con el hijo de la señora fue con Franklin pues; ¿es decir que el primer occiso que usted vio fue a Luís Miguel? R.- Al del barrio a Luís Miguel; ¿Cómo vio usted a Luís Miguel? R.- Cuando Salí a buscar a mi hija lo vi pegado de una pared cerca de donde estaba sentado, lo encontramos allí tirado entonces corrimos a ayudarlo, y es cuando como loca empecé a buscar a mi hija y es cuando me la sacan de una casa; ¿Esa casa que usted menciona de donde sacan a Yerica de quien es? R.- Una persona llamada Elizabeth que ya murió; ¿solo esa persona vivía allí? R. también su esposo y su hoja que son lo que me ayudaron con mi hija; ¿a que distancia queda esa casa de donde estaba Luís Miguel? R.- la casa queda diagonal con la esquina; ¿Cómo a dos casas aproximadamente? R.- es una casa diagonal de allí es de donde la trajeron; ¿Podría decir que hablaba usted en ese momento con Franklin antes de llegar la moto? R.- llegamos a saludarlo a contarnos cosas de nosotros mismos, el nos dijo que su abuelita le había dicho que habíamos preguntado por el y nos pregunto para que y le dijimos que era para mandarle una comida, le preguntamos por la niña de el y nos dijo que tenia a otra muchacha embarazada y le empezó hacer cariño al bebe de mi hija y esa fue toda la conversación que teníamos allí; ¿Qué tipo de delación tenia usted y su hija con Franklin? R.- Amistosa; ¿Cuántas detonaciones escucho usted allí señora? R.- bueno más o menos lo que recuerdo fue 7 u 8 detonaciones mas o menos fue grande la cosa; ¿Qué hicieron esas personas que tripularon la moto luego de disparar? R.- No le se decir doctora por que con la primera detonación me metí debajo de un carro y lo que escuchaba eran las detonaciones nada mas; ¿llego usted a oír la moto esa que había llegado a retirarse del lugar? R:- al final cuando se acabaron las detonaciones me imagino que fue ella la que se escucho irse; ¿Además de su persona quien mas le presto ayuda a Luís Miguel? R.- estaba también una vecina de nombre Johanna de Malave y bajo su mama que lo ayudo también; ¿Qué tiempo transcurrió desde el momento que pasaron las detonaciones y le prestaron ayuda a Luís Miguel? R.- de verdad no recuerdo salio la vecina y su mama bajo también y esas cosas; ¿A quien se refiere usted cuando dice que estaba ese otro occiso mas abajo? R.- Me refiero a Franklin por que la gente viene con el comentario que allá abajo esta otro, no voy a decir publico, cuando nos dirigimos a la placita que queda mucho mas abajo encontramos a franklin que fue el que cayo allí; ¿Quién estaba allí con Franklin? R.-.- estaba la gente allí viendo estaba su papa que fue el primero que llego; ¿Conoce usted a Yilver Larez? R.- Bueno de vista si por que yo me la paso por el mercado por que trabajo por allí de vista si simplemente; ¿sabe donde vive Yilver? R.- Ahorita en este proceso me estoy enterando que vive en 22 de agosto; ¿llego usted a oír a alguien quien fue el autor de la muerte de Franklin José Martínez Marcano Y Luís Miguel Rodríguez Valdiviezo? R:- bueno de comentarios así de que la gente dice que fue fulano y aquel, pero no tengo prueba con que responderle una pregunta concreta; ¿Qué tipo de comentario escucho usted? R.- Para ese momento se tenia muchas hipótesis de que era por que el estaba incurso supuestamente con un muerto, ¿a quien se refiere con el? R.- Franklin. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz a los fines que interrogue al testigo: ¿Usted en su exposición en esta sala inicialmente sostuvo una entrevista con los ciudadanos hoy occiso Luís Miguel y Franklin Martínez dígale a este Tribunal si es cierto o falso? R:- Converse con uno solo; ¿estaban los dos? R.- Si; ¿Qué hora mas o menos fue que transcurrió esa entrevista? R.- eran las 07:00 pasada no solo las siete eran las siete y algo; ¿Qué tiempo transcurrió esa conversación? R.- No mas de 10 minutos; ¿en esos 10 minutos que paso? R.- Conversamos cosas de nosotros preguntamos por su niña el por el niño y que el nos pregunto que era lo que nosotros le íbamos a mandar y nosotros le dijimos que era una comida; ¿después de esa conversa que paso? R.- Yo me despedí por que iba hacer mi comida y el se queda conversando con mi hija que también se esta despidiendo y es cuando sentimos el ruido de la moto y la detonación; ¿Dónde se encontraba usted cuando siente el ruido de la moto y la detonación? R.- Cuando voy caminando y volteo fue cuando detonaron; ¿Usted siente la moto y la detonación venia de espalda o venia de enfrente? R.- iba de espalda hacia el occiso y cuando volteo fue que sonó el disparo; ¿Cuándo usted logra voltear ve a la persona que hace el disparo? R.- en ese momento se bajaron los individuos de la moto y nosotros corrimos yo me metí debajo del carro mi hija también corrió junto con el vecino; ¿usted logro ver a la persona que hace el disparo? R.- No; ¿usted logro ver las características de la moto? R.- No señor; ¿usted hizo referencia a un vecino dijo que el nombre del vecino era Fernando usted hablo con el señor Fernando en ese momento? R.- No señor; ¿usted lo vio? R.- Si por que estuvo saludando al Occiso Franklin; ¿Cuándo suenan la primera detonación usted vio al señor Fernando retirarse o quedarse en el lugar? R.- No a quien vi corriendo fue a Franklin después de la detonación; ¿Vio si el señor Fernando aun permanecía en el sitio donde sonó el primer disparo? R.- en ese momento no se señor por que en ese momento lo que hice fue ver al occiso muerto y me escondí; ¿Usted conoce al Señor Fernando? R.- Si; ¿Quién es familia el señor Fernando cerca de donde sonó el primer disparo? R.- o el vive mas arriba en un ranchito el vive mas arriba que yo; ¿Usted después de los hechos hablo con el señor Fernando? R.- Únicamente cuando la cita cuando en PTJ me preguntaron donde vivía el y era para llevarle una cita y allí fue que yo le hable; ¿Usted hablo que escucho varias detonaciones le pregunto tiene conocimiento después de quien hizo esas detonaciones? R.- No solo escuche las detonaciones; ¿Solo escucho no vio? R.- Solo Escuche. Es todo. Seguidamente toma la palabra la Juez e interroga a la Testigo: ¿a quien se refiere usted cuando habla de la abuelita que se encontraron? R.- A la abuelita de Franklin mama de la señora (se deja constancia que señalo a la mama de la victima Franklin) ¿usted tenia una amistad con Franklin? R.-. Si mi hija yo siempre teníamos amistad con Franklin, con el vecinito también pero como tenia menos tiempo por allí no era tanta la amistad pero también era bueno; ¿Qué tiempo usted tenia conociendo a Franklin? R.- Desde niño por que su mama estudio conmigo y yo lo vi crecer desde siempre; ¿Si usted desde pequeño conoce a una persona por que tuvo que ir a la casa de la abuela a preguntar el nombre completo de esa persona? R.- Me encontré a la señora por la vereda y es que le pregunte, y es que lo que pasa es que nosotros lo conocimos como Chacho, es por eso esas son las circunstancia; ¿Qué regalo era el que usted le quería mandar a esa persona? R.- era una comida pero quería el nombre completo de la persona para no preguntar por apodos, por los buenos gestos que el era con nosotros; ¿Usted en que momento volteo antes de escuchar el disparo o después de escuchar el disparo? R.- Cuando escuche la detonación fue que voltee, y con todo eso hubieron de 7 a 8 detonaciones mas; ¿Qué vio después de que usted volteo al momento de escuchar el disparo? R.- Se bajaron dos sujetos y veo a franklin cuando corre y con la misma me meto debajo del carro, y se que es el occiso por que tenia una shemise blanca, nunca lo voy a olvidar, desde abajo del carro escuchaba las detonaciones; ¿Usted vio a los sujetos dos sujetos que se bajaron de la moto? R.- Los vi cuando se bajaron pero no pude describirlas; ¿Cómo sabe usted que fueron dos personas que se bajaron de la moto? R.- Por que las vi en ese momento pero me metí debajo del carro por que siguieron detonando, se bajaron unas personas allí pero no se como decirle si era el perro el gato o eran unas personas por que de verdad no se como decirle; ¿a que distancia estaba el carro donde usted se escondió cuando los hechos? R.- Como a tres metros de allí corrí y me metí debajo del carro; ¿A que distancia queda la casa de la señora que usted nombra Elizabeth del lugar de los hechos? R.- hay como sus tres metros por que es diagonal, yo iba vía para mi casa; ¿Cuándo usted se escondió debajo del carro usted iba sola? R.- Si por que el niño agarro antes que yo para la casa por que ya le había dado sus medicamentos, mi hija que tenia a su hijo de 2 meses sale corriendo y yo sola me metí debajo del carro; ¿es corrector que una persona en un momento de riesgo solo se proteja el mismo y no recuerde proteger a sus familiares? R.- Docta las reacciones son al momento, si yo hubiese visto a mi nietito lo hubiese agarrado pero en ese momento esa fue mi reacción. Es todo.


