REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.

Cumanà, 18 de marzo del 2013
202º y 154º


ASUNTO: JMS1-S-4307-13
SOLICITANTES: JESUS ALCALDIO SALAZAR SALAZAR y YOLEANNYS ADRIANA SALAZAR GOMEZ.
MOTIVO: HOMOLOGACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR


Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abg. JESUS MANUEL MOYA MARCANO, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos JESUS ALCALDIO SALAZAR SALAZAR y YOLEANNYS ADRIANA SALAZAR GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en el Barrio Mirador, Calle Principal, Casa s/n, cerca de la iglesia Enmanuela Hermosa, Cumaná estado Sucre y la segunda en el sector Tres Picos, Barrio Maisanta, Calle Principal, Casa Nº 6, Cumaná estado Sucre y titulares de las cédulas de identidad Nº 17.214.709 Y 22.630.245, respectivamente, en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, con su hija, la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente , de un (01), año de edad, suscrito en fecha 13-03-2013, por ante ese despacho; se Admite la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, establecida de la siguiente manera: A favor de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de un (01), año de edad, para que compartiera con su padre el ciudadano JESUS ALCALDIO SALAZAR SALAZAR, “El padre compartirá Con su hija los días sábado dos (02) horas. Cada unas de las partes están de acuerdo con dicho convenio.

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumaná, a los dieciocho (18) días del mes de marzo de 2013. 202º Años de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZA



DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.



LA SECRETARIA




MEG/yulimar