REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 14 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001241
ASUNTO : RP01-P-2006-001241

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: ALEXANDER JOSÉ VILLAHERMOSA JIMÉNEZ.
Por cuanto se recibió en este despacho solicitud de copia de sentencia, auto de ejecución y cómputo actualizado de la pena impuesta, todo ello a favor del penado ALEXANDER JOSÉ VILLAHERMOSA JIMÉNEZ, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, en fecha 28-02-1987, de 23 años de edad, soltero, electro auto, hijo de Lucas Jiménez y Josefina Villahermosa, titular de la cédula de identidad N° 18.267.737 y residenciado en Santa Maria de Cariaco, calle el cementerio, casa sin número, de color verde y azul, al lado de la cancha de básquet, Parroquia Santa Maria del Municipio Ribero del Estado Sucre, hecho por el ABG. DANIEL MARCANO, en su carácter de Director del Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná, por lo que sobre la base de lo antes expuesto este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que en la presente causa, el ciudadano ALEXANDER JOSÉ VILLAHERMOSA JIMÉNEZ, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, en fecha 28-02-1987, de 23 años de edad, soltero, electro auto, hijo de Lucas Jiménez y Josefina Villahermosa, titular de la cédula de identidad N° 18.267.737 y residenciado en Santa Maria de Cariaco, calle el cementerio, casa sin número, de color verde y azul, al lado de la cancha de básquet, Parroquia Santa Maria del Municipio Ribero del Estado Sucre, mediante Sentencia de fecha 14 de Julio del año 2006, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, y las penas accesorias contempladas en el artículo 13 ejusdem , por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quién en vida se llamara OSCAR JESUS VIÑA RIVAS; y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, razón por la cual parte de la pena cumplió recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, hasta el día 9 DE JULIO DE 2010, cuando este Juzgado previo el lleno de los tramites correspondientes le otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Andrés Grisanti, ubicado en la Urbanización las Acacias, Avenida N° 97 (KARDELL) N° 126-142, Parroquia San José, Valencia, Estado Carabobo, Teléfono 0241-8212897, con la finalidad que continúe allí el cumplimiento de la pena a él impuesta.
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
Pena Corporal Principal Impuesta: DIEZ (10) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO.-
Lapso de la 1era Detención: desde el día 21 de Mayo del año 2006 (tal y como se evidencia del folio 05 del expediente), hasta el día 09 de Julio del año 2010 (cuando este Juzgado previo el lleno de los tramites correspondientes le otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Andrés Grisanti), para un total de Pena Física Cumplida de: CUATRO (4) AÑOS, UN (1) MES Y DIECIOCHO (18) DÍAS.-
1° Redención (25/04/2008): ONCE (11) MESES Y DOCE (12) HORAS.
Desde el día 10/07/2010 hasta el día 05/11/2012 (fecha esta en la cual dejó de cumplir con sus obligaciones según informe cursante al folio ocho de la segunda pieza procesal), para un total de pena cumplida de: DOS (2) AÑOS, TRES (3) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS.
Lapso de la 2da Detención, desde el día 17/04/2013 (según acta policial cursante al folio veinticuatro de la segunda pieza procesal) hasta el día de hoy (14/05/2013), para un total de pena cumplida de: VEINTISIETE (27) DÍAS.
PENA CUMPLIDA CON REDENCIONES (Física+Redenciones), al día de hoy (14/05/2013) de: SIETE (7) AÑOS, CINCO (5) MESES, DIEZ (10) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
PENA POR CUMPLIR: TRES (3) AÑOS, DOS (2) MESES, DIECINUEVE (19) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
FECHA EN QUE FINALIZA LA PENA: 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 a las 12 horas del día.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 471, 474 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite PRIMERO: Computo Actualizado de Pena al penado ALEXANDER JOSÉ VILLAHERMOSA JIMÉNEZ, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, en fecha 28-02-1987, de 23 años de edad, soltero, electro auto, hijo de Lucas Jiménez y Josefina Villahermosa, titular de la cédula de identidad N° 18.267.737 y residenciado en Santa Maria de Cariaco, calle el cementerio, casa sin número, de color verde y azul, al lado de la cancha de básquet, Parroquia Santa Maria del Municipio Ribero del Estado Sucre, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, (14/05/2013) de: SIETE (7) AÑOS, CINCO (5) MESES, DIEZ (10) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, una PENA POR CUMPLIR: TRES (3) AÑOS, DOS (2) MESES, DIECINUEVE (19) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, así como FECHA EN QUE FINALIZA LA PENA: 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 a las 12 horas del día.
Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Director del Internado Judicial del Estado Sucre. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre así como al Defensor Público Penal. Líbrense las Boletas de informativa al penado y oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Segundo de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
El Secretario,
ABG. GILBERTO FIGUERA.