REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.


Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud interpuesta por la ciudadana LOURDES TERESA RODRIGUEZ DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.654.612, de este domicilio, asistida por la abogado en ejercicio ORIANA CAROLINA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 205.450, actuando en nombre propio y en representación del de su hija la adolescente : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diecisiete años de edad, en la cual solicita se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de De Cujus SAID DEL VALLE GOMEZ LEÓN (d), quien era titular de la cédula de identidad Nro. V-8.643.057, a su viuda ciudadana LOURDES TERESA RODRIGUEZ DE GOMEZ, y a sus hijos los ciudadanos LOURESTHER DEL VALLE, SAID ADOLFO GÓMEZ RODRÍGUEZ, la adolescente : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de veintidós (22), dieciocho (18) y diecisiete (17) años de edad respectivamente, titulares de las cédulas de identidad Nros, V-20.575.515, V-25.101.114 y V-25.101.112 respectivamente, y del niño : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) años de edad, respectivamente, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta el dispositivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus SAID DEL VALLE GOMEZ LEÓN (d), quien era titular de la cédula de identidad Nro. V-8.643.057, a favor de su viuda ciudadana LOURDES TERESA RODRIGUEZ DE GOMEZ, y a sus hijos los ciudadanos LOURESTHER DEL VALLE, SAID ADOLFO GÓMEZ RODRÍGUEZ, y adolescente : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de veintidós (22), dieciocho (18) y diecisiete (17) años de edad respectivamente, titulares de las cédulas de identidad Nros, V-20.575.515, V-25.101.114 y V-25.101.112 respectivamente, y del niño : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) años de edad, respectivamente Por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas constante de diecisiete (17) folios útiles a la parte interesada. Asimismo se acuerda expedir cuatro (04) juegos de copias certificadas de dichas actuaciones. CUMPLASE.- En Cumaná, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año Dos Mil Trece (2013).- Anos 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
La Jueza
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA,

La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 11:00 a.m.

LA SECRETARIA,
ASUNTO: JMS1-S-5190-13
SOLICITANTE: LOURDES TERESA RODRIGUEZ DE GOMEZ
MOTIVO: UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS
MEG/luisa.-