REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.


ASUNTO: JMS1-S-4524-13
PARTES: GARCIA ANIBAL RAFAEL Y CASTILLO RAIZA MARIA
MOTIVO: HOMOLOGACION POR REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, INTERPUESTA POR LA DEFENSORIA SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dos (02) años de edad.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de Homologación presentado por la DEFENSORIA SUCRE”, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos: GARCIA ANIBAL RAFAEL Y CASTILLO RAIZA MARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.273.209. y 12.663.203, respectivamente, ambos de este domicilio, en relación a la REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dos (02) años de edad, suscrito en fecha 23-04-2013, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pasara dos(02) fines de semana al mes con el padre, desde el viernes a las 05:00 p.m hasta el domingo a las 08:00 p.m. alternando con la madre, de lunes a viernes desde las 05: 00 p.m hasta las 08:30 p.m, ambos inclusive. Carnaval: El niño pasara Dos (02) días con su padre desde el sábado a las 09: 00 a.m hasta el domingo a las 9:00 a.m y el lunes desde las 09:00 a.m hasta el martes a las 09:00 a.m. Semana Santa: Los días de semana santa el niño permanecerá con su padre dos (02) días el sábado a las 09:00 a.m hasta el domingo a las 9:00 a.m y desde el lunes a las 09:00 a.m hasta el martes a las 09:00 a.m. Diciembre: El niño pasara este año 2013 los días veinticuatro (24) y veinticinco (25) de Diciembre con su padre, el día Treinta y Uno (31) y el Primero (01) de enero con su madre, alternándose los siguiente años. Con respecto a viajes fuera de la ciudad de Cumana la madre CASTILLO RAIZA MARIA se compromete en otorgar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes, al padre el ciudadano GARCIA ANIBAL RAFAEL, para viajar con el niño por un periodo de tiempo no mayor de un mes. -Las partes intervinientes acuerdan que el presente documento sea enviado al Juez de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para la Homologación, a los fines de que surta los mismos efectos que una sentencia definitiva.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los trece (13) días del mes de mayo de 2013.- Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

LA JUEZA


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 9:30 p.m.



La Secretaria





MEG/mjz