REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 14 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-005097
ASUNTO : RP01-P-2008-005097

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: WILLIAMS JOSÉ ROJAS.
Por cuanto se recibió en este despacho solicitud de cómputo actualizado de la pena impuesta, todo ello a favor del penado WILLIAMS JOSÉ ROJAS, cédula de identidad N° 20.125.704, de 21 años de edad, nacido en fecha 29-01-88, hijo de Yusmelys Cova y Pablo Rojas, residenciado en Cariaco, calle Las Flores, al lado de la Plaza Congresillo, Municipio Ribero del Estado Sucre; hecho por la ABG. CYNTHIA GONZALEZ, en su carácter de Directora de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, Maturín, Estado Monagas, por lo que sobre la base de lo antes expuesto este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que en fecha 19 de Octubre del año 2009, este Tribunal ejecutó la sentencia definitivamente firme dictada en contra del penado WILLIAMS JOSÉ ROJAS, cédula de identidad N° 20.125.704, de 21 años de edad, nacido en fecha 29-01-88, hijo de Yusmelys Cova y Pablo Rojas, residenciado en Cariaco, calle Las Flores, al lado de la Plaza Congresillo, Municipio Ribero del Estado Sucre, a quien el Tribunal Primero de Juicio, en celebración de Juicio Oral y Público de fecha 14 de Agosto del año 2009, le CONDENÓ a cumplir la pena de DIECISÉIS (16) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del articulo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA Y LESIONES GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 y 415, todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de JORMIG JOSÉ NAZARETH DÍAZ CENTENO (OCCISO) y de los ciudadanos CÉSAR BASTARDO Y HÉCTOR JOSÉ LÓPEZ, respectivamente, situación esta que lo mantuvo privado de su libertad hasta el día 7 de Marzo de 2012 cuando este Juzgado previo el lleno de los tramites correspondientes le otorgara una de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Trabajo Fuera del Establecimiento Penitenciario (Destacamento de Trabajo), para posteriormente y en fecha 28 de Junio de 2012, se ACORDARA TRANSFERIR el cumplimiento de la referida Fórmula Alternativa a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de la Ciudad de Maturín, Estado Monagas.
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
Pena Total Impuesta: DIECISÉIS (16) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN.
Fecha de Detención: Desde el día 29/01/2009, hasta el día 07/03/2012, (fecha esta en la cual se le otorgara la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Trabajo Fuera del Establecimiento Penitenciario, Destacamento de Trabajo), para un total de PENA CUMPLIDA de: TRES (3) AÑOS, UN (1) MES Y OCHO (8) DÍAS DE PRISIÓN.
1era. Redención: UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES Y VEINTISÉIS (26) DÍAS.
Lapso de Cumplimiento de la Formula Alternativa otorgada: Desde el día 08/03/2012 hasta el día de hoy (14/05/2013), para un total de pena física cumplida de: UN (1) AÑO, DOS (2) MESES Y SEIS (6) DÍAS.
TOTAL DE PENA FISICA MÁS REDENCIÓN CUMPLIDA AL DÍA DE HOY (14/05/2013): CINCO (5) AÑOS, OCHO (8) MESES Y DIEZ (10) DÍAS.
PENA POR CUMPLIR: ONCE (11) AÑOS y VEINTE (20) DÍAS.
FECHA EN LA CUAL FINALIZARA LA CONDENA: 04 de JUNIO del año 2.024.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 471, 474 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite PRIMERO: Computo Actualizado de Pena al penado WILLIAMS JOSÉ ROJAS, cédula de identidad N° 20.125.704, de 21 años de edad, nacido en fecha 29-01-88, hijo de Yusmelys Cova y Pablo Rojas, residenciado en Cariaco, calle Las Flores, al lado de la Plaza Congresillo, Municipio Ribero del Estado Sucre; el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, (14/05/2013): CINCO (5) AÑOS, OCHO (8) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, una PENA POR CUMPLIR: ONCE (11) AÑOS y VEINTE (20) DÍAS, así como FECHA EN LA CUAL FINALIZARA LA CONDENA: 04 de JUNIO del año 2.024.
Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a la Directora de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, Maturín, Estado Monagas, ubicada en la Avenida Rojas, Edif. ELIAS ELARBA, piso 2, No. 85, teléfonos 0291-6438557/3156395 (envíese además vía fax). Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre así como al Defensor Público Penal. Líbrense las Boletas de informativa al penado y oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Segundo de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
El Secretario,
ABG. GILBERTO FIGUERA.