REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Estado Sucre extensión Cumaná
Cumana, Dieciocho (18) de Noviembre del 2.013
203º y 154º


N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2013-000297
PARTE ACTORA: JOSE MANUEL BARRETO ROSAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIO JOSE CASTRO
PARTE DEMANDADA: BOHANERGE PEREZ y UNION DE CONDUCTORES SAN BALTAZAR
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: Cobro de prestaciones Sociales

SENTENCIA


Dado a que en el día de hoy Dieciocho (18) de Noviembre del 2.013, oportunidad fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente por la parte demandada BOHANERGE PEREZ y UNION DE CONDUCTORES SAN BALTAZAR, los ciudadanos ANGEL HERNANDEZ y ALBERTO TERIUS, Abogados en ejercicio de este domicilio inscritos en el i.p.s.a. bajo los Nros. 63.829 y 12.545 y por la parte actora JOSE MANUEL BARRETO ROSAL, se dejó constancia de que no hizo acto de presencia representante, ni apoderado alguno. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN

La Juez,


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL Por la secretaría

Abg. Yuliannis Seijas