CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 12 de Marzo de 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RK11-P-2002-000021
ASUNTO: RK11-P-2010-000007

Recibido como ha sido, Oficio S/N, suscrito por el Abg. Tomás Flores, en su carácter de prefecto del Municipio Ayacucho del Estado Sucre, mediante el cual informa que el penado Miguel António Cova, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.164.884, culminó en fecha 21 de Diciembre del 2012 el régimen de presentaciones que le fuera impuesta con ocasión a la Conmutación de Pena por Confinamiento, anexo al cual remite copias fotostáticas del folio del libro de presentaciones respectivo llevado por ese despacho, este tribunal pasa a resolver en los siguientes términos:
De la revisión de la presente causa se evidencia, que Miguel Antonio Cova, venezolano, natural de San Juan de Unare, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.164.884, de estado civil soltero, nacido en fecha 28-05-1964, de 47 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Santa Genoveva Martínez e Inés González, y domiciliado en el Barrio El Dique, Calle 03, Casa N° 37, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre; fue Condenado a cumplir la pena de Nueve (09) años de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de La Colectividad.

Así mismo se evidencia que por auto de fecha 13 de Enero de 2012, este Tribunal, decretó a su favor la Conmutación del tiempo de pena que le faltaba por cumplir, que para entonces era de , por el lapso de pena que le restaba por cumplir que para entones era de Once (11) meses, Siete (07) días y Doce (12) horas de prisión, que vencieron de manera definitiva en fecha 20-12-2012, por Confinamiento en la Parroquia Ayacucho, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, obligándose a residir en la Urbanización El Dique, Calle 03, Casa N° 37, cerca de la Licorería El Dique, propiedad de la señora Teresa Del Jesús De La Rosa, teléfono 0293-433.24.92, Parroquia Ayacucho, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, imponiéndole un régimen de presentaciones a ser supervisado por la prefectura de la referida por lo que visto el oficio y los recaudos referidos supra, del que se desprende que el aludido penado cumplió satisfactoriamente con el régimen de sujeción impuesto por este tribunal, cumpliendo a cabalidad las condiciones impuestas con ocasión a la conmutación de pena por confinamiento, juicio de quien decide debe estimarse que el mismo cumplió totalmente la pena que le había sido impuesta, por lo que resulta procedente decretar la extinción y cese inmediato de la pena y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del código orgánico procesal penal en relación con el artículo 105 del código penal, DECRETA, la extinción de la Pena impuesta a Miguel Antonio Cova, venezolano, natural de San Juan de Unare, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.164.884, de estado civil soltero, nacido en fecha 28-05-1964, de 47 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Santa Genoveva Martínez e Inés González, y domiciliado en el Barrio El Dique, Calle 03, Casa N° 37, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre; quien fuera Condenado a cumplir la pena de Nueve (09) años de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de La Colectividad, por cumplimiento definitivo y satisfactorio del régimen de sujeción impuesto por este tribunal, con ocasión a la conmutación de pena por confinamiento. Notifíquese al Penado, A la defensa y Al Fiscal Primero de de Ejecución de sentencias del Estado Sucre. Finalmente se acuerda oficiar a la prefectura de la parroquia Ayacucho, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, participando el cese del régimen impuesto y remitiendo anexo copia certificada del presente auto. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luis Mariano Marsella.

La Secretaria.
Abg. Carol Muziotti.