REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 10 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2013-000152
ASUNTO : RP01-D-2013-000152

Realizada como ha sido en el día de hoy, diez (10) de mayo de Dos Mil Trece (2013), la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE DETENIDOS, en la causa Nº RP01-D-2013-000152, iniciada en contra de la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
El tribunal deja constancia que la presente causa proviene del Tribunal Quinto de Control de la Sección Penal Ordinaria, en virtud de declinatoria de competencia emanada de ese Despacho, en fecha 10-05-2013. Se verificó la presencia de las partes y se dejó constancia que comparecieron la Fiscal Sexta del Ministerio Público, ABG. ROSMERY RENGIFO; la Defensora Pública Segunda de la Sección Adolescentes, ABG. BEATRIZ PLÁNEZ DE LA CRUZ; y la adolescente de autos, previo traslado desde el CICPC.

Se impuso a la adolescente del motivo del acto y del derecho de hacerse asistir por abogado de su confianza, manifestando no contar con defensor de su confianza, por lo que este Tribunal en aras de garantizar el derecho a la defensa, le designó a la Defensora Pública Segunda de la Sección Adolescentes, ABG. BEATRIZ PLÁNEZ DE LA CRUZ, quien estando presente en la Sala de audiencias, aceptó el cargo recaído en su persona y se impuso de inmediato del contenido de las actuaciones. Se impuso a la adolescente del motivo del acto y dio inicio al mismo, con las formalidades de Ley.

EXPOSICIÓN DE LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Se le concedió la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, quien expuso: “Coloco a la disposición de este Tribunal, a los fines de ser individualizada como imputada, a la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien fuera aprehendida en el Estado Nueva Esparta, junto con otros ciudadanos adultos, en virtud de los hechos ocurridos en fecha 06 de mayo de 2013, aproximadamente las 09:00 horas de la mañana, cuando los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx(víctimas) se trasladaron hasta la ciudad de Cumaná, a realizar la compra de unos vehículos toyota en vista que su amiga de nombre Keyssi José Patiño López, le había manifestado conocer a una persona quien tenia contacto directo con el gerente de la Planta Toyota de nombre Miguel Cabbavet, una vez en la referida ciudad se trasladaron hasta el Aeropuerto a encontrarse Keyssi José Patiño López, una vez ubicado en el Aeropuerto Keyssi José Patiño López, recibe una llamada donde le informan que el ciudadano de nombre xxxxxxxxxxxxquien es el chofer dexxxxxxxxxxxxx, los iba a esperar en el Centro Comercial Marina Plaza, luego se trasladaron hasta el referido Centro Comercial, una vez ubicado en el centro Comercial específicamente en la parte de la salida de los vehículos, se montó en el vehículo un ciudadano de nombrexxxxxxxxxxxxxxx, posteriormente se trasladaron hasta la planta ensambladora de la TOYOTA, una vez ubicado en la entrada de la empresa TOYOTA, observaron una Patrulla perteneciente a la Policía del Estado Sucre, hay el ciudadano ANTONIO realiza una llamada, informando que se encontraba estacionado en las afuera de la empresa esperando el acceso para entrar a la planta al finalizar la llamada de pronto el ciudadano ANTONIO saco un arma de fuego tipo REVOLVER y bajo amenaza de muerte pidió a sus victimas que bajaran los vidrios del vehículo, siendo abordados por dos sujetos desconocidos portando armas de fuegos tipos revolver y bajo amenaza los pasaron a los puesto de atrás, llevándolos a una vivienda desconocida, luego de mantenerlos encerrados en un cuarto uno de los sujetos le solicito al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxemitiera un cheque por la cantidad de 1.200.000,00 Bolívares, luego en horas de la tarde del día 07, se escucha llegar una moto a la vivienda donde llega un ciudadano, donde los sujetos que se encontraban en la vivienda lo llamaban por el apodo “EL PATRON” quien se acercó y manifestó que el dinero del cheque no se ha hecho efectivo en la cuenta, que los liberarían el día 08-05-2013 en horas de la mañana cuando el dinero se halla hecho efectivo, luego el día 08-05-2013 llega nuevamente EL PATRON en horas de la mañana y se llevan al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxx, donde le quitan un cheque y lo obliga que lo firme y lo dejo en blanco. En este mismo orden de ideas los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, adscritos a la División Nacional Contra la Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la Sub Delegación de Cumaná realizaron las siguientes labores de investigación: se pudo verificar que el ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxx, se le pregunto, ¿a nombre de quien realizo el cheques, que les entrego a los ciudadano que los tenía en cautiverio? Respondiendo, que realizo un cheque de cuenta corriente del Banco Caribe por la cantidad 1200.000.00 Bolívares a nombre dexxxxxxxxxxxxxxx, según lo depositarían en una Agencia del Banco Banesco, por lo que el Inspector Jefe Hugo Lobaton Jefe de Investigaciones (E) de la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, se comunicó vía telefónica con el ciudadano Dagoberto DAGOBIEL Gerente de Seguridad del Banco Banesco Región Oriental, quien luego de una breve espera informo que efectivamente, de la cuenta corriente 011401511715108466652 del Banco Bancaribe a nombre del ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, fue realizado el día 06/05/2013, un depósito de un cheque por la cantidad de 1.200.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340526305263027967, del Banco Banesco, a nombre del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de la cual realizaron la cantidad de ocho (08) trasferencias electrónicas de los siguientes montos: 1.-) 40.000.00 Bolívares, 2.-) 30.000.00 Bolívares, 3.-) 25.500.00 Bolívares, 4.-) 25.500.00 Bolívares, 5.-) 29.500.00 Bolívares, 6.-) 29.500.00 Bolívares, 7.-) 12.000.00 Bolívares y 8.-) 337.500.00 Bolívares, para un total de 529.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340055510551081724 del Banco Banesco a nombre del ciudadano JOSE GREGORIO SUAREZ, quienes fueron contactados por los ciudadanosxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, para realizar las referidas transacciones bancarias. En virtud de los hechos narrados y los elementos cursantes en el expediente, esta Fiscalía procede a imputarle a la adolescente de autos, los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículo 3 de la Ley Contra la Extorsión y Secuestro, en concordancia con el artículo 11 de la misma ley, toda vez que se evidencia de las actas, que al momento de la detención de la adolescente, la misma se realiza en virtud que la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxmanifestó que los cheques que portaba, se los suministró la adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien a su vez, manifestó que los cheque se los había entregado su concubino de nombrexxxxxxxxxxxxxxxxx, quien de acuerdo a las actas del expediente, se encuentra recluido en el Internado Judicial de San Antonio, Estado Nueva Esparta y a nombre quien fue realizado un cheque por la cantidad de mil doscientos bolívares fuertes, proveniente del secuestro realizado al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxARA; INCREMENTO PATRIMONIAL, previsto en el artículo 24 de la Ley Contra la Extorsión y Secuestro, toda vez que de acuerdo a lo antes narrado la adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxx, obtuvo un incremento patrimonial de manera indirecta proveniente de la perpetración de un delito; LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previsto en el artículo 35, numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en virtud que de acuerdo a lo manifestado por la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxx, los cheques que poseía le fueron entregados por la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxquien inicialmente era la poseedora de los cheques, así mismo al presumirse que la misma se encuentra incursa en el delito de complicidad de secuestro, ésta se encontraba encubriendo el origen de los bienes producto del secuestro, por otro lado la adolescentexxxxxxxxxxxxxx, al poseer los cheques producto del ilícito penal, los mantenía en resguardo y custodia, siendo éstos bienes provenientes de actividades ilícitas y ASOCIACIÓN, previsto en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, con respecto a este delito, dicha adolescente, al encontrarse presuntamente incursa en los delitos antes señalados y por ende a las personas antes señaladas, presuntamente forma parte de un grupo de delincuencia organizada, tomando en consideración especialmente el delito de secuestro y legitimación de capitales; en perjuicio de los ciudadanosxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Por todo lo antes expuesto, solicito en este acto, se decrete la DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la adolescente de autos, conforme a los artículos 628, parágrafo 2, literal A de la LOPNNA, en relación con el artículo 559 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; se continúe la causa por el procedimiento ordinario y se califique la aprehensión del adolescente en flagrancia, de conformidad con el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Igualmente solicito que se remitan las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, a los fines de continuar con las investigaciones. Es todo”.
DECLARACIÓN DE LA IMPUTADA
Una vez escuchado lo manifestado por la representante del Ministerio Público, la juez impuso a la imputada del precepto constitucional contenido en el numeral 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 8 del Pacto de San José y 133 del Código Orgánico Procesal Penal, que los exime de declarar en causa penal seguida en su contra y si desea declarar lo hará sin coacción o apremio, con el entendido, que su declaración es un medio para su defensa, manifestando la adolescente querer declarar, exponiendo: “Mi esposo me había comentado que iba a vender una casa en Maracaibo, y que le iban a depositar el dinero, el miércoles cuando llego a la visita, estamos en una bodega que el tiene y el subió a su cuarto y yo me quedó abajo en el negocio con su mamá, nos dejó un rato solas, y me dijo que subiera con él luego regresamos acompañamos a su mama hasta la puerta del Internado, regresamos otra vez al negocio porque había dejado un ticket que a nosotros nos dan cuando ingresamos al Internado y yo lo había dejado en el negocio, luego que agarre mi ticket me salí del Internado, salí hasta la calle agarre mi teléfono, mi monedero, mi suegra me estaba esperando con mi suegro para acompañarme al Terminal, luego que los deje me fui al C.C. Galería Center, cuando estaba en el centro comercial Elly me llama y me dice que vaya a buscar a xxxxxxxxxxen el Banesco de Villa Rosa, yo llamo al señor xxxxx, el taxista y le digo que me venga a buscar, me fue a buscar y le digo al papa de mi hijo que Fanny no me contestaba el celular, yo seguí y cuando llego a buscar a Fanny estaba ella con dos señores del CICPC, y fue cuando me dijeron que le entregara mi teléfono, los teléfonos de todos, nos llevaron al CICPC de Porlamar y ahí nos reseñaron y nos dijeron que estábamos por el delito de secuestro. Es todo”.