6.- ELVIS JULIO MARTINEZ GARCÍA, titula de la cédula de identidad Nº 21.539.255, de profesión y oficio Desempleado, con este domicilio procesal, Testigo de la Fiscalía, quien previo juramento de ley expone: Bueno en ese día yo estuve montando guardia normal hasta las 04:00 de la tarde le entregue la guardia aun compañero de nombre Wilmal Viña, de allí me retire a la casa de allí como a los 3 o 4 días llegaron unos PTJ buscando a Wilman donde lo acusaron a el por homicidio se lo llevaron preso y me agarraron a mi como testigo con otro compañero de trabajo que se llamaba Orlando Mata de allí le explique a la Fiscalía la situación del caso normal y el estuvo un tiempo preso y le explicamos al fiscal la situación normal que le entregamos la guardia a las 04:00 p.m., donde en la fiscalía le explicamos que allí nos dejan encerrado bajo llave en el trabajo, que no tenemos acceso ni a galpón ni al patio, di mi declaración tranquilo de allí me retire hasta que me citaron aquí. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público Abg. Elvismay Hernández a los fines que interrogue al testigo. ¿Qué día fue ese día que usted dice que entrego guardia? R.- Eso fue un miércoles no recuerdo que día, yo me imagino que ustedes le entregaron el libro de novedad; ¿el mes tampoco lo recuerda ni el año? R.- No; ¿Qué oíste tu al respecto por que buscaban a Wuilmal? R.- El comentario que yo escuche fue después cuando me llevaron la boleta como testigo yo le explique al Fiscal que yo le había entregado la guardia como a las 04:00 de la tarde a mi compañero por que antes se hacia guardia de 07:00 a 04:00 trabajábamos; ¿Qué tipo de comentario escucho usted cuando la PTJ lo fue buscando? R.- que lo habían acusado de homicidio, yo como testigo a el le entregaron un libro de novedad donde recibió a su hora; ¿Dónde vive usted? R.-En coco Lirio; ¿usted conoce al Ciudadano Wuilmal Viña? R.- el fue mi compañero de trabajo; ¿llegaste a tener una relación de amistad con el? R.- Solamente de trabajo; ¿el llego en algún momento a comentarte algo sobre un problema que tenia con un muchacho llamado Chacho? R.- No, nada mas de trabajo solo cosas de trabajo nada más. Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz a los fines que interrogue al testigo: ¿El conocimiento que tienes tu de Filmar Viña es que estaba involucrado en un tipo de homicidio? R.- No tengo idea por que a el solo lo trataba en el trabajo; ¿Por qué lo cita PTJ a el? R.- Cuando a el lo cita PTJ yo me quede sorprendido por que lo citan en el sitio de trabajo, nosotros estuvimos hablando un rato que ese día iban hacer un operativo para el personal que iban a vender comida, y ahí normal, después fue cuando me llego la citación de la PTJ, donde yo me entero que lo culparon de Homicidio. Es todo. Seguidamente toma la palabra la Juez e interroga a la Testigo: ¿Qué tiempo tenia trabajando en esa institución? R.- Un año y tres meses yo comencé en marzo el 15; ¿y cuanto fue el tiempo que tenía conociendo a Wilmer Viña? R:- El estuvo dos o tres meses trabajando allí; ¿entonces solo lo conocía 2 meses? R.- pero el trabajaba de noche un día si y un día no, nosotros los diurnos trabajábamos de lunes a sábado, y los nocturnos de lunes a domingo pero trabajaban dos uno si y uno no; ¿es decir que este Ciudadano trabajaba en la noche? R.- Si, ese día cuando lo culparon del asesinato a el ese día trabajo el estaba de guardia y al otro día lo citaron; ¿Dígame la fecha de ese día que el estaba trabajando? R.- Eso fue el miércoles, pero no recuerdo ni el mes ni el día, en el libro de novedad esta la copa pegada; ¿y como usted sabe cual fue ese día que el estaba trabajando así no recuerda ni el día ni el mes? R:- Por que en el libro de novedad sale cuando yo le entregue la guardia a el y fue cuando sucedió el hecho, fue un día miércoles y esta una copia que dio la abogada que yo le entregue la guardia; ¿usted tenia conocimiento si a esa persona se le llamara por algún apodo? R.- No solo lo conocía en lo laboral. Es todo.

7.- DIONIRA MARÍA RAMOS SALAS, titula de la cédula de identidad Nº 11.437.661, de profesión y oficio Obrera, con este domicilio procesal, Testigo de la Defensa, quien previo juramento de ley expone: Me hacen esta llamada aquí por que el día que sucedió el caso que acusaron el hijo mío yo fui a San Martín como a eso de las 11:00 u 11:30 estuve allí como hasta las 02:00 p.m., de allí subí donde la hija mía tres cuadras mas arriba, estaba allí llego el hijo mío a eso de las Tres de la tarde estuvo conversando conmigo por que el día siguiente tenia que viajar a caracas a un evento que tenia, después de allí el se fue a una parte de atrás de la casa que tenia que buscar al papa donde la hermana, después de eso paso nuevamente donde yo estaba como a eso de las 04:00 a 04:30, me dijo mama yo voy a bajar, que la mía me estaba pintando el pelo como a eso de las 06:00 paso por donde mi mama nuevamente, le pregunte a mi mama que donde estaba Yilver me dijo que estaba en la casa de los padres del muchacho con quien el trabaja el señor Federico Marcano y la Señora Luisa González, estuve allí y a las 07:00 decido irme para Playa grande, cuando salgo de allí el se paro en la puerta y me dijo me voy, ya era como las 07:00 o 07:20 de la noche pasada las 07:00 de la noche, yo me fui, el mismo día que se cayo el puente, yo me quede por allá una semana después como de una semana es que me llama la hija mía que estaban buscando a Yilver por aquí y le dije quien me dijo la PTJ, y me dijo no se el no estaba por que estaba en Casanay trabajando, a la hija mía fue a la que atropellaron y al marido que estaba allí, como el trabaja para Barquisimeto y habían vendido la cebolla estaban ese día en Casanay vendiendo la cebolla para eso, yo llegue y lo llame y el me dijo que estaba en Casanay y yo le dije vengase por que la PTJ lo anda buscando el me dice mami por que, yo le dije no se, el muchacho con que el trabaja lo trajo de Casanay hasta San Martín para bañarse para irlo a presentar, a lo llevamos a la PTJ lo presentamos, de allí el le echaron golpes lo pasaron a la policía al día siguiente me lo trajeron hasta acá la Dra. Siolis le dio la libertad, y aquí estaban dos PTJ y lo agarraron nuevamente y yo le pregunte por que y me dijeron que por averiguaciones de fiscalía, y desde ese entonces el esta preso, y suspenden. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz a los fines que interrogue al testigo: ¿Usted cree en Dios? R.- Creo en Dios; ¿el ciudadano que esta sentado allí es su hijo (se deja constancia que el defensor señalo al Imputado Yilver Larez)? R.- Si; ¿usted le ha enseñado buenos principios cristianos a su hijo? R.- Bueno el creció y e fue a trabajar con su papa, yo vivo ahorita en playa grande el vive ahorita donde su papa por que allí cerca trabajaba la gente; ¿Usted le dio educación a su hijo? R.- Si; ¿hasta que grado llego el? R.- el estaba estudiando y llego hasta quinto grado, de allí no siguió estudiando por que el tenia un problema también que le habían dado un golpe; ¿los hechos que usted narro ocurrieron cuando? R.- la verdad la fecha no la recuerdo; ¿usted estuvo con el desde que hora hasta que hora? R.- el llego donde yo estaba a las 03:00 de la tarde hasta las 04:30 o 05:00 de allí se fue a casa de su abuela, ¿Dónde vive la abuela? R.- en San Martín en 22 de agosto; ¿Cómo usted considera a su hijo en este hecho? R.- El no es culpable de nada de eso, por que cuando yo Salí de San Martín pasada las 07:00 de la noche el estaba en casa de los papa de los muchachos con quien el trabaja el señor Federico y la señora Luisa; ¿Puede decir el nombre completo del señor Federico? R.- Federico Marcano; ¿y la señora como se llama? R.- Luisa González; ¿Dónde viven ellos? R.- en San Martín 22 de agosto; ¿sabe el Numero? R.- No; ¿el señor Federico puede dar fe que Yilver estaba esa noche en la casa? R.- el quería venir para acá pro le dio un ACV, y la señora Luisa esta en caracas con tumor en la cabeza. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público Abg. Elvismay Hernández a los fines que interrogue al testigo. ¿Me puede decir el día exacto que usted dice que su hijo se encontraba en la casa de los padres con quien el trabajaba? R.- No recuerdo el día, yo todo eso lo tenia anotado en un teléfono pero el teléfono lo extravié; ¿y el año? R.- el año pasado 2012; ¿a que hora de ese día que usted no recuerda vio a Yilver? R.- Pasada las siete de 07:00 a 07:20 de la noche estaba oscuro ya; ¿a que hora usted llamo a su mama? R.- No la llame baje de donde la hija mía a casa de mi mama; ¿Qué le manifestó su mama? R.- Yilver acaba de bajar de casa de la hija mía a donde esta el y fue a donde el muchacho que el trabaja a ver si van a trabajar mañana y a que hora van a trabajar; ¿recuerda usted a que hora fue eso? R.- Como a las 06:00 de la tarde; ¿sea que usted se fue desde las 06:30? R.- baje donde la hija mía pase nuevamente por donde mi mama, como a las 06:00 de la tarde le dije que al otro día iba para caracas; ¿a que hora salio usted de allí? R.- Le vuelvo y repito de 07:00 a 07:20 de la noche; ¿Cuándo usted sale de la casa de su mama hacia donde se dirigió? R.- nos devolvimos a Playa Grande; ¿después de allí a que hora se comunico con su hijo? R.- al otro día yo me fui para caracas; ¿después de allí no lo vio más? R.- no yo me fui para caracas yo solita. Es todo. Seguidamente toma la palabra la Juez e interroga a la Testigo: ¿Dónde vive su mama? R.- San Martín barrió 22 de agosto; ¿Dónde vive el señor Federico? R.- A 4 casas de donde mi mama; ¿Cuándo se entera usted que están buscando a Yilver? R.- No recuerdo ahorita la fecha, yo tenia todo eso en un teléfono y ese teléfono se me extravió a mi; ¿Cómo usted me puede asegurar que para el momento que ocurrieron los hechos el esta acusado el se encontraba en casa a la casa del señor Federico averiguando si van a trabajar si usted no recuerda la fecha? R.- No recuerdo la fecha pero la hora si que era como le digo de 07:00 a 07:20 y era en la casa del señor Federico y la Señora Luisa González; ¿Dónde vive su hija? R.- en San Martín a tres cuadras de donde vive mi mama. Es todo.

