REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 06 de junio de 2013
204º y 153º
ASUNTO: JE1-2018(TP1-0312)-10
SOLICITANTE: JOSÉ RAFAEL GÓMEZ
MOTIVO: DISPOSICIÓN DE BIENES
Por cuanto en fecha treinta (30) de Septiembre del año Dos Mil Nueve (2009) por resolución Nro. 0041 emanada de la Comisión Judicial fue suprimido el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná y creado el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio, y por cuanto de la revisión del presente asunto se evidencia que fue admitido en fecha 06-11-1997 y se encuentra en ejecución, se desprende que se cumplieron con todos los actos procesales conforme al procedimiento de Jurisdicción Voluntaria y en vista que he sido designada por resolución Nº 0041 de fecha 30-09-2009 emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia como Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumaná y habiendo sido debidamente juramentada por la Abg. Ana Dubraska García, Juez Rectora de esta Circunscripción Judicial, ME ABOCO al conocimiento de la presente causa. De igual manera, vista la diligencia estampada por el ciudadano JOSÉ ALEXANDRE GÓMEZ ANDRADE, titular de la cédula de identidad Nº 24.754.421 asistido por la Abogada ELINOR BOADA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 45.647 en la cual solicita autorización para retirar de la cuenta de ahorros Nº 0175-0081-33-0010004644 de Bicentenario. Banco Universal la cantidad total que posee la cuenta y la cancelación de la misma, así como el cierre de la causa en vista que alcanzó la mayoría de edad, y dada cuenta a la Jueza de la misma, este Tribunal acuerda autorizar la emisión de un cheque de gerencia a nombre del beneficiario por la cantidad total que posee la referida cuenta de ahorros y la cancelación de la misma y en vista que ya no habrán más actuaciones que realizar en la presente causa se ordena en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el cierre de la causa y el archivo de el asunto. Cúmplase.
La Jueza
Abg. María Eugenia Graziani
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
MEG/Alicia
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