Fue interrogada por la representante del Ministerio Público: ¿Diga Ud., como se llama su esposo? CONTESTO. HELY MONTERO. ¿Lo que acabas de narrar que fuiste a la bodega de tu concubino cuando fue? El día miércoles 08-05-13, como a eso de las 10:00-11:00 de la mañana. ¿A qué hora saliste de allí? CONTESTO: Como a las 2:43 de la tarde. ¿Antes del día 08 cuando fue la ultima vez que visitaste tu concubino? CONTESTO: El día domingo cinco. ¿Cuál es el vínculo que te une con Fanny? CONTESTO Ella me rentó una habitación en su casa. ¿Cuanto pagas de alquiler allí? CONTESTO 1.600 bolívares. ¿Estabas al día en el pago del alquiler? CONTESTO: Este mes nos habíamos atrasado. ¿Conoces a un ciudadano de nombre JOSE GREGORIO SUAREZ? CONTESTO: No. ¿Fuiste a buscar a xxxxxxxxxal Banco para que? CONTESTO: el papá de mi hijo me dijo que la fuera a buscar porque estaba cobrándole el dinero de la casa. ¿Qué ibas a hacer tú con xxxxxxxxxxxsi ella estaba cobrando un dinero de su casa? CONTESTO: El papá de mi hijo me dijo ve a buscar a xxxxxxxxxxque esta cobrando los cheques de la casa ¿Tu esposo está preso? CONTESTO: Si ¿Cómo tu esposo sabe que xxxxxxxxxxxxxxestaba cobrando unos cheques de la casa? CONTESTO: No se, él me dijo que la había llamado y ella le dijo que estaba cobrando los cheques de la casa ¿De que casa estas hablando? CONTESTO. De una casa que tenemos en Maracaibo y había puesto en venta. ¿Fanny iba a comprar esa casa? CONTESTO: No. ¿Si ella no iba a comprar la casa, para qué iba a cobrar un dinero de la casa? CONTESTO: No se, el me dijo que le había entregado unos cheques a ella o se los había dejado fuera del Internado no se ¿Te dijo cuando le dejó esos cheques? CONTESTO: al rato que yo salí de allá ¿Y cuándo fue que te dijo que la fueras a buscar? CONTESTO. Como a las 3:30 de la tarde de ese mismo día ¿Tienes conocimiento con quien le dejaron a ella esos cheques? CONTESTO: No. ¿Al llegar al Banesco de Villa Rosa, xxxxxxxxxxxxxxestaba dentro del banco o fuera del banco? CONTESTO: Fuera del banco ¿Estaba sola o acompañada? CONTESTO: Con dos agentes del CICPC. ¿Cuando saliste del Internado, a dónde te dirigiste? CONTESTO: hacia el Terminal de pasajeros, a dejar a mis suegros ¿A que hora más o menos llegaste al Terminal? CONTESTO: como a las 3:00 de la tarde. ¿Recuerda a que hora llegaste al Banesco? CONTESTO: como a las 4:00 de la tarde. ¿Tienes conocimiento si xxxxxxxxxxxxllegó a cobrar alguno de estos cheques? CONTESTO No, no tengo conocimiento. ¿En algún momento llegaste a tener conocimiento quien fue la persona a quien tu esposo le dejó los cheques? CONTESTO: no ¿Tienes conocimiento a que hora xxxxxxxxxxxxxretiró los cheques? CONTESTO: No tampoco, no se. ¿Tienes conocimiento si los retiró ese mismo día CONTESTO: Creo que sí, porque él me dijo que ese mismo día, ella había pasado buscando los cheques. ¿Tienes conocimiento si xxxxxxxxxxxvisitaba a Hely? CONTESTO: No. No hizo mas preguntas.

Fue interrogada por la Defensora Pública Segunda Penal, ABG. BEATRIZ PLÁNEZ DE LA CRUZ: ¿Diga Ud., si le entregó los cheques que su concubino giró a nombre de la señoraxxxxxxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: No. ¿Quién se los entregó? CONTESTO: Él me dijo que ella los había pasado buscando por el Internado. ¿Cuando te detuvieron tenías la cédula? CONTESTO: Sí. No hizo más preguntas.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
Se le concedió el derecho de palabra a la Defensora Pública, quien expuso: “Solicito libertad sin restricciones para mi representada, toda vez que la misma fue puesta a la orden de este Tribunal, habiendo transcurrido mas de 24 horas siguientes a su aprehensión policial, contraviniéndose así, lo dispuesto en el artículo 557 y 559 de la LOPNNA, específicamente transcurrieron cincuenta horas y diez minutos, desde que fue aprehendida por funcionarios del CICPC, en la isla de Margarita, Estado Nueva Esparta, lo cual se evidencia del acta de investigación penal cursante a los folios 156, 157 y 158 de la primera pieza del expediente, en la cual se deja expresa constancia que mi defendida fue detenida siendo las 3:00 de la tarde, del día 08-05-2013, así mismo puede observarse en el comprobante de recepción de un asunto nuevo que el mismo fue recibido ante la jurisdicción especializada, siendo las 5:10 de la tarde, del día 10-05-2013, y lo mas grave que puede observarse en el acta de investigación in comento, es que cuando la adolescente fue identificada al vuelto del folio 157, se observa claramente que se determina que tiene 17 años de edad, así mismo en el acta de investigación cursante al vuelto del folio 162 del expediente, el CICPC, vuelve a identificar a mi auspiciada como “La adolescente” que es natural de Barquisimeto Estado Lara, de 17 años de edad, en razón de lo cual mi defendida debió ser puesta a la orden de un Tribunal con competencia en el sistema penal de responsabilidad del adolescente y no ante un tribunal penal ordinario, también puede observarse al folio 166 del expediente, que los derechos que le fueron leídos a mi representada, fueron los contenidos en el artículo 64 de la LOPNNA, lo que confirma mas que los funcionarios actuantes tenían pleno conocimiento de la cualidad de adolescente de mi representada, incurriendo los mismos en una privación ilegitima de libertad, como consecuencia de haberla puesto a la orden de una fiscalía con competencia en delitos comunes, avalando la fiscalía primera del Ministerio Público, la detención ilegitima de mi representada, porque de las mismas actas se desprende que es adolescente y en lugar de remitirla a la fiscalía sexta, la presenta ante un tribunal de Control Ordinario. Para que el supuesto negado que este Tribunal niegue la libertad sin restricciones, solicito la imposición de una medida Cautelar Sustitutiva, prevista en el artículo 582 de la LOPNNA, toda vez que no está acreditada en las actas cursantes al expediente, que mi representada haya participado de manera accesoria en el delito de secuestro, toda vez que no se configura ninguna de las acciones típicas previstas en los artículos 3 y11 de la ley Contra la Extorsión y el Secuestro, porque no está demostrado en el expediente, específicamente, lo que ha calificado el Ministerio Público como facilitador en la consumación del secuestro, así mismo, no se ha consumado en la presente causa el delito de incremento patrimonial, toda vez que no está demostrado cómo, de manera indirecta, se incrementó el patrimonio de mi representada, toda vez que los cheques en cuestión no están a su nombre, ni han sido emitidos por ella, ni tampoco los poseía al momento que le fueron incautados a la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxxx. Tampoco está demostrado el delito de legitimación de capitales, porque el dicho de la coimputadaxxxxxxxxxxxxxxxx, no está corroborado con la declaración de alguna otra persona que pueda constatar que mi representada le entregó a esta señora los cheques. No está demostrado que los cheques estuvieran en resguardo y custodia de mi representada, los cheques los poseía la señoraxxxxxxxxxxxxx, al momento de su detención, quien ha manifestado en la audiencia de presentación de detenidos en la causa N°. RP01-P-2013-002541, que los cheques le fueron entregados por el señorxxxxxxxxxxxxxxx, para cubrir una deuda que éste tiene con ella por concepto de alquiler de una habitación. Tampoco está demostrado en la presente causa el delito de asociación, toda vez que como se dijo anteriormente, no está demostrado la participación en el delito de secuestro, mal puede imputársele a mi representada en delito de Asociación, que es un delito accesorio. Es todo”.

PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
El Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, pasó a emitir su pronunciamiento, en los términos siguientes:
PRIMERO: De las actuaciones que conforman el presente expediente, se desprende la comisión de un hecho punible de fecha reciente, el cual no se encuentra evidentemente prescrito, ya que los mismos ocurrieron en fecha 06 de mayo de 2013, aproximadamente las 09:00 horas de la mañana, cuando los ciudadanosxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx) se trasladaron hasta la ciudad de Cumaná, a realizar la compra de unos vehículos toyota en vista que su amiga de nombrexxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, le había manifestado conocer a una persona quien tenia contacto directo con el gerente de la Planta Toyota de nombrexxxxxxxxxxxxx, una vez en la referida ciudad se trasladaron hasta el Aeropuerto a encontrarsexxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, una vez ubicado en el Aeropuerto xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, recibe una llamada donde le informan que el ciudadano de nombre xxxxxxxxxxxxquien es el chofer dexxxxxxxxxxxxxxx, los iba a esperar en el Centro Comercial Marina Plaza, luego se trasladaron hasta el referido Centro Comercial, una vez ubicado en el centro Comercial específicamente en la parte de la salida de los vehículos, se montó en el vehículo un ciudadano de nombre xxxxxxxxxxxxxxxxxposteriormente se trasladaron hasta la planta ensambladora de la TOYOTA, una vez ubicado en la entrada de la empresa TOYOTA, observaron una Patrulla perteneciente a la Policía del Estado Sucre, hay el ciudadano xxxxxxxxxxxxxrealiza una llamada, informando que se encontraba estacionado en las afuera de la empresa esperando el acceso para entrar a la planta al finalizar la llamada de pronto el ciudadano xxxxxxxxxsacó un arma de fuego tipo REVOLVER y bajo amenaza de muerte pidió a sus víctimas que bajaran los vidrios del vehículo, siendo abordados por dos sujetos desconocidos portando armas de fuegos tipos revolver y bajo amenaza los pasaron a los puestos de atrás, llevándolos a una vivienda desconocida, luego de mantenerlos encerrados en un cuarto uno de los sujetos le solicito al ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, emitiera un cheque por la cantidad de 1.200.000,00 Bolívares, luego en horas de la tarde del día 07, se escucha llegar una moto a la vivienda donde llega un ciudadano, donde los sujetos que se encontraban en la vivienda lo llamaban por el apodo “EL PATRON” quien se acercó y manifestó que el dinero del cheque no se ha hecho efectivo en la cuenta, que los liberarían el día 08-05-2013 en horas de la mañana cuando el dinero se halla hecho efectivo, luego el día 08-05-2013 llega nuevamente EL PATRON en horas de la mañana y se llevan al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, donde le quitan un cheque y lo obliga que lo firme y lo dejo en blanco. En este mismo orden de ideas los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, adscritos a la División Nacional Contra la Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la Sub Delegación de Cumaná realizaron las siguientes labores de investigación: se pudo verificar que el ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, se le pregunto, ¿a nombre de quien realizo el cheques, que les entrego a los ciudadano que los tenía en cautiverio? Respondiendo, que realizo un cheque de cuenta corriente del Banco Caribe por la cantidad 1200.000.00 Bolívares a nombre dezxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, según lo depositarían en una Agencia del Banco Banesco, por lo que el Inspector Jefe Hugo Lobatón Jefe de Investigaciones (E) de la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, se comunicó vía telefónica con el ciudadano Dagoberto DAGOBIEL Gerente de Seguridad del Banco Banesco Región Oriental, quien luego de una breve espera informo que efectivamente, de la cuenta corriente 011401511715108466652 del Banco Bancaribe a nombre del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, fue realizado el día 06/05/2013, un depósito de un cheque por la cantidad de 1.200.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340526305263027967, del Banco Banesco a nombre del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxx, de la cual realizaron la cantidad de ocho (08) trasferencias electrónicas de los siguientes montos: 1.-) 40.000.00 Bolívares, 2.-) 30.000.00 Bolívares, 3.-) 25.500.00 Bolívares, 4.-) 25.500.00 Bolívares, 5.-) 29.500.00 Bolívares, 6.-) 29.500.00 Bolívares, 7.-) 12.000.00 Bolívares y 8.-) 337.500.00 Bolívares, para un total de 529.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340055510551081724 del Banco Banesco a nombre del ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quienes fueron contactados por los ciudadanosxxxxxxxxxxxxxxxxx, para realizar las referidas transacciones bancarias.
SEGUNDO: De la revisión efectuada a la presente causa, se observa que constan los siguientes elementos de convicción, para estimar la participación o autoría del adolescente de autos, en el hecho investigado por el Ministerio Público, los cuales son los siguientes: ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA OCHO (8) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013).-a la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxquien deja constancia de lo siguiente: “Resulta que a mediados del mes de febrero del año en curso, recibo un mensaje de un número desconocido, exponiendo una información del seguro social a nombre de una mujer, a quien no recuerdo el nombre, luego le respondí que estaba equivocado, al pasar los días recibo una llamada del mismo número, pero al contestar escucho una persona con tono de voz masculina, diciéndome que se había equivocado y la información que envió anteriormente era para una señora, además, diciendo que era confidencial, identificándose como Cristian Peláez, luego comenzamos a intercambiar mensajes, por cuanto le comente que tenía dos familiares con una enfermedad, entonces manifestó que podía ayudarme y solicitar una ayuda o indemnización para cubrir sus tratamientos, pero necesitaba entregarle la cantidad de 6.000 bs., por introducir los documentos e iniciar el expediente y 1.000 bs., para la evaluación del médico forense, con su respectivo informe. Posteriormente, le envié todos los requisitos a su correo electrónico IVSS¬_69@hotmail.com, asimismo, en fecha 09-04-2013, le realice una transferencia a la cuenta de ahorros número 0052553108 (Banco Mercantil), a nombre de un ciudadano de nombre Reinaldo Rojas, indicando que era analista del seguro social, quien realizaría los trámites para no dirigirme a la ciudad de Caracas y que los días 14 de cada mes, se actualizarían los datos en el sistema interno del seguro social, además, los datos saldrían en la prensa a partir del 14 de mayo del año en curso. Pasó como un mes esperando la confirmación del proceso del expediente, pero siempre decía que me informaba cuando aprobarían el caso de mis primos; luego antes de las elecciones del mes de abril, me llamó vía telefónica preguntándome si lo llame de un teléfono fijo, ya que no tenía ese número registrado, le indique el número de la oficina, entonces dijo que no lo volviera a llamar a ese, dándome un número nuevo que lo grabara; desde allí empezó a comentarme que tenía una amigo de nombrexxxxxxxxxxx, quien es gerente de producción de la empresa Toyota de Venezuela, su secretaria de nombre Evelia Ramos, además, reveló el número de la oficina 0293-400.86.96, como su número celular, pero no lo recuerdo, su correo Etoyotadevenezuelar@Gmail.Com, diciéndome que me comunicara a su celular porque la central era muy difícil conseguirla. Realice varias llamadas a la central telefónica, pero no pude comunicarme, decidiendo a efectuar la llamada al supuesto Kabbabe, establecida la comunicación me indicó los pormenores de la adquisición de un vehículo Toyota, aduciendo que por la venta que realizará me ganaría la cantidad de 20.000 mil bolívares de comisión, de igual forma, su secretaria estará en contacto conmigo. En vista de esa conversación, hable con el señorxxxxxxxxxxxxxx, quien es compañero de trabajo, este a su vez, hablo con un tío de nombre xxxxxxxxxxxxxxxxy estuvieron de acuerdo para realizar una negociación, luego que le manifesté al supuestoxxxxxxxxxxxx, entonces envió a mi correo por medio de su secretaria una lista de precios de las camionetas, le reenvié los datos del señorxxxxxxxxxx, acotando que aumentaron de precio. Enseguida Orlando averiguo por sus propios medios, corroborando que los precios suministrados eran correctos. En fecha 30-04-2013, nos dio una cita, pero no pudo atendernos supuestamente porque había una huelga de trabajadores de Toyota en la ciudad de Caracas. Luego quedamos en vernos el día 02-05-2013, el señor xxxxxxxxxxlo mandaron al centro Comercial Marina Plaza, pero dijo que no podía atendernos porque el Ministro de Energías y Minas “Rafael Ramírez”, iba visitar la empresa, cosa curiosa que sabían todos los movimientos, porque efectivamente en el aeropuerto de Cumaná ese día estaba tomada por varios organismos de seguridad, por la visita del ministro; allí fue cuando concretamos para otro día, luego no mantuve comunicación con el supuesto xxxxxxxxxxxxentonces xxxxxxxxxxxxcuando me llamó dijo que había conversado con él en caracas y se pusieron de acuerdo. El día 06-05-2013, en horas de la recibo una llamada telefónica del número de Cristian, diciéndome que tenía tiempo que no comía arepas pelada en Cumaná, le envié todos los datos del vehículo donde nos trasladábamos, diciendo que me enviarían al chofer de xxxxxxxxxxxxxxxa buscarnos; cuando nos encontramos en el aeropuerto Antonio José de Sucre – Cumaná, nuevamente me llama Cristian expresando que el supuesto chofer de nombrexxxxxxxxxxx, se encontraba en el centro comercial Marina Plaza, decidimos dirigirnos hasta allá en el vehículo marca Ford, modelo FX4, color negro, desconozco más detalles, propiedad del señor xxxxxxxxxxxxPresentes en el estacionamiento, entra a mi celular una llamada del supuestoxxxxxxxxxxxx, quien estaba en la entrada, adyacente a la garita, señalando que esta vestido con una franela alusiva a Toyota, lo vimos se acercó u identificó y solicitó que deberíamos ir a la empresa. Al llegar a la entrada de la Toyota, observe que estaba estacionada una patrulla de la policía municipal del estado, como a tres vehículos de nosotros, sintiéndome más tranquila, de repente, el supuesto xxxxxxxxxxsacó un arma de fuego, nos amenazó le dijo al señor xxxxxxxxxquien manejaba