REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 13 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-001214
ASUNTO : RP01-P-2010-001214

AUTO ACORDANDO EVALUACIÓN PSICOSOCIAL
PENADO: JOXJANDER ARMANDO CORTEZ ANDRADES.
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado JOXJANDER ARMANDO CORTEZ ANDRADES, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.380.700, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 15-09-88, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en la Urbanización brasil, sector 03 vereda 04, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre, CONDENADO a cumplir la pena de: NUEVE (9) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 05 de la ley sobre hurto y robo de vehículo, con el agravante genérico establecido en el articulo 217 de la LOPNNA en perjuicio de un adolescente; este Tribunal observa:
Cursa a los folios del expediente escrito suscrito por el penado JOXJANDER ARMANDO CORTEZ ANDRADES, así como por el ciudadano FRANCISCO MARCANO en su carácter de Director del Internado Judicial de la Pica, Maturín, Estado Monagas, mediante el cual solicita a este Juzgado la evaluación psicosocial del penado de autos, ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esa ciudad, alegando para ello que tiene vencido el tiempo para optar al Destacamento de Trabajo y el Régimen Abierto. En tal sentido procede este Juzgador a realizar el cómputo de la pena, tomando en consideración para ello lo siguiente:
COMPUTO:
PENA IMPUESTA: NUEVE (9) AÑOS DE PRISION.
Lapso de Privación de Libertad: desde el día 08 de abril del 2010, hasta el día de hoy (13/05/2013), tiene una pena física cumplida de: TRES (3) AÑOS, UN (1) MES Y CINCO (5) DÍAS DE PRISIÓN.
1° Redención (05/12/2012): UN (1) AÑO, TRES (3) MESES, VEINTIÚN (21) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
PENA CUMPLIDA CON REDENCION (Física+Redención) al día de hoy (13/05/2013): CUATRO (4) AÑOS, CUATRO (4) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS Y DOCE (12) HORAS.
PENA POR CUMPLIR: CUATRO (4) AÑOS, SIETE (7) MESES, TRES (3) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN.
FECHA EN QUE FINALIZARA LA PENA: 16 de DICIEMBRE del año 2017 a las 12 horas del día.
Ahora, bien hecho el anterior computo se evidencia claramente que el penado efectivamente opta a una de las Formulas Alternativas de Cumplimiento de Pena (Destacamento de Trabajo o en su defecto Régimen Abierto), razón ésta por lo que considera ajustada a derecho la solicitud que motiva el presente fallo, y en consecuencia acuerda con lugar la solicitud del penado de autos. Así se decide.
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, Región Oriental, Maturín, Estado Monagas, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado JOXJANDER ARMANDO CORTEZ ANDRADES, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.380.700, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 15-09-88, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en la Urbanización brasil, sector 03 vereda 04, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre, indíquese igualmente que se encuentra recluido en la sede del Internado Judicial de la Pica, Maturín, Estado Monagas.
Notifíquese a las partes, boleta informativa al penado de autos, adjunto con oficio dirigido al Director del Internado Judicial de la Pica, Maturín, Estado Monagas, informándole sobre la presente decisión, así como oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, Región Oriental, Maturín, Estado Monagas, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado de autos. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.