8.- Ciudadana FLORVIDÍA MARCANO GONZÁLEZ, titula de la cédula de identidad Nº 10.877.514, de profesión y oficio Peluquera, con este domicilio procesal, Testigo de la Defensa, quien previo juramento de ley expone: Este muchacho Yilver el se encontraba en la casa de mis padres cuando llego la noticia de que habían matado a este Otro muchacho y el estaba desde las 05:30, hablando con mis padres y conmigo, cuando llego la noticia que habían matado a este otro muchacho, pero el estaba esperando que llegara mi hermano por que el trabajaba con mi hermano en el mercado cuando ve la noticia que mataron a este muchacho nosotros le dijimos que se fuera para su casa por que las cosas no estaban muy bien, entonces no entiendo como estaban culpando a un muchacho inocente de la muerte de este chamo. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, Abg. Jesús Mayz a los fines que interrogue al testigo: ¿Cómo le consta a usted que Yilver se encontraba en su casa? R.- por que estaba con mis padres y conmigo; ¿Cómo se llama su papa? R.- Antonio Federico Marcano; ¿y su mama? R.- Luisa Marcano; ¿Puede decir la dirección de sus padres? R.- San Martín 22 de agosto calle el almendrón; ¿desde que hora se encontraba Yilver en la casa de sus padres? R.- desde las 05:30 de la tarde; ¿a que hora llegaron sus hermanos? R.- Mi hermano llego a las 08:00 de la noche; ¿Cómo se llama su hermano? R.- Wilmer Marcano; ¿vive en la misma dirección? R.- Si; ¿Yilver hablo con su hermano? R.- Al momento no hablo cuando llego la noticia de que habían matado a este muchacho; ¿Quién dio la noticia? R.- paso un muchacho por la calle y lo grito; ¿usted escucho? R.- Cuando el muchacho lo paso diciendo por la calle por que nosotras estábamos sentadas en el porche de la casa; ¿Quién mas estaba sentado con usted en el porche de la casa? R.- Mis padres y yo; ¿y Yilver? R.- y Yilver los tres mis padre yo y Yilver; ¿Tu hermano donde estaba? R.- mi hermano había salido como el es cristiano estaba en la iglesia; ¿tu hermano vio a Yilver en tu casa? R.- No; ¿después de que ustedes se enteran de la noticia que hace Yilver? R.- el se queda sentado en mi casa y nosotros mis padres y yo le dijimos que se fuera acostar por que las cosas no estaban muy bien, que cuando mi hermano llegara nosotros le decíamos que el lo estuvo esperando para ver a que hora se iban para el mercado; ¿Podríamos concluir de que Yilver fue a tu casa? En este estado la Fiscal objeta la pregunta la cual fue declarada con lugar por parte de la Juez lo que lo ordeno a reformular la pregunta; ¿Podríamos Concluir que Yilver se encontraba en su casa esperando una información de trabajo? R.- Si. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público Abg. Elvismay Hernández a los fines que interrogue al testigo. ¿a que se dedica usted? R.- a la peluquería yo soy peluquera; ¿Dónde trabaja usted? R.- en mi casa que esta ubicada en 22 de agosto San Martín; ¿Qué día fue ese día que dice usted que Yilver Larez se encontraba en su casa? R.- No recuerdo ese día que día era, pero si que el estaba en mi casa cuando ocurrió ese hecho; ¿desde que hora estaba Yilver en su casa? R.- desde las 05:30 de la tarde; ¿a que hora se retiro Yilver de su casa? R.- Como a las 08:00 mas o menos; ¿le llego a decir usted Yilver a donde se dirigía ese día? R.- cuando estaba en mi casa el llego a decirle a mi hermano para ver a que hora se iban para el mercado; ¿a que hora llego su hermano y nos podría decir el nombre de el? R.- el se llama Wuilmer Marcano y el llego al ratico de Yilver irse mi hermano llego; ¿Es decir que Yilver no hablo con su hermano ese día? R.- No a esa hora no hablo con el, mi hermano le mando a decir a que hora se iban para el mercado; ¿con quien le mando a decir eso su hermano a Yilver? R.- Conmigo; ¿Cómo se comunico su hermano con usted? R.- mi hermano llego a mi casa al poquito de Yilver irse a eso de las 08:00 u 08:10 y me dijo que le dijera a que hora se iba a ir para el mercado que el lo estuvo esperando en la casa; ¿entonces como se comunicó usted con Yilver? R.- por que Yilver vive cerca de mi casa; ¿cerca de su casa es decir en el barrio 22 de agosto? R.- Si; ¿a que hora l aviso usted a Yilver? R.- a las 08:30 fui a su casa y le avise; ¿esa hora que esta hablando es de la mañana o la noche? R.- de la Noche; ¿Cuándo usted llega a la casa de Yilver quien se encontraba allí? R.- Su abuela y una señora que vive allí; ¿Cómo se llama la abuela de Yilver? R.- la abuela se llama Maria Ramos; ¿Qué tipo de vinculo tiene usted con Yilver Larez? R.- Desde pequeño lo conozco el siempre ha estado en la casa el es un muchacho tranquilo no entiendo por que lo están acusando de esto; ¿de que muerte culpan a Yilver? R.- de la muerte de un muchacho que lo oído mencionar como Chacho; ¿Cuándo usted llega avisarle a Yilver de lo que su hermano le encomienda Yilver se encontraba allí? R.- Si; ¿usted podría decirnos como estaba vestido Yilver ese día? R.- No recuerdo; ¿Por qué usted afirma que ese mismo día fue el día en que le dieron muerte al muchacho que usted menciona como el Chacho? R.- Lo afirmo porque el estaba en mi casa, como ya lo dije con mis padres y conmigo; ¿hasta que hora usted trabaja como peluquera? R.- como hasta las 09:00 o 10:00 de la noche hasta que me llegue cliente; ¿ese día te llegaron clientes? R.- Si temprano; ¿Cuándo dice temprano a que hora se refiere? R.- Me refieran desde la mañana hasta las 02:00pm; ¿Usted dice que llego la noticia a que se refiere cuando dice que llego la noticia y quien llevo esa noticia? R.- Esa noticia llego como a las 07:30 de la noche paso un muchacho por la calle diciendo que habían matado a un tal Chacho y otro muchacho que no se quienes eran; ¿Podría decirnos como se llama ese muchacho? R.- no lo conozco paso por la calle pero no lo conozco; ¿a que hora sale Yilver de su casa? R.- Yilver sale de la casa a las 08:00 de la noche, mi padre y yo le dijimos vete para tu casa que las cosas no estaban muy buena; es todo. Seguidamente toma la palabra la Juez e interroga a la Testigo: ¿a que se refiere usted con la frase las cosas no están bien? R.- Por que yo le digo que se vaya para su casa por que no vaya a ser que la agarren con gente inocente; ¿a que se refiere usted con que lo agarren con gente inocente? R.- Me refiero a que puedan venir y agarrarla con cualquier muchacho inocente en la calle; ¿Cuándo usted se entera que lo culpan d la muerte de Chacho? R.- Me entero el otro día, cuando llega la noticia a la casa de los PTJ lo tuvieron buscando en su casa; ¿Quién le dijo esa noticia? R.- los rumores que corrieron, después me entero que sus padres lo llevaron a presentar inocentemente; ¿al día siguiente que usted se entera que están buscando a Yilver a que se debe ese temor? R.- de que lo están buscando a el lo buscan por que lo culpan de la muerte de este Muchacho; ¿a que hora fue que usted salio de su casa esa noche? R.- a las 08:30 p.m.; ¿y su hermano llego? R.- a las 08:00 al ratico de Yilver irse llego mi hermano; ¿sabe donde ocurrieron los hechos? R.- No los he oído mencionar pero no se donde ocurrieron; ¿si usted no sabe donde ocurrió los hechos como puede presumir que gente que vive en ese sector gente inocente la puedan agarrar con ellos? R.- por que siempre pagan gente inocente; ¿Por qué a usted la hacia presumir que esa gente inocente sea precisamente la del sector por donde usted vive si usted no sabe donde ocurrió los hechos? R.- Por que siempre pagan gente inocente que no tienen nada que ver con ese crimen como involucraron a este muchacho en este crimen si vive tan lejos, que no tiene nada que ver con este crimen; ¿tan lejos de que? R.- tan lejos de la parte donde dicen que sucedió ese crimen; ¿y donde sucedió ese crimen? R.- Escuche en una parte que llaman las colinas. Es todo.

9.- ARMANDO JOSÉ MATA SALINAS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.841.969, domiciliado en San Martin y expone: “El señor yo no lo conozco, no tengo que declarar en contra de él y nada, es todo lo que puedo decir del señor, a mi citaron a declarar por el señor Wiman José Viña, que ese día me encontraba trabajando en el Mercal de San Martín y le entregue la guardia a las 4 de la tarde y el jefe lo deja encerrado allí bajo llave con la llave de seguridad y al día siguiente nosotros le recibimos la guardia a las 07 de la mañana, eso consta en un libro de novedades del centro de acopio de San Martín, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿A que se dedica? R: “Ahorita, salgo a vender pan, cuando trabajaba en el centro de acopio de San Martín era seguridad preventiva, es todo.” P: ¿Usted acaba de narra esos hechos que acaba de narrar? R: “Creo que fue un martes, no recuerdo el mes y el día, es todo.” P: ¿Cuántos vigilantes trabajan en El Mercal de San Martín? R: “Somos cinco en total, dos en la noche y tres en el día, ese día estábamos dos porque uno se encontraba de permiso, es todo.” P: ¿Hasta que año laboró? R: “Labore como un año, que labore hasta el 24 de abril de 2013, es todo.” P: ¿Cuánto tiempo duro en ese trabajo? R: “11 y pico de meses, es todo.” P: ¿Conoce a Wilman Viña? R: “No, a él lo conocí trabajando en el mercal, es todo.” P: ¿Llegó a conocer o mencionar un ciudadano llamado Franklin Martínez apodado Chacho? R: “No, es todo.” P: ¿Por qué acude a declarar por ante el Ministerio Público y por aquí? R: “El jefe nos dijo que viniéramos a declarar porque el es compañero de nosotros y ese día en verdad nosotros le entregamos la guardia a él, es todo.” P: ¿Qué fecha fue ese día? R: “No lo recuerdo, es todo.” P: ¿A quien le entrego la guardia? R: “A Wilman José Viña, yo y mi compañero Ervis Martínez, es todo.” P: ¿Recuerda el año? R: “No lo recuerdo, pero creo que fue el año pasado, si eso fue el año pasado, es todo.” P: ¿Conocía a Wimal Viña de trato y comunicación? R: “No solo allí en el trabajo, lo conocí como compañero de trabajo, normal puro trabajo, es todo.” P: ¿Llego a conversar con Wilman Viña? R: “puro trabajo, es todo.” P: ¿Cómo se entera que se encontraba involucrado en un doble homicidio? R: “porque estábamos trabajando y lo pasaron buscando la policía, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Público quien manifiesta que no va a realizar preguntas al testigo. En este estado interroga la Juez de la siguiente manera: P: ¿Cuánto tiempo tenia en el trabajo? R: “11 meses, es todo.” P: ¿Conocía alguien más de ese trabajo? R: “No solo laboral, es todo.”