y xxxxxxxxxxxxque se colocaran en el asiento trasero, se montan consecutivamente cada uno con un arma de fuego en sus manos, entré en shock, rápidamente arrancó la camioneta con dirección a Cantarrana, pero al levantar la mirada pude ver el auto motel Mediterráneo, desde ese lugar tardamos entre 5 y 8 minutos recorriendo, hasta llegar a la casa donde nos mantuvieron secuestrados, nos quitaron los teléfonos, carteras y pertenencias, de igual forma, un arma de fuego a xxxxxxxxxxxxxal mismo tiempo separan al señor xxxxxxxxxxxxde nosotros, luego en horas de la tarde cuando estamos en la misma habitación, nos dijo que emitió unos cheques del banco del Caribe, por la cantidad de 1.200 a los sujetos. Nos mantuvieron hasta el día de hoy 08-05-2013, a las 12:15 horas de la tarde aproximadamente, luego que hicieron efectivo el deposito del cheque en el Banco Banesco, asimismo, su retiro. Al salir de la casa donde nos tenían, tardamos como 10 minutos desde el lugar hasta donde nos liberaron, específicamente cerca de la bloquera, ubicada a 150 metros del módulo policial en la entrada de San Juan – avenida Cancamure, Autopista Antonio José de Sucre. Algo que me causó nuevamente curiosidad, fue que pedimos agua en una casa cercana, luego que nos retirábamos en el taxi, llegó una patrulla de la policía municipal a preguntarle alguna cosa a la señora, nos pusimos nerviosos y le dijimos al chofer que se fuera rápido. Porque constantemente los sujetos que nos tenían en cautiverio, amenazaban con matarnos si fueranos a la policía, que ellos tenían contacto con el gobierno y si nos veían salir de la policía nos iban a dar tiros, es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR LA ENTREVISTA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrados? CONTESTO: “El día 06-05-2013, a las 10:30 horas de la mañana, me captaron desde el Centro Comercial Marina Plaza, avenida Perimetral, luego me llevaron frente a la empresa Toyota, avenida Rotaria, posteriormente nos mantuvieron en el interior de una casa, ubicada en esta ciudad, Estado Sucre, liberándome el día de hoy 08-05-2013, a las 12:15 horas de la tarde aproximadamente.” SEGUNDA: ¿Diga usted, conocía de vista trato y comunicación a los ciudadanos que se identificaron comoxxxxxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO:”El único que observe fue el supuesto Antonio, los demás los conocí por vía telefónica”. TERCERA: ¿Diga usted, a que se dedica su persona? CONTESTO: “Docente y analista para créditos hipotecarios, como vendedora de bienes inmuebles” CUARTA: ¿Diga usted, lograron despojarla de alguna pertenencia? CONTESTO: “Quitaron mi cartera, contentiva de documentos mercantiles, personales, teléfono celular, marca Nokia, color dorado, signado con el número 0412-190.89.08, además, una agenda con todos mis contactos”. QUINTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los números telefónicos de los ciudadanos identificados comoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “No recuerdo los números telefónicos, ya que estaban grabados en el celular que me despojaron.” SEXTA: ¿Diga usted, logró observar las características fisonómicas, vestimenta de los sujetos que la captaron frente a la empresa Toyota, como el ciudadano identificadoxxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “El supuesto Antonio, era de piel oscura, contextura gruesa, con barriguita, de 1.72 metros de estatura aproximadamente, cabello malo bajito, de 34 años aproximadamente, exhibía una camisa color azul cielo, gorra gris claro, alusiva a la empresa Toyota, zapatos deportivos color negro, otro tenía una franela marca adidas, color blanco, pero no pude detallar más porque me pusieron unos parchos en los ojos.” SEPTIMA: ¿Diga usted, pudo observar las características de las patrullas de la policía, al momento de su captura como la liberación?. CONTESTO:”Cuando nos agarraron observe una patrulla, no me fije su color, con su coctelera y anti motín, ya que tenía protegida los vidrios traseros, la que vi al liberarnos es color gris plata, alusivas a la policía municipal, que apareció de la nada, es más un señor que me auxilio de la bloquera pregunto que si habíamos llamado a la policía porque llego enseguida”. OCTAVA: ¿Diga usted, resultó lesionada? CONTESTO:”No”. NOVENA: ¿Diga usted, observó que los sujetos poseían algún vehículo automotor? CONTESTO:”No, pero cuando los sujetos decían que llegaba el patrón, se paraban rápidamente y escuchaba el sonido de una moto grande llegar”. DECIMA: ¿Diga usted, logró escuchar el dialecto del supuesto Cristian, Kabbabe, demás sujetos que participaron u mantuvieron en cautiverio? CONTESTO: ”El supuestoxxxxxxxxxxxxxx, hablaba cumanés, xxxxxxxxxxhablaba caraqueño, los demás como colombianos, decían supuestamente que eran de San Cristobal”. UNDECIMA: ¿Diga usted, se siente en la capacidad de realizar un retrato hablado?. CONTESTO: “Únicamente con las características del supuesto Antonio”. DECIMA SEGUNDA: ¿Diga usted, de volver a ver a los sujetos los reconocería? CONTESTO: “No sabría decir”. DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, durante los días que la mantuvieron en cautiverio los sujetos al comunicarse vía telefónica se nombraron entre si por algún nombre o apodo? CONTESTO: “Una sola vez, escuche que llego una persona fuera de la casa y gritoxxxxxxxxxxxx”, presumiendo que estaba viéndolo”. DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna persona se percató cuando los sujetos irrumpieron en el vehículo y se los llevaron? CONTESTO: “No vi, pero si estaban varias personas y carros estacionados en el lugar”. DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si los sujetos despojaron de alguna pertenencia o dinero a los ciudadanosxxxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “Al señor xxxxxxxxxxxxle quitaron su reloj, tarjetas, chequeras, a su vez, le cobraron varios cheques, comento que le habían realizado varias compras porque le quitaron su cedula, a Orlando le quitaron un arma de fuego, desconociendo más detalles”. DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, recuerda las características del lugar y/o constitución del inmueble donde la mantuvieron en cautiverio? CONTESTO: “Una casa con una fachada de baldosas texturizadas, color gris, tenía un escalón pronunciado al entrar, con dos habitaciones, en su interior dos habitaciones, paredes frisadas de color verde claro y el vehículo cuando se estaciono estaba una inclinación, lo que si recuerdo es que al entrar a la casa era más bajo que el nivel de la acera, primero venia un baño, luego dos escalones, a la derecha estaban las dos habitaciones”. DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos que la mantuvieron en cautiverio se encontraban portando armas de fuego? CONTESTO: “Estaban manipulando armas de fuego”. DECIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee documentación que certifique la preexistencia de los documentos señalados en su exposición? CONTESTO: “Poseo copias de la proforma, correo electrónico de la transferencia, copia de la lista de precios, las cuales deseo consignar (EL RECEPTOR DEJA CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO LO ANTES CITADO DE MANOS DE LA ENTREVISTADA)”. DECIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, sospecha de alguna persona como posible participe o autor del hecho que se investiga? CONTESTO: “No”. VIGESIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación a los ciudadanosxxxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “El señor xxxxxxxxxxlo conocí desde muy poco tiempo, a través de xxxxxxxxxxxxxxquien es compañero de trabajo”. VIGESIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si algún familiar recibió o mantuvo comunicación con los sujetos? CONTESTO: “Nunca”. VIGESIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento a que se dedica el ciudadanoxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “Tiene una tienda de pinturas en la ciudad de Anaco”. VIGESIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, pudo observar las características de las armas de fuego que portaban los sujetos? CONTESTO: “Eran color negro, pero xxxxxxxxxxxxxme dijo que eran tipo revolver, ya que no conozco de armas”. VIGESIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuando es liberada logro observar las características del vehículo donde se desplazaban? CONTESTO: “No, porque me aseguraron las vendas en los ojos”. VIGESIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuando se encontraba en cautiverio escuchaba algún ruido en particular? CONTESTO: “Escuchaba algunos niños jugar en el pasillo y el ruido de los aviones”. VIGESIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee documentación de las pertenencias que le fueron despojadas? CONTESTO: “Ahora no las poseo, luego las consignare”. VIGESIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del número de cuenta del banco mercantil? CONTESTO: “Cuenta de ahorros número 0068389043”. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL: de fecha 08 de mayo de 2013, suscrita por xxxxxxxxxxxxxxxadscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, quien deja constancia de lo siguiente: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales números k-13-00174-01383 iniciada por uno de los delitos Contra El Secuestro y la Extorsión, donde figura como víctimas los ciudadanos:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, del cual tiene conocimiento el abogado Álvaro Arnoldo Caicedo Chaparro Fiscal Provisorio Segundo del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Realizando labores referentes al servicio, una vez liberado el ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, se le pregunto, ¿a nombre de quien realizo el cheques, que les entrego a los ciudadano que los tenía en cautiverio? Respondiendo, que realizo un cheque de cuenta corriente del Banco Caribe por la cantidad 1200.000.00 Bolívares a nombre dexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, según lo depositarían en una Agencia del Banco Banesco, por lo que el Inspector Jefe Hugo Lobaton Jefe de Investigaciones (E) de la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, se comunicó vía telefónica con el ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxGerente de Seguridad del Banco Banesco Región Oriental, quien luego de una breve espera informo que efectivamente, de la cuenta corriente 011401511715108466652 del Banco Bancaribe a nombre del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, fue realizado el día 06/05/2013, un depósito de un cheque por la cantidad de 1.200.