REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE - GUIRIA
Güiria, 25 de Junio de 2013
203° y 154°
Vista la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por la ciudadana YUNITZA SUCRE CARRION, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.214.372, domiciliada en la Urbanización Nueva Guiria, calle 04 casa N° 4, de esta Ciudad de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos, ROGER DELVALLE BRITO SUCRE, OLIANDRYS CRISEIDA BRITO SUCRE Y OLIVER JHON BRITO SUCRE, igualmente en representación de los cinco hijos reconocidos del ab intestato OLIVER JOSE BRITO, OBILIS GRISEIDA BRITO BRITO, KIANYELIS DEL JESUS BRITO VALDEZ, OLIMAR DEL VALLE BRITO GUERRA, OLIVER JOSE BRITO SANVICENTE Y MARIA JOSE BRITO MARVAL, respectivamente, asistida debidamente por el Abogado en ejercicio NOBER JOSE GONZALEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1640.760, y de las declaraciones de los testigos, ciudadanos: JOSE MERCEDES SUCRE CARRION, MERCEDES TORTOLERO Y AIROVIS GARCIA, quienes son venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero: en calle Pagallos, casa N° 6, el segundo: en nueva Guiria, sector Bermúdez, casa N° 65 y el tercero: en la Victoria casa N° 47, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.941.312, V-9.935.993 y V-16.892.888, respectivamente, mediante la cual, la ciudadana YUNITZA SUCRE CARRION, arriba ya identificada, solicita a este Despacho Judicial, se sirva declararla a ella, a sus hijos y a los hijos reconocidos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano OLIVER JOSE BRITO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.939.725, fallecido ab-intestato. Ahora bien, por cuanto los mencionados testigos, ciudadanos: JOSE MERCEDES SUCRE CARRION, MERCEDES TORTOLERO Y AIROVIS GARCIA, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ, SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, DECLARA: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE SOLO EN LO QUE RESPECTA A LOS CIUDADANOS: YUNITZA SUCRE CARRIÓN (esposa), OLIDYS CRISEIDA BRITO BRITO, KIANYELIS DEL JESUS BRITO VALDEZ y ROGER DEL VALLE BRITO SUCRE (hijos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 12.214.372, V- 20.202.753, V- 23.550.175 y V- 25.479.441, SUS DERECHOS COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano OLIVER JOSE BRITO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.939.725. Se insta a la parte interesada acudir por ante el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Carúpano, a los fines de solventar la situación de los Niños MARIA JOSE BRITO MARVAL y OLIVER JOSE BRITO SANVICENTE, y de los Adolescentes OLIMAR DEL VALLE BRITO GUERRA, OLIVER JHON BRITO SUCRE y OLIANDRYS CRISEIDA BRITO SUCRE. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de todo lo actuado, a los fines de su archivo en este Tribunal, y para tal efecto, se autoriza al ciudadano OSWALDO MASS, Titular de la Cédula de Identidad N° V-21.286.093, en su carácter de Asistente del Tribunal, para la elaboración de la copia que ha de certificarse. Déjese copia certificada. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA
DAMELIS BETANCOURT BRITO
NOTA: En esta misma fecha, se cumplió con lo antes ordenado, se devuelve original con sus resultas constante de ( ) folios útiles. Conste.-
LA SECRETARIA.,
DAMELIS BETANCURT BRITO


ZAL/Oswaldo mass.-Asistente.-
Solicitud Nº 053-13