10.- WILMAN DEL JESÚS MARCANO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.289.250, domiciliado en San Martín, 29 de Agosto, y expone: “Yo primeramente soy cristiano porque yo se que él no hizo eso, todas las madrugas vamos al mercado, porque ese es mi trabajo, ese día fue a la iglesia a la casa de mis padres porque siempre voy a la iglesia el me espera en la casa de mis papas y el me espera allá y yo llame a mi hermana ese día porque llegue tarde de la iglesia y ella me dijo que él estuvo esperándome en la puerta con mi papa, y cuando sucedió lo que sucedió de un muerto él estaba sentado en la puerta de la casa con mi papa, mi mama y mi hermana, cuando regrese de la iglesia, llame a la casa y mi hermana me dijo que me estuvo esperando en la puerta de la casa y yo llame y le dije que a tal hora nos vamos para el mercado, y al ahora que yo siempre le mando a decir nos fuimos al mercado porque mi hermana fue le aviso y él me espero y fuimos al mercado, yo conozco a ese muchacho porque trabaja conmigo y yo se quien es, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Qué vínculo tiene con Yilbert Larez? R: “Trabaja conmigo, conmigo no trabaja persona mala, porque pongo en riesgo mi vida, es todo.” P: ¿Podría decirnos cual es su dirección de habitación? R: “Calle Principal de San Martín, casa sin numero, 29 de agosto, es todo.” P: ¿Conoce a Franklin Martínez de apodo Chacho? R: “Yo lo llegue a escuchar, se que supuestamente vivía del otro lado como a dos a tres calles, es todo.” P: ¿Podría decir la fecha y el lugar? R: “Mi hermana me dice que estuvo como de 5:15 a 5:30, frente de la casa de mi papa, el día no me acuerdo, se porque cuando sucedieron las cosas, mi hermana lo mando a acostar porque él le hace mucho caso a mi hermana, es todo.” P: ¿A que hora fue que su hermana lo mando a acostar? R: “Como a eso a 5:15 a 5:30 le dijo que se fuera a acostara y como a las 08:30 mi hermana le fue a avisar la hora que íbamos para el mercado, por él no vive muy lejos de la casa, es todo.” P: ¿Qué tiempo tenia él laborando para usted? R: “Casi un año, es todo.” P: ¿A que hora se entera de Yilbert lo estaba esperando? R: “Como a alas 08:15 que llego a mi casa y de allí llamo a casa de mi papa y mi hermanan me atiende y me dice eso, es todo.” P: ¿Usted fue ese día a la casa de sus padres? R: “No, es todo.” P: ¿Cómo se entera del doble homicidio donde hasta ahora se encuentra Yilbert Larez? R: “Al otro día en la mañana, que él estaba trabajando, porque mi hermana me lo dijo y mi papa, porque ellos también son cristianos y lo que ellos me digan también yo se los creo, es todo.” P: ¿Cómo se llama su hermana? R: “Flor Marcano, es todo.” P: ¿Yilbert vive cerca de su casa? R: “Si, es cerca, pero yo voy en moto porque yo soy flojo para caminar, es todo.” P: ¿Cómo le consta que Yilbert no esta involucrado? R: “Yo conozco a ese muchacho, y yo le creo a mi hermana lo que me dijo, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Qué religión profesa? R: “Soy adventista del séptimo día, es todo.” P: ¿Qué tiempo tiene? R: “casi 7 años, es todo.” P: ¿Usted seria capaz de mentir a este tribunal a los fines de demostrar la inocencia de ese muchacho? R: “No le voy a agradecer a la palabra del hombre antes que a la palabra de dios, porque es mejor obedecerle a dios que al hombre, porque la palabra de dios dice que hay de aquel que levante un falso testimonio en contra de otro porque algún día vamos a estar frente a un juez en un tribunal como este, ante un juez justo, es todo.” P: ¿Su hermana milita en la misma religión? R: “No, mi hermana no, pero mi papa y mama si, es todo.” P: ¿En el transcurso de aproximadamente 7 de la noche y 8:30 de la noche, por informaciones aportadas por su hermana, le consta que Yilbert estaba en su casa? R: “Porque tendrían ellos que mentirme, Yilbert se encontraba en la casa de mi papa, es todo.” P: ¿? R: “es todo.” En este estado interroga la Juez de la siguiente manera: P: ¿El sitio donde estaban eso donde queda? R: “En el frente en una escalera, es todo.” P: ¿Cuándo usted llama Yilbert se encontraba en su casa? R: “No, él ya se había ido, es todo.”P: ¿Por qué su hermana lo manda a acostar? R: “Por que cada vez que pasa algo por allí siempre pasa la policía buscando a todo el que se encuentra por allí, al que consigan sentado se lo llevan, es todo.” P: ¿Cuándo se entera? R: “Al otro día, es todo.” P: ¿Qué le dijo su hermana específicamente? R: “Él te estuvo esperando aquí y yo lo mande a acostar, y yole dije que le avisara ala hora que íbamos a trabajar, es todo.” P: ¿Para el momento que su hermana le dice que se vaya, su hermanan estaba enterada del problema? R: “Eso no se, es todo.” P: ¿Quién le comenta? R: “En el mercado llegan muchas conversaciones, y uno se acerca a escuchar, es todo.” P: ¿Ese día estaba Yilbert con usted? R: “Si, es todo.” P: ¿Yilbert le hizo comentarios de los hechos de la noche? R: “No, es todo.”

FUNCIONARIOS:

1.- MICHAEL RODRÍGUEZ, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Estatal Guarico, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.693.802, y expone con respecto al levantamiento de los cadáveres: “el 14-08-2012, el oficial de guardia hizo una llamada del Cuaracho, San Martín se encontraba una persona sin signos vitales, me dirijo con los funcionarios Cristian González, al llegar el sitio estaba un cuerpo sin vida de un ciudadano en cubito ventral, hicieron la experticia correspondiente en el sitio lográndose colectar dos segmentos metálicos, dos proyectiles, posteriormente se hizo el levantamiento del cadáver trasladándolo a la morgue del hospital general de esta ciudad una vez en la morgue tuvimos conocimiento que había otro muerto procedente de ese mismo sitio que había ingresado al hospital momentos poco después, se le realizo inspección técnica a los dos cadáveres, colectando en uno de ellos la franelilla que vestía, el otro que había ingresado al hospital estaba desprovisto de vestimenta, culminado todo esto retornamos al despacho. Con respecto al allanamiento, el día 23-08-2012, nos dirigimos hasta el sector Yanomani 22 de agosto, realizamos una allanamiento a una vivienda tipo rancho con paredes y techo de lamina de zinc y el suelo de tierra, al entrar hicimos la referida inspección dentro de la residencia logrando colectar un teléfono celular, después de realizar las diligencias nos dirigimos al despacho con la propietaria del inmueble, luego en el despacho tuve conocimiento por parte del funcionario Robert Vásquez, que la propietaria entrego otro teléfono celular, posteriormente le hice un reconocimiento a los dos teléfonos quedando plasmado sus características y estado de los mismos. Es todo”. Seguidamente la Fiscal Del Ministerio Público, solicito copia de todas las actas de la presente causa, y que se deje constancia de las preguntas y respuestas realizadas, procedió a realizar las siguientes preguntas: ¿en calidad de que actuaste en esta investigación? R: de técnico. ¿En la inspección técnica Nº 1390 usted nos deja plasmado en el acta que se trata de un sitio de suceso abierto, que nos quiere decir usted cuando nos dice que es un sitio de suceso abierto? R: un sitio de suceso abierto es cuando esta a la exposición del ambiente, una calle. ¿Explícanos en cuanto a la posición que dice usted en el acta de cubito ventral que usted en compañía de Cristian González pudo percibir que estaba una persona de sexo masculino sin signos vitales: boca arriba ¿En esta inspección al sitio del suceso se colecto alguna evidencia de interés criminalistico? R: dos segmentos y una gasa impregnada en sustancia que luego se envió al laboratorio. ¿Se colecto algo más? R: luego en la morgue la franelilla. ¿Nos dice que posterior a esa colección practico un reconocimiento de fecha 14-08-2012 ese reconocimiento legal dice que a la prenda de vestir colectada presento un orificio de 1.2 centímetros de longitud en la parte anterior y en la parte posterior, cuando me dices un orificio usted como experto me esta hablando de un espacio abierto en la tela pero de que forma? R: un espacio abierto en la tela en forma circular. ¿En ese mismo reconocimiento de fecha 14-08-2012, menciona que los dos segmentos metálicos que pertenecieron al cuerpo de balas, que quiere decir eso? R: quiere decir que el proyectil perteneció a una bala completa utilizada para arma de fuego. ¿A la inspección Nº 1391, practicada en la morgue del hospital usted deja en dicha acta saber que se trato de una persona adulta del sexo masculino que presento heridas, explíquenos cuando dices cada una de estas heridas en donde están ubicadas, región posterior temporal derecha? el funcionario señal la parte derecha de la cien, ¿región geniana derecha? R: No recuerdo. ¿Región parietal derecha?, señalo la parte delantera central de la cabeza. ¿Mastoidea? R: señalo el abdomen. ¿Por el tipo de lesiones y su experiencia se puede determinar que las lesiones provienen de algún objeto? R: un arma de fuego, no sabría decir cual arma ni quien la disparo. ¿Qué incautaron en el allanamiento? R: se colecto un teléfono en la residencia y posteriormente la dueña del inmueble entrego otro teléfono celular. ¿A esos teléfonos incautados usted le practica reconocimiento legal Nº 408 de fecha 23-08-2012? R: si. ¿Qué hace con esos teléfonos? R: dejo constancia de sus características y su estado, luego lo remito a los fines de que se le practiquen las experticias de rigor. ¿Ratifica en su calidad de técnico el contenido de las inspecciones técnicas Nº 1390, 1391, 1392? R: si. ¿Reconoce el contenido de los reconocimientos legales de fecha 14-08-2012, y el reconocimiento legal Nº 408 de fecha 23-08-2012? R: si. Es todo”. Seguidamente se deja constancia que el Defensor Público Abg. Jesús Mayz solicito copias simples de todas las actas de la presente causa, y posteriormente hace las siguientes preguntas: ¿puedes describir el sitio del suceso donde fue localizado el primer cadáver? R: una calle, tenía viviendas, un poste, alumbrado, la calle estaba pavimentada, el cadáver estaba de cubito ventral. ¿Qué hora era? R: no recuerdo, era de noche. ¿El cadáver estaba en la cera, encima de la cera, en el pavimento, en donde estaba? R: en el pavimento. ¿De esquina a esquina donde fue localizado el cadáver? R: no recuerdo bien, estaba tirado cerca de la esquina. ¿Recuerdas si en el sitio habían unas escaleras cercas? R: no recuerdo. ¿El sector como se llama? R: colinas de curacho. ¿Y la calle como se llama? R: no recuerdo. ¿El segundo cadáver en que parte se encontraba? R: en la morgue, ingreso al hospital y posteriormente falleció. ¿En el mismo sitio? R: falleció en el hospital venia procedente del mismo sector. ¿Hablaste de un allanamiento a un rancho recuerdas el nombre de la propietaria? R: no. ¿Por qué el allanamiento? R: no se, estábamos buscando a un ciudadano llamado cuchillo. ¿Recuerdas cuando haces el cruce de llamadas alguna evidencia de interés criminalísticas? R: solo hice el reconocimiento del estado de los teléfonos. Es todo. Seguidamente se deja constancia que la Juez, realizo las siguientes preguntas: ¿Cuándo va al sitio donde se encuentra al cadáver que información le dieron antes de llegar al sitio? R: que se encontraba un occiso tendido en el pavimento. ¿No le dijeron porque estaba ahí? R: solo que se presento un tiroteo. ¿Cuándo en el allanamiento consiguió el celular, a quien correspondía el celular? R: no sé, estaba sobre una mesa y lo colecto el funcionario Robert Vásquez. ¿Cuántas heridas presento el cadáver? R: eran varias pero no recuerdo cuantas. ¿Y las del cadáver que estaba en la morgue? R: no recuerdo. ¿Cuándo llego al sitio donde estaba el cadáver alguien se le acerco y le comento algo? R: no. Es todo.

