REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 14 DE MAYO DE 2013
203º y 154º


Visto el escrito anterior, constante de cuatro (04), folios contentivo de demanda de RECURSO DE INVALIDACION, y los recaudos acompañados, interpuesto por la ciudadana DAMARYS VILLARROEL FERGUSSON, titular de la cedula de identidad Nº V-3.013.071, parte demandada; debidamente asistida por el Abogado en ejercicio y de este domicilio MARCOS J. SOLIS SALDIVIA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.655, Désele entrada y anótese en los libros respectivos. El Tribunal actuando con competencia en materia Civil la admite por cuanto la misma, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley. En consecuencia, se ordena el emplazamiento mediante boleta al ciudadano ELOY JOSE MARCANO LEON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.688.075, respectivamente; para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación aquí ordenada, en las horas comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a objeto de que den contestación al recurso de invalidación interpuesto. Compúlsense copias certificadas del escrito por medio del cual se interpuso el recurso de invalidación y hágansele entrega al ciudadano Alguacil para que de cumplimiento a lo acordado. Líbrese boleta de citación. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto separado.
LA JUEZA PROVISORIO,

ABOG. MARÍA DE LOS ANGELES ANDARCIA



EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABOG. ALEJANDRO SUCRE

Exp. Nº 7026-09
MDLAA/Asucre.-