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340526305263027967, del Banco Banesco a nombre del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de la cual realizaron la cantidad de ocho (08) trasferencias electrónicas de los siguientes montos: 1.-) 40.000.00 Bolívares, 2.-) 30.000.00 Bolívares, 3.-) 25.500.00 Bolívares, 4.-) 25.500.00 Bolívares, 5.-) 29.500.00 Bolívares, 6.-) 29.500.00 Bolívares, 7.-) 12.000.00 Bolívares y 8.-) 337.500.00 Bolívares, para un total de 529.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340055510551081724 del Banco Banesco a nombre del ciudadano JOSE GREGORIO SUAREZ. Una vez obtenida dicha información me dirigí hasta el Sistema de Información e Investigación Policial (SIIPOL), con la finalidad de identificar y verificar los posibles registros policiales o solicitudes que pudieran presentar los ciudadanos en referencia, por lo que luego de una breve espera se pudo constatar, al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxante el enlace CICPC-SAIME, le corresponde los siguientes datos:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien presenta un registro policial según causa K12-0103-01550 de fecha23/05/2012, por la Sub. Delegación Porlamar, por el delito de Droga y al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxante el enlace CICPC-SAIME, le corresponde los siguientes datos:xxxxxxxxxxxxxxxxx, quien no presenta registros policiales ni solicitud alguna. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL: de fecha 08 de mayo de 2013, suscrita por YORMAN AGUSTIN PEREZ adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, quien deja constancia de lo siguiente: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales números k-13-00174-01383 iniciada por uno de los delitos Contra El Secuestro y la Extorsión, donde figura como víctimas los ciudadanos:xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, del cual tiene conocimiento el abogado Álvaro Arnoldo Caicedo Chaparro Fiscal Provisorio Segundo del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Realizando labores referentes al servicio, una vez liberado el ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, se le pregunto, ¿a nombre de quien realizo el cheque, que les entrego a los ciudadano que los tenía en cautiverio? Respondiendo, que realizo un cheque de cuenta corriente del Banco Caribe por la cantidad 1200.000.00 Bolívares a nombre dexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, según lo depositarían en una Agencia del Banco Banesco, por lo que el Inspector Jefe Hugo Lobaton Jefe de Investigaciones (E) de la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, se comunicó vía telefónica con el ciudadano Dagoberto DAGOBIEL Gerente de Seguridad del Banco Banesco Región Oriental, quien luego de una breve espera informo que efectivamente, de la cuenta corriente 011401511715108466652 del Banco Bancaribe a nombre del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, fue realizado el día 06/05/2013, un depósito de un cheque por la cantidad de 1.200.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340526305263027967, del Banco Banesco a nombre del ciudadano HELI RAMON MONTERO LEON, de la cual realizaron la cantidad de ocho (08) trasferencias electrónicas de los siguientes montos: 1.-) 40.000.00 Bolívares, 2.-) 30.000.00 Bolívares, 3.-) 25.500.00 Bolívares, 4.-) 25.500.00 Bolívares, 5.-) 29.500.00 Bolívares, 6.-) 29.500.00 Bolívares, 7.-) 12.000.00 Bolívares y 8.-) 337.500.00 Bolívares, para un total de 529.000.00 Bolívares, a la cuenta corriente 01340055510551081724 del Banco Banesco a nombre del ciudadano JOSE GREGORIO SUAREZ. Una vez obtenida dicha información me dirigí hasta el Sistema de Información e Investigación Policial (SIIPOL), con la finalidad de identificar y verificar los posibles registros policiales o solicitudes que pudieran presentar los ciudadanos en referencia, por lo que luego de una breve espera se pudo constatar, al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxante el enlace CICPC-SAIME, le corresponde los siguientes datos: xxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxquien presenta un registro policial según causa K12-0103-01550 de fecha23/05/2012, por la Sub. Delegación Porlamar, por el delito de Droga y al ciudadano JOSE GREGORIO SUAREZ ante el enlace CICPC-SAIME, le corresponde los siguientes datos:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien no presenta registros policiales ni solicitud alguna. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL: de fecha 08 de mayo de 2013, suscrita por YORMAN AGUSTIN PEREZ adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, quien deja constancia de lo siguiente: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales números K-13-00174-01383, iniciada por uno de los delitos Contra El Secuestro y la Extorsión, donde figura como víctimas los ciudadanos:xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quienes hasta la presente hora y fecha aún se encuentran en cautiverio, del cual tiene conocimiento el abogado Álvaro Arnoldo Caicedo Chaparro Fiscal Provisorio Segundo del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Vista y leída el Acta de Investigación Penal suscripta por el Detective Jefe Deivy Alexander Rojas, de fecha 08 de Mayo del 2.013, donde plasma un análisis telefónico, logrando determinar que los abonados 0424-8730709, donde figura como titular de la línea el ciudadano ANTONIO SUAREZ, titular de la cédula de identidad V-14.559.367, y 0424-8701906, donde figura como titular el ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxx, fueron utilizados en la presente causa, la cual le realizaban llamadas telefónicas al abonado 0412-1908908, (móvil que portaba la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx), manifestándole ser personas que laboraban en el Instituto Venezolano de Seguro Social, luego de una serie de conversaciones dichos sujetos manifiestan conocer al gerente de producciones de vehículos automotor Toyota, ubicada en la ciudad de Cumana, estado Sucre, y que los mismos podían gestionarle para la adquisición de los mismos. Evidenciando que los prenombrados números telefónicos también fueron utilizados como medio de comisión para captar a las víctimas en las actas procesales K-13-00174-01314, iniciada por este despacho por unos de los delitos Contemplados en la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, donde figura como víctima los ciudadanos, xxxxxxxxxxxxxxxxxx, quienes se encuentran privados de libertad. Seguidamente procedí a verificar en el Sistema de Investigación e información Policial a fin de verificar los posibles registros policiales o solicitudes alguna que puedan poseer por ante algún organismo policial de los ciudadano:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, donde luego de una breve espera se pudo constatar que ante el enlace CICPC-SAIME, le corresponde los siguiente datos:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, no presenta ningún registro ni solicitud alguna.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, no presenta ningún registro ni solicitud alguna. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxno posee registro policial ni solicitud alguna. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL: de fecha 08 de mayo de 2013, suscrita por Detective Jefe ROJAS Deivy, adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la Sub. Delegación Cumana Estado Sucre, quien deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha, siendo las 08:00 horas de la mañana, comparece por ante este despacho el funcionario, adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro de este Cuerpo Policial, en comisión de servicio en la Subdelegación Cumaná, quien de conformidad con los artículos 110°, 112°, 169° y 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica Para El Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y El Servicio de Medicina y Ciencias Forenses, se deja constancia escrita de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales K-13-0174-01383, sustanciadas por uno de los delitos tipificados en la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, se recibe mediante correo electrónico contrasecuestroyextorsioncicpc@gmail.com, de la empresas de telecomunicaciones Movilnet, Movistar y Digitel, Datos filiatorios, celdas de ubicación geográficas, relaciones de llamadas entrantes y salientes de los números telefónicos 0414-0834502, 0416-3876397, 0412-19098908, donde de forma inmediata procedí a realizar un minucioso análisis con la finalidad de determinar algún cruce de llamadas entre dichos abonados, donde se puede apreciar que el abonado 0412-1908908, figura como titular el ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxx, (móvil que porta la ciudadana PATIÑO KEYSSI, víctima de la presente causa), sostiene un cruce de llamadas con los abonados: 1) 0424-8730709, perteneciente al ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con un total de (33) treinta y tres mensajes de texto entrantes y salientes, (20) veinte llamadas entrantes y salientes, entre los días 02-03-2013. 2) 0424-8701906, perteneciente al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx7, con un total de (46) mensajes entrantes y salientes, (17) diecisiete llamadas telefónicas, desde el 26-02-2013, hasta el 02-05-2013. 3) 0414-0834502, perteneciente al ciudadano YSIDRO FARIAS, titular de la cédula de identidad V- 5.700.297, con un total de (69) sesenta y nueve mensajes de texto entrantes y salientes, (33) treinta y tres llamadas telefónicas entrantes y salientes, desde el 29-04-2013, hasta el 06-05-2013. 