2.- JOSÉ MIGUEL FERNÁNDEZ CABRERA, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Estatal Guarico, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.843.004, y expone respecto al acta 1447: “para la fecha 23-08-2012, fue comisionado por la superioridad a fin de trasladar a mis compañeros Márquez, inspector Ramón Morales, detective Orangel Rivas, y agente Robert Vásquez y Michael Rodríguez, trasladándonos hasta el sector Yanomami, 22 de agosto San Martín , a fin de darle cumplimiento a una orden de visita domiciliaría, a la residencia de un ciudadano conocido como cuchillo, una vez en el mencionado sector y ubicada la residencia fuimos recibidos por una ciudadana quien manifestó ser la hermana de la persona requerida por la comisión y una vez resguardado el lugar el funcionario inspector jefe Jorgen Márquez ordeno la revisión del inmueble a los funcionarios Robert Vásquez y Michael Rodríguez, mientras que el resto de los integrantes de la comisión resguardamos la zona, la parte de afuera, una vez culminada la revisión del inmueble nos informaron que habían colectado dos teléfonos celulares, retornamos al despacho junto a la ciudadana que se encontraba en el inmueble, las evidencias y las personas que sirvieron de testigos para el procedimiento. Es todo”. Seguidamente la Fiscal Del Ministerio Público, solicito que se deje constancia de las preguntas y respuestas realizadas, procedió a realizar las siguientes preguntas: ¿en calidad de que actuaste en la investigación? R: en calidad de apoyo en la brigada contra homicidio que es la encargada de la investigación del caso. ¿Por qué razón practican esa inspección técnica Nº 1447 de fecha 23-08-2013? R: una vez practicadas las diligencias se deja constancia en acta, dejan constancia de la colección de las evidencias. ¿Ratifica el contenido y la firma del acta de inspección técnica Nº 1447 de fecha 23-08-2013? R: si. Es todo”. Seguidamente se deja constancia que el Defensor Público Abg. Jesús Mayz hace las siguientes preguntas: ¿Cuál fue el propósito de la inspección? R: se deja constancia del inmueble que fue revisado por los funcionarios y las evidencias que fueron colectadas. ¿Tuvo que ver la inspección con algún allanamiento? R: si, la comisión estaba en el inmueble ya que se fue practicar un allanamiento. ¿Recuerdas el nombre de la persona al cual se le fue a practicar ese allanamiento? R: el nombre no, tenía un apodo cuchillo. ¿Identificaron plenamente a esta persona llamada cuchillo? R: si como consta en acta por información suministrada por la hermana. Es todo.

3.- JORGE MÁRQUEZ, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Estatal Guarico, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.466.124, y expone: “el 23-08-2012, me traslade en compañía de los funcionarios Robert Vásquez, Rivas, Michael Rodríguez, José Fernández, hacia el barrio 22 de agosto, de San Martín, sector Yanomami de esta ciudad, a fin de realizar una allanamiento a la residencia de un ciudadano apodado cuchillo, una vez en la zona conjuntamente con los testigos se procedió a tocar la puerta de la vivienda fue atendida por una ciudadana la cual se le mostró la orden y nos permitió el acceso para asegurar la zona luego con los dos testigos los funcionarios Michael Rodríguez y Robert Vásquez procedieron a la revisión del inmueble mientras los demás resguardamos la zona, como resultado de la revisión se colecto un teléfono marca Hawuey el cual fue revisado por el ciudadano Robert Vásquez, el mismo se constato que ahí habían unas llamadas perdidas las cuales había revisado una persona que aparecía en ese teléfono registrado como Yilbert, y también otro teléfono que hizo entrega la ciudadana que recibió la comisión, una vez realizado el procedimiento regresamos al despacho, es todo.”Seguidamente la Fiscal Del Ministerio Público, procedió a realizar las siguientes preguntas: ¿en calidad de que actuó en la investigación? R: investigador, en un allanamiento relacionado con un delito de homicidio. ¿Qué finalidad tenían con el allanamiento? R: buscar evidencias de interés criminalistico que se relacionaran a un homicidio donde señalan como autores a Yilbert y a uno apodado cuchillo, ocurrido en la zona de curache, la brigada de homicidio estaba realizando las investigaciones. ¿Qué tipo de evidencias se colecto? R: dos teléfonos celulares. ¿Ratifica el contenido del acta Nº 1447 de fecha 23-08-2012? R: si. Es todo”. Seguidamente se deja constancia que el Defensor Público solicita se deje constancia de las preguntas, y hace las siguientes preguntas: ¿nombre? R: Jorgen Márquez. ¿Quiénes lo acompañaron en la comisión? R: el inspector Ramón Morales, José Fernández, Michael Rodríguez, Orangel Rivas. ¿José Miguel Fernández estuvo en ese procedimiento? R: José Fernández, no recuerdo el segundo nombre. ¿Michael Rodríguez estuvo? R: si. ¿Cuándo la inspección o el allanamiento cual era el propósito y a quien iba dirijo? R: a un sujeto apodado cuchillo. ¿Pudieron identificar plenamente a este sujeto llamado cuchillo? R: si. ¿Cuál es el nombre del mismo? R: apellido Montaño, no recuerdo el nombre, fue identificado por su hermana que es quien se encontraba en la residencia. ¿Específicamente podemos inferir que ese allanamiento era solo para la persona denominada cuchillo? R: así es. ¿No había otras personas relacionadas a ese mismo allanamiento? R: no. ¿Por que nombran a Yilbert? R: porque se localizo un teléfono celular y fue manipulado el mismo y observaron unas llamadas perdidas entre ellas aparece registrada una con el nombre Yilbert y es considerada con interés por cuanto en la investigaciones aparece ese nombre como unos de los autores del hecho donde fallecieron dos personas y donde actúa este ciudadano conocido como cuchillo, se entabla una relación entre ambos. ¿Eso lo vio usted en el teléfono? R: si. ¿Quién le enseño a usted ese mensaje? R: el funcionario Robert Vásquez, colecta el teléfono y me lo muestra. ¿El funcionario Robert Vásquez colecta el teléfono y le enseña a usted el mensaje? R: si, yo lo vi. Es todo.

4.- Experta ANSELMA RODRIGUEZ, en su carácter de Medico Patólogo Forense, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Carúpano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.506.843 (se deja constancia que se le puso en manifiesto su actuación de conformidad con el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal,) y expone: quiero informarle que la doctora que la practico es experta igual que yo y por ello estoy en el deber de asistir a este acto, con respecto al ciudadano FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO, se trata de un cadáver masculino, de 18 años de dad, de sexo masculino, de pie morena, cabellos negros, barba y bigotes cortes, y delgado, quien ingresa al hospital santos Aníbal dominici, fecha de muerte el 14-08-2012, referido el día siguiente a cumana y se práctica el 15-08-2012, una vez que es colocado, en la mesa de autopsia, se observo 4 heridas por el aso de proyectiles, se procede a la revisión externa, se observa excoriación (raspados) en emicara izquierda, además herida producía pro arma de fuego, la primera herida localizada razante en el cuarto espacio intercostal izquierdo (por encima de los senos o tetillas), línea axilar posterior, la segunda herida entro por el décimo espacio intercostal izquierdo, con línea axilar posterior y salida en el cuarto espacio intercostal derecha línea clavicular, produce herida en el bazo, pulmón izquierdo y derecho, de atrás hacia delante, y de izquierda a derecha, de abajo y la localizan arriba, el tercer orificio a otra herida se encuentra por debajo del lóbulo de la oreja derecha, es decir, retroauricular derecha por detrás, y salida en la cien izquierda, es decir lóbulo temporal izquierdo, ósea que es de abajo hacia arriba, de atrás hacia delante, es decir, estaba mas alto que el victimario, y la otra cuarta herida con entrada retroauricular derecha y sale en la mejilla o pómulo derecho, los tres trayectos son de atrás hacia delante y de derecha a izquierda, luego se hace la apertura del cadáver o laceración en la cual se observo un hematoma (colección de sangre) retroauricular izquierdo en la peroorbitario, alrededor del ojo izquierdo, produce una fractura de la bóveda (fosa media o parietal) y lado medio de fosa anterior o frontal, fisura (marca) en el lado derecho de fosa anterior en la base del cráneo, y además un edema cerebral. Se perforo el bazo, perfora el pulmón izquierdo y derecho y se produce un hemotórax bilateral. La causa de muerte traumatismo craneoencefálico producido por el paso del proyectil del arma de fuego, que produce fractura de los huesos craneales, una hemorragia y la muerte. Y con respecto de LUÍS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIESO, sexo masculino, fecha de muerte el 14-08-2012, se realiza la autopsia el 15-08-2012, cadáver mascullo, moreno de cabellos negros, delgado, excoriación en rodilla derecha, quien presenta 4 heridas producidas por armas de fuego, la primera herida se aprecia una herida en séptimo espacio intercostal izquierdo, debajo de la tetilla, sin salida., no penetra la cavidad toráxico, es decir, razante, el segundo a nivel del 4to espacio intercotal izquierdo, sin salida, el tercer otro impacto en el 8vo espacio intercostal izquierdo, medio clavicular, trayectoria de adelante hacia atrás, el tercer impacto en la región lumbar derecha, línea media abdominal, por encima de la cicatriz abdominal salida y produce la salida del epiplón (tejido graso) mayor, y cesión completa de la vena cava inferior, produce en leve peritoneo, y la otra herida en la fosa iliaca izquierda o parietal izquierdo, sin salida y se extrae el proyectil en la región lumbar izquierda, la quinta herida en la región posterior parietal izquierda, y salida por encima de la oreja (cien o hueso parietal derecho) derecha produce un hematoma en el parietal izquierdo, causando perdida del tejido del pabellón auricular derecho, perforación de la bodega del cráneo y produce traumatismo encefálico, tejido exangue, es decir, no había colección de sangre, entro de atrás a adelante y de izquierda a derecha, de arriba hacia abajo, causa de muerte se seccionada la vena cava inferior, que es la que va a llevar la sangre al corazón, y traumatismo craneoencefálico que produce fractura de los huesos craneales, y hemorragia, y la muerte, en consecuencia, la causa de muerte es el Shop hipobolemico, y donde se dejo constancia que no contaba con rayos X para el mejor estudio de cadáver, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien realizo preguntas: 1-las heridas presentaba algún tipo de tatuaje. R. Pienso que no había tatuaje, porque eso debió haber escrito y ella coloco un aro que es por paso de proyectil, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Público quien preguntas: 1- Los dos cadáveres presentaban tatuaje. R. no, solo dice que presenta un aro de conducción, 2- Eso indica que los disparos fueron a próximo contacto. R. cuando uno no menciona el tatuaje quiere decir que se realizado después de 80 cm, 3- Ud, menciono que los disparos son hecho de abajo hacia arriba en el primer cadáver. R. si. 4- Por su experiencia, si son de abajo hacia arriba que posición tenia el tirador con respecto a la victima. R. que al victima estaba más alto que el victimario, más alto uno que el otro. 5- Los disparos para los dos cadáveres fueron de abajo hacia arriba. R. si, solo en la herida del parietal debió estar más alto que la victima, y los demás como son lineales debió estar parados, por la misma orientación. 6- Tanto el primer como el segundo cadáver presentaron orifico de salida. R. el primero si todos salieron. El segundo solo salo 1. 7- Con relación al primer cadáver presentaba excoriaciones. R. si en la emicara y el otro en la rodilla, y hematomas también porque eso va pasando y perforando bazos, y toda esa sangre se colección en la regio peri orbital y la fractura por el paso del proyectil, es todo. En este estado interroga la Juez de la siguiente manera: 1- en el primer cadáver cual fue la que ocasión la muerte. R. la que produce el traumatismo craneoencefálico, que son la que pasa por encima de la oreja y de debajo de la oreja, el cráneo es lo primero que muere. 2- y en el segundo cadáver que herida ocasiono la muerte. R. la de la región lumbar que pasa de adelante hacia atrás, porque lesiono la vena cava que es la vena grande, ella partió esa vena, y produce el hemoperitoneo y con el disparo de la región parietal es suficiente para que muera, 3- a pregunta de la defensa dijo que la herida es de bajo hacia arriba, lo que da a entender que la victima estaba arriba y el victimario abajo, que pasa si después que la victima ya herida y cae y le accionan nuevamente el arma, cuando esta la persona en el piso. R.- si existe la posibilidad, dependiendo como haya caído el cadáver y de cómo haya recibido el impacto, es todo.”


