REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE – GUIRIA
Güiria, 21 de Noviembre de 2013
203° y 154°
Vista la comunicación que antecede, emanada del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (COPRONNA) del Municipio Valdez del Estado Sucre, donde solicita se aperture expediente de Obligación de Manutención, a favor de la ciudadana YULEIDIS DEL CARMEN JAVIER FIGUERA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-15.894.568, domiciliada en el Sector Vista al Mar, casa s/n., Gûiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, actuando como representante legal de sus hijos (Identidad protegida), de Diez (10), Cinco (5) y Un (1) años de edad, respectivamente. Désele entrada, anótese en el libro respectivo bajo el Nº 083-13; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE de conformidad con el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cítese al ciudadano LEO JOSE RODRIGUEZ ALCALA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.215.289, domiciliado en el Sector 5 de Julio, La Antena, casa s/n., Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, quien labora independientemente como Técnico en Refrigeración, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada en su contra por la ciudadana YELEIDIS DEL CARMEN JAVIER FIGUERA, Haciéndole de su conocimiento que para el mismo día del Emplazamiento se celebrará el Acto Conciliatorio entre las partes a las 10:00 am., y de no haber conciliación se procederá a oír todas excepciones y defensa cualquiera sea su naturaleza. Todo de conformidad con los artículos 514 y 516 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Hágase la notificación de Ley, mediante Oficio, al ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con Competencia en el Sistema de Protección y Familia. Certifíquese copia de la solicitud. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/Alexander Martinovich Alvarez.- Asistente.-
Exp: 083-13.