4) 0424-1811549, perteneciente al ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con un total de (05) cinco llamadas entrantes y salientes, en fecha 06-05-2013. Así mismo se pudo denotar que este último número telefónico sostiene una comunicación con los abonados a) 0414-0834502, (arriba mencionado) con un total de (29) veintinueve llamadas telefónicas entrantes y salientes, en fecha 06-05-2013. b) 0424-8132005, (aun por identificar), con un total de (30) treinta llamadas telefónicas entrantes y salientes desde el 02-05-2013. c) 0416-3876397, perteneciente al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxcon un total de (73) setenta y tres llamadas telefónicas entrantes y salientes desde el 02-05-2013, hasta el 05-05-2013, (17) diecisiete mensajes de texto entrantes y salientes desde el 02-05-2013, hasta el 04-05-2013. De igual forma este ultimo abonado sostiene un cruce de llamadas telefónicas con el abonado 0414-7951124, (aun por identificar), con un total de (10) diez llamadas telefónicas, desde el 05-04-2013, hasta el 05-05-2013, (08) mensajes de texto, entrantes y salientes desde el 16-04-2013, hasta el 06-05-2013. Determinando que entre los prenombrados números telefónicos sostuvieron un cruce de tráfico de mensajes de texto, llamadas entrantes y salientes, con mayor relevancia para las fechas 05-05-2013 y 06-05-2013.ACTA DE ENTREVISTA del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxde fecha 08 de mayo de 2013, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, en la cual deja constancia de lo siguiente “Bueno, resulta que mi esposa de nombre xxxxxxxxxxxxtiene una oficina en el mini centro comercial NOELIA BLON, ubicado en la avenida Blanco Fombona, sector el mercado, al lado de SUPER CARNE de esta Ciudad, donde se encarga de asesorías financieras, y a principio del mes pasado ella recibió una llamada telefónica, desconozco de que número la llamaron pero era un señor que se identifico como xxxxxxxxxxxxxxy le dijo que trabajaba en el seguro social en la Ciudad de Caracas y que tenía contactos para la compra de vehículos TOYOTA, directamente de la planta y que si estaba interesada en ese negocio para que se ganara una comisión de 10% por cada vehículo vendido y mi esposa accedió a lo pautado, ella enseguida le comunico al abogado que trabaja con ella lo que le estaban proponiendo y el abogado llama a un tío que es de Anaco para informarle y el señor le dijo que estaba interesado en comprar una camioneta, ellos en todo ese tiempo se mantuvieron en contacto y el supuesto xxxxxxxxxxxxxle mando una lista de precios a su correo electrónico, ella quedo en un acuerdo con xxxxxxxxxxxxxpara hacer la negociación el día martes 30 de Abril que el señor que estaba interesado iba a venirse de Anaco para Cumaná y xxxxxxxxxxxle dijo a mi esposa que el señorxxxxxxxxxxxxxx, quien supuestamente era el jefe de producción la llamaría, horas después ella recibe una llamada del supuestoxxxxxxxxxxxxxx, diciéndole para hacer todo el día martes 30 de Abril. Ese día llegó el señor que estaba interesado en la compra de dos camionetas FORTUNER, de nombre xxxxxxxxxxxxxy se reunió con mi esposa, y a tempranas horas de la mañana ella se comunica con el supuesto señor xxxxxxxxxxxxxxquien le dice que le iba a mandar al chofer para que la buscara, pero nunca llegó el chofer y el señor xxxxxxxxxxxxxdecidió irse para Anaco, y como a eso de las nueve de la noche el señor xxxxxxxxxxxllama a mi esposa para preguntarle como había salido el negocio y ella le dijo que nunca la fueron a buscar, que el negocio se había caído y él le dijo que para dejar el negocio para el día Jueves 02 de Mayo, mi esposa llama al señor xxxxxxxxxxxxxxel día primero de Mayo y le informa para que se viniera a Cumaná el día 02 de Mayo para realizar la negociación. El día 02 mi esposa se reunió con el señor xxxxxxxxxxxxxxxdesde las 9 de la mañana en el aeropuerto, pero se quedaron esperando a que llegara la gente como hasta las 05 de la tarde, a mi esposa la llama una muchacha que manifestó ser la secretaria del señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxy le dijo que no la han podido atender porque el señor KABBABE se encontraba en una reunión y mi esposa se fue para la casa y el señor LUIS YEGRES se regresó a Anaco. El día viernes tres el señor xxxxxxxxxxxxxxxxuelve a llamar a mi esposa y le dice que se trasladaría a Cumaná el día Sábado, pero el día sábado la llama a su teléfono en horas de la noche y le dijo que no pudo viajar porque tenía una reunión, pero que llegaría el día Domingo para reunirse todos el día Lunes con el señorxxxxxxxxxxxxxxxxxx, mi esposa llamó al señor LUIS YEGRES y le dice para que se viniera a Cumaná el día Lunes temprano que ahora si se realizaría la negociación, el día de ayer Lunes el señor xxxxxxxxxxxxxxxllama a mi esposa como a las siete de la mañana y le dice que ya estaba en Cumaná, que iba a salir a desayunar con unos amigos y se encontrarían como a las 8 de la mañana y mi esposa sale temprano de mi casa diciéndome que al medio día se iba para la clínica a agarrarle una cita a nuestra hija, ya como a las 12 del medio día la llamé para ver si había agarrado la cita y ella me dijo que no había ido porque todavía estaban haciendo el negocio, yo tuve que irme con mi hija al médico porque ella me escribe a mi teléfono y me dice que los dejaron para atenderlos de último, pero que al salir se trasladaría a la clínica, al salir de la clínica con mi hija me doy cuenta que ella aún no había llegado y comienzo a llamarla y es que me dice que se tenía que ir para Anaco porque allá se haría el pago, yo le forme un problema porque le decía que esos pagos se hacen por internet, pero ella solo me decía “papi no puedo hablar, cuídame a mi hija”, luego le escribía mensajes como hasta las 5 y 40 de la tarde y nada que me respondía y en horas de la noche la comencé a llamar y siempre tenía el teléfono apagado, hasta el día de hoy en la mañana que fui para su oficina a preguntar si había ido a trabajar y me informaron que no y es cuando decido venir a PTJ a formular la denuncia y hasta la presente hora no he tenido comunicación con ella, es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL DENUNCIANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, cuál es el número telefónico de su esposa KEYSSI PATIÑO? CONTESTO: “Su número es 0412-1908908” SEGUNDA: ¿Diga Usted, anteriormente la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxha salido de su casa sin avisar? CONTESTO: “Nunca, siempre está en la casa, lo mas tarde que llega es siete de la noche, y las veces que sale siempre está en contacto telefónico en donde esté” TERCERA: ¿Diga Usted, llegó a conocer a la persona que se identificó como CRISTIAN? CONTESTO: “No, nunca” CUARTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento de que correo electrónico le fue enviada la lista de precios a su esposa? CONTESTO: “No sé” QUINTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de cuál es el número telefónico de las personas que se identificaban comoxxxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “No, nunca vi de donde la llamaban” SEXTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de cuántas personas se reunieron con su esposa el día lunes 6 de Mayo? CONTESTO: “Bueno, imagino que el señorxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, y presumo que también el abogado que trabaja con ella, pero no sé su nombre” SEPTIMA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento de los números telefónicos del señor xxxxxxxxxxxy el abogado que labora con su esposa? CONTESTO: “No, no los tengo” OCTAVA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento si su esposa llegó a reunirse con el sujeto de nombre xxxxxxxxxxxxxxxxdías antes de la supuesta negociación? CONTESTO: “No, ella no lo conocía.” NOVENA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento si su esposa tiene movimientos constantes en cuentas bancarias? CONTESTO: “No, simplemente el sueldo de un educador, y comisiones que gana cuando vende viviendas y son comisiones de 20.000 Bs maximo” DECIMA: ¿Diga Usted, los datos filiatorios de la ciudadana KEYSSI PATIÑO? CONTESTO: “xxxxxxxxxxxxxxxxxxx”. DECIMA PRIMERA: Diga Usted, tiene conocimiento si dicha ciudadana se ha comunicado con alguien de la familia?. CONTESTO: “Si, ella llamó el día de hoy a su hermana de nombre KENIA PATIÑO y le dijo que ella estaba bien, que estaba en Anaco y que no estén yendo a PTJ que ella estaba bien y regresaría a la casa mañana, pero enseguida apagó el teléfono y no se ha comunicado conmigo”. DECIMA SEGUNDA: Diga Usted, posee fotografía de la ciudadanaxxxxxxxxxxx? CONTESTO: “Si, en este momento la consigno (EL DESPACHO DEJA CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO DE MANOS DEL DENUNCIANTE LA FOTOGRAFIA DE LA CIUDADANA xxxxxxxxxxxDECIMA TERCERA: Diga Usted, donde puede ser ubicada la ciudadanaxxxxxxxxxxx?. CONTESTO: “En mi casa o por medio de mi persona”. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 08 de mayo de 2013 del ciudadano ORLANDO GARCIA los demás datos a reserva del Ministerio Publico, en la cual deja constancia de lo siguiente. “Resulta que llevo aproximadamente ochos años conociendo a la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, la conocí cuando era trabajadora del Banco Mercantil, establecimos una amistad, luego al transcurrir el tiempo recibo una llamada dexxxxxxxxxxxxx, donde informar que hay una persona que la contacto de nombre xxxxxxxxxxxxxque le manifestó que tenía contacto con el ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien es el gerente de la Empresa Toyota de Cumana Estado Sucre, luego xxxxxxxxxxxxxxme manifiesta si estaba interesado en adquirir un vehículo marca TOYOTA, mi persona le informo que consiguiera los precios, porque me comunicaría con mi tío xxxxxxxxxxxxxxpara ofrecerle los vehículos, luego que sostuve comunicación con mi tío y le informe de los precios de los vehículos, el me manifestó que estaba de acuerdo y interesado en comprar un vehículo, luego me comunico nuevamente con xxxxxxxxxxxy le informe que mi tío xxxxxxxxxxxxxxestaba interesado y quería comprar un vehículo, a transcurrir dos días xxxxxxxxxxxxse comunica con mi persona y me informa que necesito el RIF y la cedula de identidad de mi tíoxxxxxxxxxxxxxxx, porque el carro se encontraba disponible y se necesitaba esa documentación para realizar la factura, nuevamente me comunico con mi tío le informo y luego le envió el RIF y la cedula de mí tío al correo electrónico dexxxxxxxxxxxx luego xxxxxxxxxxxxxme manifiesta que mi tío tenía que estar el día 30-04-2013 aquí en Cumana Estado Sucre, donde nos íbamos a ver en el Centro Comercial Marina Plaza, una vez ubicado en la instalaciones del Centro Comercial en compañía de mi tío y su cónyuge xxxxxxxxxxxxxxxxxy de su choferxxxxxxxxxxxxxxxx, recibo llamada telefónica de parte dexxxxxxxxxxxxx, informando que en la empresa TOYOTA hubieron problemas con el señor xxxxxxxxxxxxxxy no iban a despachar vehículos ese día, luego mis tío y sus acompañante se retiran para ANACO ESTADO ANZOATEGUI, luego me llama xxxxxxxxxxxy me informo que me tío se viniera nuevamente el día jueves 02-05-2013 que sería el día que le entregarían el vehículo y siendo el mismo punto de encuentro el Centro Comercial Marina Plaza, una vez que nos vimos con xxxxxxxxxxxxxen el centro Comercial mi tío le manifiesta que desea adquirir otro vehículo, por lo cual xxxxxxxxxxse comunica con xxxxxxxxxxxxxxy este le indica que no hay ningún problema pero que le realizaría la entrega de los vehículos a las dos horas de la tarde de ese día, nuevamente nos volvimos a ver a las dos y media horas de la tarde en el Centro