Pruebas Incorporadas por su lectura:

1.- ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº 1390, de fecha 14-08-2012, suscrita por funcionarios CRISTIAN GONZÁLEZ Y MICHAEL RODRÍGUEZ, adscrito al CICPC Carúpano, practicada en el sector Colinas de Caracho calle principal, vía publica municipio Bermúdez estado sucre, lugar en el cuaL se acordó practicar inspección técnica de conformidad con el articulo 202 del Código Orgánico procesal penal, a tal efecto se procede a dejar constancia de los siguientes: Se trata de un sitio del suceso ABIERTO, de iluminación natural visibilidad clara y temperatura ambiental calurosa, todos estos elementos predominantes para el momento de la inspección, correspondiente dicho lugar a una carretera debidamente pavimentada, conformada por una vía o carretera permitiendo la misma el paso peatonal y vehicular, previsto de sistema de aceras, cunetas y postes de alumbrado nocturno, con orientación Norte Sur de topografía plana, posee viviendas familiares de tipo casa en sentido este oeste, a escasos 5 metros de alumbrado nocturno con revestimiento de pintura de color gris ubicada del lado izquierdo se puede observar a nivel del suelo el cuerpo sin signos vitales de una persona adulto de sexo masculino, en `posición cubito ventral con la cabeza inclinada hacia el lateral derecho y sus miembros superior y exteriores extendidos en sentido sur, el mismo presente como vestimenta: una franela marca levis sin talla visible de color blanco y un pantalón tipo Jean sin marca ni talla visible, de color negro a dicho interfecto externamente se le observa a simple vista tres heridas abiertas de forma circular de una como dos centímetros de longitud en la región temporal derecha dos heridas de forma circular de 1,3 cm de longitud en la región geniana izquierda una herida abierta de forma circular de un cm de longitud en la región parietal derecha, una herida abierta de forma circular de 1,2 cm de longitud en la región mastoidea, dicho cadáver esta orientado en sentido norte sur, cabe señalar que a 10 cm, del occiso se observa una mancha de color rojo pardizo, y debajo del occiso dos proyectiles de color dorado, posteriormente se procedió a colectar un segmento de gasa impregnado de una sustancia de color pardo rojizo, de aspecto hematico y los dos proyectiles en el sitio para su posterior experticia de rigor, acto seguido se realizo una búsqueda minuciosa en el lugar a fin de ubicar otras evidencias de interés criminalistico siendo negativo la misma seguidamente se procedió a movilizar el cadáver para ser trasladado a la morgue del hospital, se anexo leyenda fotográfica del sitio… Es todo”.


2.- ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº 1391, de fecha 14-08-2013, suscrita por funcionarios CHISTHIAN GONZALEZ Y MICHAEL RODRIGUEZ, adscrito al CICPC Carúpano, hasta la morgue del Hospital Santos Anibal Dominicci, Carúpano, Municipio Bermúdez, lugar en el cual se acordó efectuar inspección, de conformidad con lo establecido en el art. 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procedió dejándose constancia de lo siguiente: una vez en el lugar arriba mencionado, se observa persona adulta de sexo masculino, en posición de cubito dorsal, provista de su respectiva vestimenta descrita de la siguiente manera: una franela, marca levis, sin talla visible, color blanco y un pantalón, tipo jeans, sin marca ni talla visible, color negro, presenta como característica fisonómicas: 1.22 mts, de estatura, contextura delgada, piel trigueña, cabello corto de color negro, rostro redonda, frente amplia, orejas pequeñas, nariz perfilada, ojos pequeños, cejas escasas, barba y bigotes escasos, seguidamente se procedió a inspeccionar la superficie corporal del cadáver apreciándose de forma circular de 1.2 cm de longitud en la región temporal derecha, dos heridas abiertas de forma circular de 1.5 cm. de longitud en la región geniana izquierda, una herida abierta de forma circular de 1 cm. de longitud en la región parietal derecha, una herida abierta de forma circular de 1.2 cm. de longitud en la región mastoidea, se fija fotográficamente el cadáver y se realiza la respetiva necrodactilia a fin de plenar su identidad. Seguidamente se colecta un segmento de gasa impregnada de sustancia de color pardo rojizo de aspecto hematico y la franela para su posterior experticia de rigor y se anexan leyendas fotográficas del cadáver, cursante a los folios 176, vto y 177. Es todo.


3.- ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº 1392, de fecha 14-08-2013, suscrita por funcionarios CHISTHIAN GONZALEZ Y MICHAEL RODRIGUEZ, adscrito al CICPC Carúpano, hasta la morgue del Hospital Santos Anibal Dominicci, Carúpano, Municipio Bermúdez, lugar en el cual se acordó efectuar inspección, de conformidad con lo establecido en el art. 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procedió dejándose constancia de lo siguiente: una vez en el lugar arriba mencionado, se observa persona adulta de sexo masculino, en posición decúbito dorsal, desprovista de vestimenta, presenta como característica fisonómicas: 1.69 mts, de estatura, contextura delgada, piel morena, cabello corto de color negro, rostro redonda, frente amplia, orejas pequeñas, nariz perfilada, ojos pequeños, cejas escasas, barba y bigotes escasos, seguidamente se procedió a inspeccionar la superficie corporal del cadáver apreciándose como heridas visibles una herida abierta de forma circular de 1.2 cm de longitud abdominal, una herida abierta de forma circular 1.3 cm de longitud en la región de la cara izquierdo, una herida abierta de forma circular de 1 cm de longitud en la región hipocondríaca, una herida abierta de forma circular de 1.2 cm de longitud en la región mesogastrico herida abierta de forma circular de 1.3 cm, de longitud en la región iliaca, una herida abierta de forma circular de 1 cm de longitud, en la región dorsal de los dedos de la mano derecha una herida abierta de forma circular de 1 cm, de longitud en la región dorsal de los dedos de la mano izquierda, una herida abierta de forma circular de 1.3 cm de longitud en la región temporal derecho, una herida abierta de forma circular de 1.2 cm de longitud en al región de la cadera y lado derecho. Se fijan fotográficamente el cadáver, y se realiza la respectiva necrodaptilia a fin plenar su identidad. Seguidamente se colecta un segmento de gasa impregnada de sustancia de color pardo rojizo de aspecto hematico y la franela para su posterior experticia de rigor y se anexan leyendas fotográficas del cadáver, cursante a los folios 178 vto y 179. Es todo.”

4.- ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº 1447, cursante a folio 47 de la primera pieza, de fecha: 23-08-2013, suscrita por los funcionarios Inspector Jefe Jorge Márquez, Inspector Ramón Morales, Detective Orangel Rivas, Agente Robert Vásquez, José Fernández y Michael Rodríguez, todos adscritos al Cuerpo Investigación Científicas, Penales y Criminalistica de Carúpano, donde se deja constancia la inspección realizada en: San Martín, Sector Yanomami, del Sector 22 de agosto, casa S/N, de esta ciudad, donde se procede a dejar constancia lo siguiente: Se trata de un sitio de suceso ABIERTO, ubicado en la dirección arriba mencionada, iluminación natural, poco visibilidad, temperatura ambiental fresca, todos estos aspectos predominantes para el momento de la inspección, correspondiente dicho lugar a una casa tipo rancho, elaborado en paredes de laminas de zinc, y techo de zinc, piso de tierra, notando como medio de acceso una puerta de zinc de una hoja sin señales de violencia, al trasponer la misma, se nota una área rectangular notando al lado izquierdo una lavadora, seguidamente una puerta de zinc la misma comunica al interior de la vivienda con sistema de seguridad de cadenas y candado, al trasponer el precinto de seguridad se observa una sala, observando una mesa de madera y sillas de metal y mimbre, visualizando en la mesa un (01) teléfono celulares, uno marca huawei, color negro y amarillo, colectándose la misma, al lado izquierdo dos habitaciones, protegidas por cortinas, observando camas con sus respectivos colchones, continuamente una puerta de zinc, el mismo comunica al patio, se deja constancia que la referida vivienda se encuentra limitada por segmentos de madera y alambres púas. En el sitio no se colecto mas evidencias de interés criminalistico. Es todo cuando tenemos que informar al respecto así de esta manera concluimos. Termino, se leyó y conforme firman. Es todo.”

5.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 15-08-2013, suscrita por la funcionaria Dra. Alicia Zaragoza, adscrita al CICPC Cumana, cursante al folio 225, donde se deja constancia de. Conclusiones cadáver masculino, piel morena, cabellos negros, barba y bigote cortos negros, contextura delgada, excoriación de hematica izquierda. Heridas pro el paso de proyectiles de arma de fuego (proyectil único), presenta halo de contusión se localizan. Sedal 4to. Espacio intercostal derecho, entrada: 10 espacio intercostal, línea axilar posterior, salida 4 espacio intercostal derecho, produce heridas en el bazo y los pulmones izquierdo y derecho. Trayectoria de atrás hacia delante, de izquierda a derecha, de abajo hacia arriba. Entrada por debajo del lóbulo de la oreja derecho, salida sien izquierda, trayectoria ligeramente de tras hacia delante, de derecha hacia izquierda, de bajo hacia arriba. Entrada retro auricular derecha, salida mejilla izquierda, trayectoria de tras hacia delante, de derecha hacia izquierda. Producen hematoma periorbitario izquierdo, fracturas en la bóveda, fosa media y lado izquierdo de la fosa anterior de la base del cráneo, fisura en el lado derecho de la fosa anterior de la base del cráneo, edema cerebral. Causa de muerte: traumatismo craneoencefálico debido a las heridas por el paso de proyectiles de arma de fuego por la cabeza. Es todo.

