REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumanà, 15 de noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO Nº: JMS1-S-5249-13
SOLICITANTES: YEXICA GREGORINA DIAZ RIVAS Y
DOMINGO EDUARDO ROMERO CARREÑO
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abogado JESUS MANUEL MOYA, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos YEXICA GREGORINA DIAZ RIVAS Y DOMINGO EDUARDO ROMERO CARREÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.581.412 y 17.672.044 respectivamente, con domicilios la primera en el O.C.V. Bendición de Dios, ultima calle, casa Nº 154 cerca de la Iglesia Evangélica, Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre y el segundo en la O.C.V. Bendición de Dios, calle 1, casa Nº 51 Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de su hijo: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de un (01) año de edad, celebrado en fecha 31/10/13, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne a la Obligación de Manutención, establecida de la siguiente manera mediante Acta Nº 19-DPIF-F4-1-0997-2013: “El ciudadano DOMINGO EDUARDO ROMERO CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.672.044, padre del niño: : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de un (01) año de edad, pasará a Suministrar la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs.F 840,00), Mensuales. Una Cuota especial de Fin de Año por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. F 2.220,00). Los gastos de medicinas y médicos serán cubiertos en un 50% por parte del padre. Los gastos de útiles y uniformes serán cubiertos en un 50% por parte del padre. Asimismo el padre de la niña solicita que los montos acordados sean descontados de su cuenta nómina de pago de la Policía Municipal del Municipio Sucre del estado Sucre, ubicado en la Panamericana de esta Ciudad de Cumaná, ubicado en la avenida Carúpano de esta ciudad de Cumaná y se ordene aperture una cuenta de ahorros para consignar lo referente a la obligación de Manutención, en consecuencia líbrese oficios. En este estado la ciudadana YEXICA GREGORINA DIAZ RIVAS esta de acuerdo con dicho convenimiento.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en Concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, al quince (15) día de noviembre del año Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZA
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI.

Secretaria
Siendo las 9:00 de la mañana se publico la presente sentencia.

Secretaria
ASUNTO Nº: JMS1-S-5249-13
SOLICITANTES: YEXICA GREGORINA DIAZ RIVAS Y
DOMINGO EDUARDO ROMERO CARREÑO
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION
MEG/rhm