REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 27 de Marzo de 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-001066
ASUNTO: RP11-P-2013-001066

DECLINATORIA DE COMPETENCIA

Vista la solicitud presentada por la Fiscal Auxiliar Tercera del Ministerio Público Abg. Daniela Aguilar cabeza, y revisadas las actas consignadas, se evidencia que el aprehendido JUAN CARLOS ALFARO SUCRE, se encuentra solicitado por Juzgado 23 de Control de Caracas – Distrito Capital, según oficio 155010 de fecha 24-11-2010, Expediente 612005, por el delito de Robo Genérico, por lo que considera esta Juzgadora que el órgano jurisdiccional competente para conocer de la libertad o no del ciudadano en cuestión, es el Juzgado 23 de Control de Control de Caracas – Distrito Capital, por lo que se Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa hasta el referido tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de que sea dilucidada la causa o el asunto que dio origen a la orden de aprehensión; y a los fines de garantizarle sus derechos Constitucionales y Legales, una vez que el imputado sea dado de alto del Hospital General de esta ciudad donde se encuentra recluido, posterior a su intervención quirúrgica, ya que presenta fracturas en ambas piernas; en tal sentido líbrese oficio al Comandante de la Policía de esta ciudad, a objeto de designe funcionarios para su apostamiento en el Hospital General de esta ciudad, lugar donde se encuentra el antes mencionado imputados de autos, hasta que sea dado de alta; así mismo se ordena oficiar al CICPC Sub-Delegación Carúpano, a los fines que a la brevedad posible se sirva trasladar al imputado al Tribunal requirente, una vez que sea intervenido quirúrgicamente, y dado de alto del centro de salud donde se encuentra recluido; igualmente considera prudente oficiar al mencionado Juzgado sobre la presente decisión. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa al Juzgado 23 de Control de Control de Caracas – Distrito Capital, atendiendo a lo dispuesto en el articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal; por encontrase el ciudadano JUAN CARLOS ALFARO SUCRE, plenamente identificado en autos; solicitado por Tribunal 23 de Control de Caracas – Distrito Capital, según oficio 155010 de fecha 24-11-2010, Expediente 612005, por el delito de Robo Genérico. Líbrese Oficio al Comandante de Policía del Municipio Bermúdez, a los fines que designe funcionarios para el apostamiento en el Hospital General de esta ciudad, lugar donde se encuentra el antes mencionado imputados de autos, hasta que sea dado de alta, para posteriormente el C.I.C.P.C Sub. Delegación Carúpano realice el traslado hasta el Tribunal requirente. Líbrese Oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub. Delegación Carúpano, a los fines de que con la seguridad del caso, trasladen a la mayor brevedad posible al imputado de autos, hasta el Tribunal requirente. Líbrese Oficio al Juzgado 23 de Control de Caracas – Distrito Capital, remitiéndole al aprehendido y las presentes actuaciones. Una vez Librado lo conducente, désele por terminado al presente asunto a nivel de sistema Juris2000, ello en virtud de que las presentes actuaciones serán remitidas a su lugar de origen.
La Jueza Primero de Control,
Abg. Maria Wetter Figuera
Secretario Judicial,
Abg. Claudia Figueroa Malavè