6.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 15-08-2013, suscrita por la funcionaria Dra. Alicia Zaragoza, adscrita al CICPC Cumana, cursante al folio 226, donde se deja constancia de. Conclusiones cadáver masculino, piel morena, cabellos negros, contextura delgada, excoriación en rodilla derecha. Heridas por el paso de proyectiles de arma de fuego (proyectil único), presenta halo de contusión se localizan. Sedal 7mo. Espacio intercostal izquierdo, no penetra la cavidad toráxico. Entrada 8vo Espacio intercostal izquierdo. Entrada región lumbar por encima de la cicatriz abdominal, produce salida del epiplón mayor de la cavidad abdominal sección completa de la vena cava inferior hemoporeitoneo, trayectoria de atrás hacia delante, de derecha a izquierda, de abajo hacia arriba. Sedal con entrada por la fosa iliaca izquierda, salida por encima de la oreja derecha, produce hematoma subgaleal en el parietal izquierdo, perdida de tejido del pabellón auricular derecho, perforación de la bóveda del cráneo, traumatismo encefálico. Tejido exangüe, trayectoria de atrás hacia delante, de izquierda hacia derecha, de arriba hacia abajo. Causa de muerte: shock hipovolemico, debido a sección completa de la vena cava inferior debida a la herida por el paso de proyectil de arma de fuego por el abdomen. Es todo.

7.- RESULTA DE RECONOCIMIENTO EN VACIADO DEL CONTENIDO DE LLAMADAS, de fecha 07-09-2012, suscrito por el funcionario TSU Rabel Salazar, Detective del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, el suscrito detective Rafael Salazar, experto designado para practicar peritaje y memorandun numero 6106 de fecha 23-08-2012, relacionado con el expediente I.932.095, el cual se instruye por uno de los delitos contra las personas, rinde a usted a los fines consiguientes el presente dictamen pericial, MOTIVO: practicar expertita de reconocimiento legal, trascripción del contenido de pim entrantes y salientes y extracción de imágenes de los teléfonos suministrados. EXPOSICION: el material recibido para practicar la experticia consistente en la información contenida en la memoria de los dos teléfonos celulares marca HUAWI, modelo UM840, Identificado con el serial 3MA7NA10C2102886 y de sus respectiva batería, modelo HB6A21, identificada con el serial GAGB130XC04999694, ZTE, modelo C362+, identificado con el serial 321390237826 y de su respectiva batería modelo no visible, identificada con el serial no visible, PERITACION: de conformidad con el pedimento formulado, luego se activar el teléfono recibido se acceso mediante el menú opciones a las información que a continuación se trascribe, TELEFONO Nª 01, con 72 contactos, cursante a los folios 208 vto y 209. Mensajes de textos: cursante a los folios vto 209, 210 y vto. Registro de llamadas, llamadas perdidas, llamadas realizadas y llamadas recibidas, cursante al folio 2011. Imágenes de interés Criminalísticas contenidas en el equipo, cursante a los folios 212 y 213. Teléfono Nº 02, directorio telefónico de 219 contactos, cursante a los folios 213, 214 y vto, 215 y vto, 216 y vto, y 217. mensajes recibidos cursante al folio 217, Registro de llamadas, llamadas perdidas, llamadas realizadas y llamadas recibidas, cursante al folio 217 y vto. Conclusiones con base en el reconocimiento realizado se puede concluir, 1, el material recibido para realizar la experticia resultaron ser un teléfono celular identificado de la siguiente manera teléfono Nº 01, blacberry, modelo BOLD 9900, identificado con el serial IMEI 35684104903939222, con su respectiva batería, los cuales no se les pudo determinar el numero signado y la respectiva compañía telefónica. 2. Se encontraron cincuenta y dos (52) mensajes de texto, discriminados de la siguiente manera treinta y cinco (35) mensajes recibidos y diecisiete (17) mensajes enviados. 3. Se hallo una (1) conversación de la mensajeria blackberry. 4. Se visualizaron dieciséis (16) imágenes de interés criminalística. 5. con la anterior expuesto doy por concluida mi actuación técnica, consigno el presente informe constante de diecisiete (17) folios útiles, las piezas objeto de estudio, se remiten anexo el presente traslado de comisión de ese despacho. Es todo.


HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS Y SU VALORACIÒN


De conformidad con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, procede esta Juzgadora a valorar en base a las siguientes consideraciones:

En primer lugar desestima el resultado del RECONOCIMIENTO EN VACIADO DEL CONTENIDO DE LLAMADAS, de fecha 07-09-2012, suscrito por el funcionario TSU Rabel Salazar, Detective del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, por cuanto dicho funcionario no acudió a la sala a rendir su declaración, en tal sentido se desestima dicha en resguardo al principio de contradicción de la prueba y el derecho a la defensa.

Asimismo desestima la declaración de la testigo ROSA AMELIA LAREZ DE BOTTINO, por cuanto aun cuando manifestó estar hablando con los occisos, antes del hecho, indicó que no vio quien fue, que no vio nada por cuanto se escondió detrás de un carro, y luego de ello, andaba nerviosa buscando a su hija, en tal sentido la apreciación de esta Juzgadora, es que la testigo no aporto nada para el esclarecimiento de los hechos, por lo tanto desestima su testimonio.

De igual modo desestima la declaración del ciudadano ELVIS JULIO MARTINEZ GARCÍA, por cuanto el mismo no aportó nada para el esclarecimiento de los hechos.

Esta Juzgadora desestima la declaraciones de los ciudadanos DIONIRA MARÍA RAMOS SALAS, FLORVIDÍA MARCANO GONZÁLEZ y WILMAN DEL JESÚS MARCANO GONZALEZ, en razón de que, para la apreciación de esta Juzgadora bajo el principio de inmediación, éstos testigos, dejaron ver abiertamente en sus dichos el favorecimiento exculpatorio para el acusado, pues considero que fueron mas allá del límite de la objetiva, en razón de que no aportaron siquiera un ápice de coincidencia con la exposición de los otras pruebas traídas al juicio.

De igual manera desestima esta Juzgadora la exposición del testigo ARMANDO JOSÉ MATA SALINAS, por cuanto manifestó en sala que no conoce al acusado que no tiene nada que declarar en su contra, y que ese día se encontraba trabajando en el Mercal de San Martín entrego guardia a las 4 de la tarde y que eso consta en el libro de novedades, por lo que manifestó que eso constaba en un libro de novedades del centro de acopio de San Martín, quedando con ello asentado que no sabe nada sobre los hechos razón por la cual se desestima su testimonio.

Por lo demás esta Juzgadora le da pleno valor probatorio, a las declaraciones de testigos expertos y funcionarios, con lo cual comprobó el cuerpo del delito y la responsabilidad penal del acusado de marras en los hechos, así las cosas tenemos que el delito quedó comprobado con la declaración del Funcionario MICHAEL RODRÍGUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Estatal Guarico, quien expuso que practicó el levantamiento de los cadáveres en fecha 14-08-2012, ya que el oficial de guardia le hizo una llamada informándole que en Curacho de San Martín, se encontraba una persona sin signos vitales, que se dirigió con los funcionarios Cristian González, al llegar el sitio estaba un cuerpo sin vida de un ciudadano en cubito ventral, que hicieron la experticia correspondiente en el sitio lográndose colectar dos segmentos metálicos, dos proyectiles, posteriormente se hizo el levantamiento del cadáver trasladándolo a la morgue del hospital general de esta ciudad una vez en la morgue tuvieron el conocimiento que había otro muerto procedente de ese mismo sitio que había ingresado al hospital momentos poco después, por lo que le realizo la inspección técnica a los dos cadáveres.

Indicó asimismo que realizó allanamiento, el día 23-08-2012, en el sector Yanomani 22 de agosto, a una vivienda tipo rancho con paredes y techo de lamina de zinc y el suelo de tierra, que al entrar hicieron la referida inspección dentro de la residencia logrando colectar un teléfono celular, y que luego se regresaron al despacho con la propietaria del inmueble, quien le hizo entrega de otro teléfono celular.

Asimismo depuso el funcionario JOSÉ MIGUEL FERNÁNDEZ CABRERA, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas quien expuso que suscribió acta 1447, y que para la fecha 23-08-2012, fue comisionado por la superioridad a fin de trasladarse a sus compañeros Márquez, inspector Ramón Morales, detective Orangel Rivas, y agente Robert Vásquez y Michael Rodríguez, al sector Yanomami, 22 de agosto San Martín, a fin de darle cumplimiento a una orden de visita domiciliaría, a la residencia de un ciudadano conocido como cuchillo, una vez en el mencionado sector y ubicada la residencia fueron recibidos por una ciudadana quien les manifestó ser la hermana de la persona requerida por la comisión y una vez resguardado el lugar el funcionario inspector jefe Jorge Márquez ordenó la revisión del inmueble a los funcionarios Robert Vásquez y Michael Rodríguez, mientras que el resto de los integrantes de la comisión resguardamos la zona, que una vez culminada la revisión del inmueble nos informaron que habían colectado dos teléfonos celulares.

El funcionario JORGE MÁRQUEZ, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas depuso que el día 23-08-2012, se trasladó en compañía de los funcionarios Robert Vásquez, Rivas, Michael Rodríguez, José Fernández, hacia el barrio 22 de agosto, de San Martín, sector Yanomami de esta ciudad, a fin de realizar una allanamiento a la residencia de un ciudadano apodado cuchillo, una vez en la zona conjuntamente con los testigos se procedió a tocar la puerta de la vivienda fue atendida por una ciudadana la cual se le mostró la orden y nos permitió el acceso para asegurar la zona luego con los dos testigos los funcionarios Michael Rodríguez y Robert Vásquez procedieron a la revisión del inmueble mientras los demás resguardaron la zona, como resultado de la revisión se colectó un teléfono marca Hawuey el cual fue revisado por el ciudadano Robert Vásquez, el mismo constató que ahí habían unas llamadas perdidas las cuales había revisado una persona que aparecía en ese teléfono registrado como Yilbert.