Comercial Marina Plaza, luego xxxxxxxxxxx no logro tener más comunicación conxxxxxxxxxxxxx, por lo cual no trasladamos hacia el Aeropuerto de esta ciudad, con la finalidad de esta más cerca de la Planta de empresa TOYOTA, donde siendo las cinco y media horas de la tarde mi tío y sus acompañantes se devuelven para ANACO, luego el día domingo 05-05-2013, me envía un mensaje de texto la ciudadana xxxxxxxxxxxxxinformándome que la había sostenido comunicación con xxxxxxxxxxxxxxxxy que vendría a cumana para que el ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxnos entregaran los vehículos, ya que xxxxxxxxxxxxxtenia desconfianza, nuevamente me comunique con mi tío y le informe que se viniera a Cumana y estuviera a las nueves horas de la mañana el día 06-05-2013, para realizar la factura de los vehículos, porque se le iba hacer entrega de los vehículos, nuevamente mi tío se viene a Cumana y nos encontráramos en el parador Turístico los Coctelitos, donde nos fuimos para el Aeropuerto a vernos conxxxxxxxxxxxxx, una vez ubicado en el Aeropuerto xxxxxxxxxxxxxrecibe una llamada donde le informan que el ciudadano de nombre ANTONIO quien es el chofer dexxxxxxxxxxxxxxxxxxx, nos iba esperar en el Centro Comercial Marina Plaza, luego nos fuimos al referido Centro Comercial, una vez ubicado en el centro Comercial específicamente en la parte de la salida de los vehículos, se montó en el vehículo de nosotros el ciudadano de nombre xxxxxxxxxxxxxxen ningún momentos no dijo su nombre completo, luego nos fuimos para la planta ensambladora de la TOYOTA, una vez ubicado en la entrada de la empresa TOYOTA nos estacionamos detrás de una Patrulla perteneciente a la Policía del Estado Sucre, hay el ciudadano xxxxxxxxxxxxxrealiza una llamada, informando que se encontraba estacionado en las afuera de la empresa esperando el acceso para entrar a la planta al finalizar la llamada de pronto el ciudadano ANTONIO saco un arma de fuego tipo REVOLVER y bajo amenaza de muerte me pidió que bajara el vidrio del vehículo, luego nos abordaron dos sujetos desconocidos portando armas de fuegos tipos revolver y bajo amenaza nos pasaron los puesto de atrás y nos pedían que bajáramos la cabeza que no le viéramos el rostro y el copiloto le pedía al chofer que siguiera la patrulla que se encontraba estacionada delante del vehículo de nosotros, luego nos llevaron a un rumbo desconocidos, donde nos bajaron a una vivienda la cual no logre ver su entradas ni su infraestructuras ya que tenía los ojos vendados, luego nos encerraron en un cuarto y unos de ellos se llevaron a mi tío xxxxxxxxxxxxxxxxxdonde despojan a mi tío de un cheque por la cantidad de 1.200.000,00 Bolívares y se llevan a mi tío LUIS para otra habitación y a xxxxxxxxxxla llevan para el cuarto donde me encontraba y en hora de la noches me pasaron para el cuarto donde estaba mi tío y el día 07-05-2013 en horas de la mañana, nos pasaron para el otro cuarto donde pasábamos todo la mañana con los ojos vendados esperando que nos liberaran, luego en horas de la tarde se escucha llegar una moto a la vivienda donde llega un ciudadano, donde los sujetos que se encontraban en la vivienda lo llamaban por el apodo “EL PATRON” luego este se acercó al cuarto donde nos encontrábamos y nos manifestó que puede liberarnos por que el dinero del cheque no se ha hecho efectivo en la cuenta, que no iban a liberar el día 08-05-2013 en horas de la mañana cuando el dinero se halla hecho efectivo, luego el día 08-05-2013 llega nuevamente EL PATRON en horas de la mañana y se llevan a mi tío donde le quitan un cheque y lo obliga que lo firme y lo dejo en blanco, nuevamente lo devuelven a la Habitación, de pronto en horas de la tardes se escuchó llegar un vehículo y nos montaron en la parte de atrás y dos sujetos en la parte de adelante, luego nos dejaron en la Autopista Antonio José de Sucre a la altura de la Charas, cuando estábamos ubicado hay nos dijeron que simuláramos que estuviéramos conversando hasta que ellos se fueran y que a cincuenta metros de lado derecho iban a dejar la camioneta de mi tío con las llaves en la Guantera, nosotros simulamos lo que ellos nos pidieron y como pudimos nos quitamos los parchos que teníamos colocados en los ojos, verificamos para ver si se encontraba la camioneta y no estaba luego veo pasar a un amigo quien nos llevó hacia el Hotel Los Bordones, es todo” SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA DE LA SIGUIENTE FORMA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha de los hechos que narra? CONTESTÓ: “Esto ocurrió el 06 de mayo del año 2.0113, en hora de la mañana nos llevaron de la empresa TOYOTA ubicada en esta ciudad.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características del ciudadano antes mencionado como ANTONIO? CONTESTÓ: “De contextura regular, piel Morena, cabello Negro, cara Lisa, de 40 a 45 años edad, en el momento que se acercó a vehículo poseía uniforme de la empresa TOYOTA y una GORRA, su acento era Cumanés, primera vez que tengo un encuentro con esa persona, solo nos dijo su nombre ANTONIO” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de las armas de fuego utilizadas por los Autores del Hecho? CONTESTÓ: “Eran tres revolver de color negro”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, los ciudadanos se llegaron a llamar por algún nombre o Seudónimo? CONTESTÓ: “Si, se llamaron por los sobrenombre EL YONNY, EL OJON, EL CARACAS Y EL PATRON” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de los sujetos que los interceptaron en la empresa TOYOTA? CONTESTO: “Eran de contextura Gruesa, piel Blanca ambos tenían Gorras y uno vestido pantalón Blue Jean con suerte Deportivo y zapatos deportivos y el otro de Blue Jean, Suerte Deportivo y Zapatos Deportivos , ambos de 22 a 30 años su acento eran Caraqueños”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos autores del hecho lo llegaron agredir físicamente? CONTESTO: “No en ningún momento”. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cuantas personas se encontraban en la vivienda donde los tenían en cautiverio? CONTESTO: “Aproximadamente de a cinco a seis personas, todos hombres y a veces llegaba una mujer con unos niños, pero cuando ella se encontraba en la vivienda nos mandaban a hacer silencio y en el cuarto siempre nos cuidada dos hombres armados y un señor mayor de edad de 50 a 55 años de baja estatura, contextura delgada y de acento cumanés era quien no llevaba al baño, en una de las habitaciones cuando no estaba ciudadano unos de los sujetos en un descuido logre ver que en la parte de la correa tenía una Chapa de Color Amarrillo y Plateado y suerte de color Rojo”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento, si anteriormente había ocurrido un hecho similar en esta ciudad? CONTESTO: “No es la primera vez que me ocurre esto.” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce usted a los ciudadanos antes mencionados de nombre xxxxxxxxxxxxxxxxxxCONTESTO: “No, solo se sus nombres porque lo mencionabaxxxxxxxxxxxxx, que era xxxxxxxxxxxxxel que es gerente de la empresa TOYOTA y CRISTHIAN es de Caracas”. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona logro ver alguna característica de la vivienda donde lo mantenían en cautiverio? CONTESTO: “la vivienda está compuesta por su entrada por un pasillo de piso pulido y cuando estábamos en horas de la mañana en el primer cuarto su techo era de Zinc con Cielo rasó, paredes frisadas de color Azul y una de color Vino tinto su puerta era de madera, una cama matrimonial y tenía un aire acondicionado tipo Ventana, había un porta retrato una foto de una niña aproximadamente 12 años edad y en el segundo cuarto su techo era de Platabanda de color Blanco, dos camas matrimoniales y un closet al lado derecho una puerta de madera, paredes blancas, un aire acondicionado tipo ventana y en hora de la noche nos cuidaban varios sujetos armados” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que vehículo se trasladaron hacia la empresa TOYOTA? CONTESTO: “Una camioneta marca FORD, modelo F-150, color BLANCO, desconociendo mas característica de la misma, dicho vehículo pertenece a mi tíoxxxxxxxxxxxxxxxx”. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona logro ver el vehículo el cual lo trasladaron hacia la Autopista? CONTESTO “Si, una camioneta marca TOYOTA, modelo TERIOS, de color OSCURO, no logre ver más característica del vehículo, nos dejaron en la Autopista Antonio José de Sucre a la altura de la Charas y se baja uno de la camioneta nos dice un sujeto que simulemos como si estuviéramos hablando y que la camioneta de mi Tío xxxxxxxxxxxxla iban a cincuenta metros del lado derecho luego llega una moto pequeña y se retira el otro sujeto, en ese momento caminamos a ver si se localizaba la camioneta mi tío xxxxxxxxxxxxxpero no logramos conseguirla en ese momento iba pasando un ciudadano quien nos iba a llevar hacia el Hotel Los Bordones, en el momento que iba arrancando el vehículo se acercó una unidad marca TOYOTA, modelo TACOMA, color GRIS, perteneciente a la POLICIA DEL ESTADO SUCRE”. DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona tiene el conocimiento si la vivienda se encontraba en algún terreno baldío o zona montañosa? CONTESTO: “Era en una zona residencial, ya que la carretera se encontraba pavimentada y cuando no ingresaron a la vivienda logre caminar sobre una aceras luego en horas de la mañana se escuchaban animales en el patio”. DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, sus familiares lograron a cancelar alguna cantidad de dinero por la liberación de sus personas o acompañantes? CONTESTO: “No, ellos solamente querían el dinero el cual mi tío tenia para la compra de la camioneta” DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en los días que se encontró en cautiverio logro tener comunicación algunos de sus familiares? CONTESTO: “Bueno mi persona en ningún momento logro hablar con algún familiar, pero mi tío LUIS y KEISY le colocaban un teléfono celular y a su vez lo apuntaban con un arma de fuego para que hablara y simularan que todo se encontraba bien”. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 08 de mayo de 2013 suscrita por los funcionarios LUIS YEGRES, los damos datos se reserva del Ministerio Publico, quien deja constancia de lo siguiente: “Resulta que el dia lunes 06-05-2013, nos trasladamos hacia esta ciudad en compañía de mi padre xxxxxxxxxxxxxy de mi hermanaxxxxxxxxxxxxxxxxx, con el fin de adquirir dos vehículos marca TOYOTA, modelo FORTUNNER, una vez ubicado en esta ciudad, fuimos recibo por mi primo ORLANDO MARFISI, quien nos iba a guiar en esta ciudad, luego nos trasladamos hacia el aeropuerto de esta ciudad a fin de ubicar a la ciudadxxxxxxxxxxxxx, quien es la ciudadana que realizo en enlace para la compra de los vehículos, una vez ubicado en la instalaciones del aeropuerto la ciudadana xxxxxxxxxxxxxnos manifestó que tenía que ir a Centro Comercial Marina Plaza, a fin de conocer y entrevistarnos con los ciudadanos que nos realizarían la venta de los vehículos, una vez ubicado en el Centro Comercial, xxxxxxxxxxxxxxxrecibe una llamada telefónica de unos de los sujetos vendedores, donde les informaron que para entrar a la planta ensambladora de la TOYOTA, solamente tenia la autorización para tres personas, que teníamos que esperar dentro del vehículo a unos ciudadanos que vendrían vestido con uniforme de la TOYOTA, luego una persona se acerca a vehículo en cual nos encontrábamos nosotros un ciudadano portando uniforme de la empresa automotriz TOYOTA, por tal motivo, mi persona y mi hermana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxnos bajamos del vehículo, luego el carro donde se encontraba mi progenitor LUIS, mi primoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, se retiro hacia la salida del centro comercial luego lo perdimos de vista y desconociendo su rumbo, luego en horas de la tarde mi hermana xxxxxxxxxxxxxxxrecibe una llamada de nuestro padre informando que buscarnos un Hotel porque el negocio se iba a tardar hasta el siguiente día, luego en horas de la noche nuevamente mi padre xxxxxxxxzllama a mi hermano y le indico que estaba compartiendo unos tragos con el Gerente de la Toyota, nosotros nos encontrábamos en el Hotel esperando a nuestro padre, el día 06-05-2013, en horas de la mañana mi hermano sostiene comunicación nuevamente con mi padre y le informo que estaba bien que había dormido en un chinchorro y que a las onces horas de la mañana le entregaban los vehículos luego que el cheque se hiciera efectivo, siendo las onces y media hora de la noche nuevamente recibo una llamada de mi padrexxxxxxxxxxx me manifestó que nos quedáramos tranquilos que a las cuatros horas de la tardes le entregaban la camionetas, a transcurrir la tarde siendo las seis horas de la tarde mi hermana Liza recibí nuevamente una llamada de nuestra padre xxxxxxxxxxque buscara nuevamente hospedaje que el se encontraba tomando en una licorería de la Hermana dexxxxxxxxxx, nosotros le informamos que nos iríamos al lugar donde el se encontraba, mi padre se negaba porque era un lugar muy peligroso, por lo cual nuevamente buscamos un hotel en esta ciudad, luego aproximadamente a las onces horas de la noche mi hermana recibe una llamada de parte, de mi hermana LISETTE YEGRES, quien le informo que nuestros padre y las demás personas se encontraban secuestrados, Es todo” SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA DE LA SIGUIENTE FORMA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha de los hechos que narra? CONTESTÓ: “Esto ocurrió el 06 de mayo del año 2.013, en lugar y hora imprecisa” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce usted de vista, trato y comunicación con la ciudadana antes mencionada como KEISY PATIÑO? CONTESTÓ: “No, ella fue el enlace para la compra de las camionetas la conocimos a través de nuestro primo Orlando.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, las caracterices fisionómicas los sujetos mencionados como vendedores? CONTESTÓ: “No logre verlos ya que en ningún momento se acercaron al vehículo donde nosotros nos encontrábamos”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee los números telefónicos de los cuales recibía las llamadas de su progenitor? CONTESTÓ: “No, ya que mi padre llamaba al teléfono de mi hermana.” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, por cuanto fue la compra de los vehículos? CONTESTO: “se realizaron dos cheques, uno por la cantidad de 1.200.000,00, del Banco Caribe a nombre de ELI MONTERON LEON, luego otro cheque de 120.000 del Banco Caribe se dejo en blanco”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, a recibido alguna llamada telefónica exigiendo alguna cantidad de dinero por la liberación de los ciudadanos hoy secuestrado? CONTESTO: “No, en ningún momento”. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, ha sostenido comunicación nuevamente con su progenitor? CONTESTO: “Si la última llamada que recibí fue del teléfono mi padre que es el numero 0424-817-99-10 y del 0426-583-62-12 ”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento, si anteriormente había ocurrido un hecho similar? CONTESTO: “No es la primera vez que ocurre esto.” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona sospecha de alguna persona en particular como autora del hecho que narra? CONTESTO: “No de nadie”. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, que vehículo fue utilizado por sus persona para movilizarse en esta ciudad? CONTESTO: “No en taxi”, Asimismo consigno en este acto, actuaciones complementarias relacionadas al vaciado de información de los teléfonos celulares de los imputados de autos.
TERCERO: Que el hecho investigado, se encuentra dentro de la gama de delitos que ameritan como sanción la privación de libertad, conforme a lo previsto en el artículo 628 parágrafo segundo, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
CUARTO: A criterio de esta juzgadora, existen en actas elementos suficientes para presumir la participación o autoría del adolescente de autos en el hecho investigado por el Ministerio Público; por lo que lo procedente es decretar la detención, tal y como fuera solicitado por la representante del Ministerio Público; además, considera esta juzgadora, que pudiera existir riesgo que el adolescente pueda evadir el proceso u obstaculizar las pruebas, dada la sanción que pudiera llegarse a imponer; por lo que este Tribunal considera procedente declarar con lugar lo solicitado por la representante del Ministerio Público y en consecuencia, decretar la DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxpara garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. A los fines de tomar dicha decisión, se ha tomado en consideración: a) La Entidad del Daño causado, dado que se le investiga por los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, INCREMENTO PATRIMONIAL, LEGITIMACIÓN DE CAPITALES y ASOCIACIÓN; cuya pre-calificación alega la representante del Ministerio Público y comparte esta juzgadora; b) La aplicación de los principios Fumus Bonis Iuris y el Periculum in Mora, los cuales privan para la aplicación de la medida Cautelar prevista en el Artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
QUINTO: con respecto a lo solicitado por la defensa pública, en el sentido que se le decrete la libertad sin restricciones a su defendida, ya que la misma fue puesta a la orden de este Tribunal, habiendo transcurrido más de 24 horas siguientes a su aprehensión policial, contraviniéndose así, lo dispuesto en los artículos 557 y 559 de la LOPNNA, específicamente transcurrieron cincuenta horas y diez minutos, desde que fue aprehendida por funcionarios del CICPC, en la isla de Margarita, Estado Nueva Esparta; este Tribunal lo declara sin lugar, ya que la presente causa tiene su origen en una orden de aprehensión emanada del Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, por vía excepcional, en fecha 08-05-2013 y ratificada en fecha 08-05-2013 y acordada por el Tribunal en fecha 09-05-2013, tal como se evidencia a los folios 42 al 52 de la segunda pieza procesal de la presente causa; siendo colocada a la orden del Tribunal Quinto de Control, en el día de hoy, y habiendo manifestado ésta que era adolescente, fue colocada a la orden de este Despacho, en el día de hoy, por parte del mencionado Juzgado, en virtud de declinatoria de competencia en arzón de la materia especial de la cual se trata; de conformidad con el artículo 65 del COPP; siendo recibidas las presentes actuaciones, dentro de las 24 horas que pauta el artículo 559 de la LOPNNA; por lo que no se configura la privación ilegítima de libertad de la cual habla la defensora pública; y así se decide. Igualmente se declara sin lugar lo solicitado por la defensa, en el sentido que se le decrete a su defendida, una medida Cautelar Sustitutiva, de las previstas en el artículo 582 de la LOPNNA, toda vez, uno de los delitos por los cuales está siendo investigada, se encuentra dentro de la gamma de delitos que a tenor de lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo literal “A” de la LOPNNA; ameritan como sanción la privación de libertad; tal como lo es, el delito de Secuestro en Grado de Complicidad.
SEXTO: En cuanto a la solicitud fiscal, en el sentido que se continúe la causa por el procedimiento ordinario, se decrete la aprehensión en flagrancia y se remita la causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público; este Tribunal decreta la aprehensión en flagrancia de la adolescente de autos, se acuerda continuar la causa por el procedimiento ordinario y se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, a los fines que continúe con las investigaciones.

DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR lo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, y decreta la Detención Judicial Preventiva de libertad, en contra de la adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxx, manifiesta no saber el apellido, residenciada en La Urb. Maneiro, Las Palmas 01, Town house Nº. 15, Pampatar, Isla de Margarita, Estado Nueva Esparta; teléfono 04145682022 (teléfono de su progenitora); por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículo 3 de la Ley Contra la Extorsión y Secuestro, en concordancia con el artículo 11 de la misma ley; INCREMENTO PATRIMONIAL, previsto en el artículo 24 de la Ley Contra la Extorsión y Secuestro; LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previsto en el artículo 35, numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y ASOCIACIÓN, previsto en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxy EL ESTADO VENEZOLANO; a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557, 559 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele porque no se vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que pudieran figurar, ya sea en calidad de víctima o acusado, mediante la publicación de su identidad; ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Boleta de detención y oficio al Comisario Jefe del CICPC. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación, conforme al procedimiento ordinario. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL. SECCIÓN ADOLESCENTES,

ABG. IVETTE FIGUEROA BAPTISTA



LA SECRETARIA,

ABG. MARY CRUZ SALMERÓN