De igual modo la experta ANSELMA RODRIGUEZ, Medico Patólogo Forense, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, quien depuso por ser experta de idéntica ciencia, a la de la experto Alcira Zaragoza, sobre los protocolos de Autopsia realizada a los hoy occiso, y manifestó que con respecto al ciudadano FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO, se trató de un cadáver masculino, de 18 años de dad, de sexo masculino, de piel morena, cabellos negros, barba y bigotes cortes, y delgado, quien ingresa al hospital Santos Aníbal dominicci con fecha de muerte el 14-08-2012, a quien se le observó 4 heridas por el paso de proyectiles, presentando como causa de muerte traumatismo craneoencefálico producido por el paso del proyectil del arma de fuego, que produce fractura de los huesos craneales, una hemorragia y la muerte.

Indicó la experto que con respecto al occiso LUÍS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIESO, con fecha de muerte el 14-08-2012, se trato de un cadáver masculino, moreno de cabellos negros, delgado, excoriación en rodilla derecha, quien presentó 4 heridas, producidas por armas de fuego, presentando como causa de muerte que la cava inferior, que es la que va a llevar la sangre al corazón, fue seccionada y traumatismo craneoencefálico que produce fractura de los huesos craneales, y hemorragia, y la muerte, y que en consecuencia, la causa de muerte es el Shop hipovolèmico.

Así las cosas con todas estas declaraciones, queda claramente evidenciado que efectivamente el día 14 de agosto del año 2012, en la cancha del sector Caracho de San Martín los hoy occisos FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUÍS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIESO, fueron heridos con arma de fuego circunstancia que desencadenó la muerte del primero de los nombrados por traumatismo craneoencefálico producido por el paso del proyectil del arma de fuego, que produce fractura de los huesos craneales, una hemorragia y la muerte. Y el segundo de los nombrados con 4 heridas, producidas por armas de fuego, presentando como causa de muerte que la cava inferior, que es la que va a llevar la sangre al corazón, fue seccionada y traumatismo craneoencefálico que produce fractura de los huesos craneales, y hemorragia, y la muerte.

Ahora bien, se determinó que como responsable de ese hecho fue el acusado: Yilbert, todo ello fue evidenciado con la declaración del ciudadano FRANKLYN JESÚS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, quien depuso que cuando mataron a su hijo se supo que había sido el joven apodado cuchillo, porque Wilmal Viña le pago al cuchillo, ósea que lo contrató para matar a su hijo y que cuando fueron a matar al hijo suyo, mataron también al hijo de la señora, y que los rumores el otro día fueron que lo había matado el joven que esta aquí (Palabras textuales del testigo), con el cuchillo y que dicho comentarios los hizo una ciudadana llamada Erica y su mamá, que el hecho ocurrió en la cancha vieja de curacho, que el primer tiro se lo dieron en la colina junto con el hijo de la señora, que el de la señora señalando a la mamá de la otra victima, callo allí muerto, pero el de él corrió pero en la cancha vieja de caracho lo remataron.

Asimismo el ciudadano EULOGIO RAFAEL VIÑA VALLENILLA, en cuanto a los hechos depuso que el estaba viendo televisión y subió un sobrino a avisarle que mataron allí a Luís Miguel, que cuando sale lo ve que estaba engarruñado en la acera allí, que lo llevo al hospital y la doctora le dice que el niño Luís Miguel falleció. Que los llevaron en averiguaciones y que el hecho fue en la colina de Curacho debajo de la matica de almendrón en la otra acera; como a las 07:30 eso fue el 14 de agosto del 2012.

La testigo DAMELYS DEL VALLE MARCANO DE MATINEZ, fue contestes con el día y hora de los hechos, y manifestó que dos mujeres mandaron a buscar a su hijo Franklin, la Señora Rosa y su hija Yerica, ellas le preguntaron a su mamá el nombre de mi hijo, que a el lo llamaban Chacho, porque ellas le iban a dar un asunto y mi mamá les dio su nombre completo a ellas , eso fue como a las 9 de la mañana y como a la 1 de la tarde llego mi hijo que venía de pozo colorado y yo le dije que lo estuvo buscando Rosa y Yerica que te van a dar un asunto y él me dijo que para que será y le respondí que no sabía y como a las 4:30 a 5:00 de la tarde Chacho hizo la primera subida a la casa de la Sra., no la consiguió, dicen que después qué chacho subió a esa hora, subió Yilber y Wuilman “Chulinga”, luego Chacho subió nuevamente como a las 6:30 y no las consiguió otra vez, la última subida que hizo la hizo como a las 7:00 de la noche y me dijo que iba a subir para ver que era, a esa hora subió Yilber solo en la moto y dicen que le dio a la mano a su hijo; Yilber bajo y en eso estaba Rosa y Yerica estaban conversando con el otro joven que mataron, cuando después sube Yilber con “Cuchillo” montado de barrillero y en ese momento se encontraba Yerica sola con esos dos niños, es allí cuando Yilber y cuchillo matan a Chacho y a Luís Miguel.

Indicó que Yerica decía cuando estaban matando a Luís Miguel “a ese no, a ese no”, señalo que cuchillo le da un tiro a Chacho en el estomago, Chacho corre, ellos quedan matando al otro niño, Chacho corre, bajó y cuando piso la Urbanización caracho allí cae mal herido, que atrás venía Yilber con Cuchillo detrás en la moto y se dan cuenta que su hijo se esta tratando de parar, y cuchillo dice “ está vivo, está vivo”, cuchillo se baja de la mato, corre hasta donde esta Chacho y le da dos disparos en la cabeza y allí lo dejaron muerto, que allí es cuando le avisan y lo encontró muerto.

Asimismo el ciudadano FERNANDO LUIS GARCIA RIVERA, depuso que a él se le fue el gas en su casa y fue para la casa de su mamá a preguntarle si podía cocinar y ella le dijo que sí, que cuando bajó con su chamito para la casa a cocinar donde su mamá y vuelvo a subir y es cuando empezó a escuchar la plomazón y cuando volteo veo que están disparando a dos chamitos, que eso lo impactó todo porque él tenia a su hijo cargado, que uno quedo tirado, y el otro que esta disparando salió coleando, y cuando logro verlo veo al negrito y al blanquito, pero con los nervios con el muchachito cargado, voy avanzando, voy avanzando y me voy para donde mi esposa para arriba y elle me pregunto que tenía y le dije que vi que estaban matando a esos dos muchachos y como tengo mi hijo cargado, los nervios no me dejaban y después cuando paso todo, yo le dije a ella que como íbamos a cocinar porque esa vaina estaba allá abajo.

Indico este testigo, a pregunta realizada por el Ministerio Público que presenció cuando le dispararon al occiso Luís Miguel y a Franklin José, que ocurrió en la Colina de Caracho, en la comunidad donde él vive, que fueron bastantes disparos. Que vio disparar al blanquito y al negrito, y que escucho uno fue el Cuchillo y el otro Yilber, que es el blanquito de los que yo vio.

A pregunta realizada por la defensa, que él ha recibido amenazas de ambos lados que lo iban a matar, que le dijeron a su esposa que si venía a declarar lo iban a matar, que las amenazas son de donde vive el acusado, y señalo al acusado en sala, de que no recibía amenazas de él pero de sus amistades si, manifestó que tiene que salir escondido a trabajar.

A pregunta realizada por esta Juzgadora manifestó que quienes le dispararon a los hoy occiso, fueron porque él los había visto, el cuchillo y el tal Yilber, manifestó que el que estaba coleando era Cuchillo y el otro, el blanquito estaba disparando.

Así las cosas con todas estas declaraciones quedó de manera cierta y comprobada la Responsabilidad y culpabilidad del acusado YILVER GREGORI LAREZ RAMOS, por lo que se le debe condenar por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO. Y así se decide.-
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Con todo el análisis de los medios probatorios antes narrado, arribo esta Juzgadora a la conclusión de que efectivamente en fecha: 14 de agosto de 2012, en el sector colinas de caracho específicamente en la cancha vieja vía publica, el acusado: Yilver Gregori Larez Ramos, en compañía de Jesús Morales Montaño alias cuchillo dieron muerte a traición es decir con alevosía y por motivos fútiles e innobles a Franklin Marcano y Luís Miguel Rodríguez Valdivieso, por lo tanto considera esta Juzgadora que la conducta desplegada por YILVER GREGORI LAREZ RAMOS se subsume en el articulo 406 Numeral 1 del Código Penal como lo es en el delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO. Por lo tanto quedo plenamente demostrado y comprobado durante el presente debate que efectivamente el día: 14-08-2012, siendo aproximadamente las 8:00 pm, en el sector denominado Colina de Curacho, específicamente en la cancha vieja, Vía publica, parroquia santa rosa, del municipio Bermúdez del estado Sucre, se encontraban presentes en ese lugar y a esa hora las víctima hoy occiso Franklin José Martínez Marcano y Luís Miguel Rodríguez Valdivieso, cuando en ese momento paso una moto en donde iba el acusado: YILVER GREGORI LAREZ RAMOS, portando armas de fuego, dio muerte intencionalmente obrando atrición y sobre seguro, es decir, con alevosía, y disparó contra los ciudadanos: FRANKLIN JOSÉ MARTÍNEZ MARCANO y contra LUÍS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIESO, acción esta que fue desplegada sin darle siquiera la oportunidad a los hoy occisos de defenderse, se pudo demostrar en Juicio que los hoy occisos, estaban tranquilos, en el lugar, como cualquier ciudadano, y sin mediar palabra, arremetió contra su humanidad propinándoles a ambos una herida mortal.

Pudo determinarse por las cantidades de heridas que presentaban los cuerpos de ambas victimas, y por la actitud asumida por este coautor que no tuvo ningún remordimiento para ejecutarla y por las circunstancias del hecho se pudo determinar que hubo premeditación para ejecutarlo, razón que califica y agrava la acción desplegada por el acusado, por lo que encuadra perfectamente su acción delictiva en el numeral 1 del articulo 406 del Código Penal, que típica el HOMICIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COAUTOR, hecho por el cual debe ser condenado. Y así se decide.-

PENALIDAD
Determinada la culpabilidad del acusado en el delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO, este Tribunal procede a calcular la pena, en tal sentido para el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal, prevé una pena que oscila entre quince (15) a veinte (20) años de prisión, cuyo término medio son Diecisiete (17) años y Seis (6) años, conforme al articulo 37 ejusdem, termino este se le impone al acusado de autos, como pena a cumplir, por lo que se le condena a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Y así se decide. -

DISPOSITIVA

Por las razones de hecho y de derecho expuestas, Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: CONDENA: al ciudadano: YILVER GREGORI LAREZ RAMOS, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.788.966; nacido en fecha 13-05-89, soltero, obrero, residenciado en el Sector 22 de Agosto, Calle Principal, Casa S/N, San Martín, a cumplir la pena principal de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente, por considerarlos culpables en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, en perjuicio de los occisos: FRANKLIN JOSE MARTINEZ MARCANO y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ VALDIVIEZO. La presente decisión es dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 347 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese.-
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO

ABG. MARIA PEREIRA
SECRETARIA JUDICIAL


ABG. ANNA DI BISCEGLIE